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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 578935
Extracto de la Resolución del consejero de Medio Ambiente y Territorio, a propuesta del director general de Residuos y Educación Ambiental, por la cual se aprueba la convocatoria para el año 2022 de subvenciones para la mejora de la gestión de la fracción orgánica de los residuos municipales y el fomento de la separación y reciclaje en origen de los biorresiduos mediante su compostaje doméstico y comunitario

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Texto

BDNS (Identif.): 651672

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Los municipios y mancomunidades, los consorcios o empresas públicas constituidos por las citadas entidades locales, que tengan atribuida la competencia de prestar los servicios de recogida o de tratamiento de residuos y que presenten proyectos sobre los servicios de su competencia.

Segundo. Objeto:

Mejorar la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales y fomentar la separación y el reciclaje en origen de los biorresiduos mediante su compostaje doméstico y comunitario.

Tercero. Actuaciones objecto de financiación

1.  Actuaciones de mejora de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales, mediante cubos domésticos y bolsas compostables de uso doméstico

  1.  Cubos domésticos de biorresiduos
  2.  Bolsas compostables de uso doméstico.

2.  Otras actuaciones de mejora de la recogida separada de la fracción orgánica de los residuos municipales para fomentar la separación y el reciclaje en origen de los biorresiduos y su compostaje doméstico y comunitario.

  1.  Compostadores domésticos.
  2.  Compostadores comunitarios.
  3.  Cubos comunitarios de biorresiduos.
  4. Contenedores para la vía pública de biorresiduos.

3. Las solicitudes presentadas se clasificarán por orden de prioridad, de acuerdo con los criterios definidos en el apartado decimotercero de la convocatoria y se seguirá el procedimiento de concesión establecido en el apartado decimocuarto.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 3 de octubre del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, de 3 de octubre de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de inversiones relativas a la prevención, la reducción y la gestión de residuos (BOIB n.º 123, de 7 de octubre de 2017).

Cuarto. Cuantía

1.  El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 245.601,62 € (doscientos cuarenta y cinco mil seiscientos un euros con sesenta y dos céntimos) con cargo a las partidas presupuestarias del año 2023, definidas en el apartado quinto de la convocatoria. El importe máximo de las subvenciones es del 90% del coste total subvencionable del proyecto, sin que en ningún caso el importe de la subvención supere, en concurrencia con otras subvenciones, el coste del proyecto objeto de la subvención.

2. El importe de las subvenciones en función de las actuaciones financiables es la siguiente:

a) Cubos domésticos de biorresiduos.

  1. Municipis amb població de fins a 5.000 habitants: màxim 5.000 €.
  2. Municipis amb població de 5.001 a 45.000 habitants: màxim 10.000 €.
  3. Municipis amb població de més de 45.000 habitants: màxim 20.000

b) Bolsas compostables de uso doméstico.

  1. Municipios con población de hasta 5.000 habitantes: máximo 2.000 €.
  2. Municipios con población de 5.001 a 45.000 habitantes: máximo 5.000 €.
  3. Municipios con población de más de 45.000 habitantes: un máximo de 10.000 €.

c) Compostadores domésticos. Cantidad máxima: 15.000 euros por municipio.

d) Compostadores comunitarios. Cantitat m´áxima: 15.000 euros por municipio.

e) Cubos comunitarios de biorresiduos

  1. Municipios con población de hasta 5.000 habitantes: máximo 5.000 €.
  2. Municipios con población de 5.001 a 45.000 habitantes: máximo 10.000 €.
  3. Municipios con población de más de 45.000 habitantes: máximo 20.000 €.

f) Contenedores para la vía pública de biorresiduos.

  1. Municipios con población de hasta 5.000 habitantes: máximo 5.000 €.
  2. Municipios con población de 5.001 a 45.000 habitantes: máximo 10.000 €.
  3. Municipios con población de más de 45.000 habitantes: máximo 20.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes es de un mes contador desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, acabando el mismo día en que se produjo la publicación en el mes del vencimiento.

Sexto. Otros datos

1.  Los proyectos objeto de subvención pueden haberse iniciado desde el 1 de enero de 2022.

2.  Las solicitudes, notificaciones y justificación de los gastos deben realizarse siempre de forma telemática.

3.  La solicitud debe ir acompañada de la documentación administrativa y técnica que establece el anexo 1 de la convocatoria.

 

Palma, 30 de septiembre de 2022

El consejero de Medio Ambiente y Territorio Miquel Mir Gual