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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 575529
Resolución del consejero ejecutivo del departamento de Economía y Territorio de día 29 de septiembre y núm. 2022/EOT/0001315 relativa a la convocatoria de ayudas a la formación y el asesoramiento del sector agrario 2022 (concesión). Exp. 3244-2022-000001

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Texto

Antecedentes

1. Día 11 de abril de 2022, el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca aprobó la convocatoria de ayudas a las entidades relacionadas con la actividad agraria para la realización de acciones de formación y capacitación en el sector agrario de la isla de Menorca, que se tenían que regir por el texto refundido de las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del CIM reunida en la sesión ordinaria de día 27 de septiembre de 2021 (BOIB núm. 142 de 16 de octubre de 2021).

2. El importe global máximo de la ayuda acordada por el Consejo Ejecutivo del CIM es de 60.000 € con cargo a la partida 5.41230.4890000 del presupuesto del 2022.

3. Día 5 de mayo de 2022 se publicó la convocatoria en el BOIB número 59, y el plazo para solicitar la ayuda era de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a haberse publicado. Las actividades subvencionables se tenían que llevar a cabo entre día 1 de enero y día 30 de noviembre del año en curso.

4. Son objeto de subvención:

  • Línea 1: Cursos de formación dirigidos al sector agrario y ganadero que contribuyan a su capacitación, en especial los que tengan por objeto la capacitación en nuevas tecnologías que contribuyan a la adaptación de los campesinos a la tramitación electrónica de expedientes. Presupuesto 30.000 €.
  • Línea 2: Organización de jornadas técnicas de temática relacionada con el sector agrario. Presupuesto 20.000 €.
  • Línea 3: Asesoramiento, sesiones de orientación y actividades de demostración e información. Presupuesto 10.000 €.

5. La base 8, que determina el importe de la subvención, dice que la subvención máxima destinada a las acciones de la línea 1 será de 4.000 €, para la línea 2 será de 5.000 € y para la línea 3 será de 4.000 €. Cada entidad podía solicitar un máximo de dos acciones entre las tres líneas. El coste máximo de cada acción, sea de la línea 1, 2 o 3, tiene que ser de 18 € por hora y alumno.

6. Día 29 de julio de 2022 se reunió la comisión evaluadora de estas ayudas, que examinó la propuesta de resolución de la instructora, que iba acompañada del expediente correspondiente y emitió su informe sobre la propuesta de resolución para la distribución de los fondos.

7. Día 26 de septiembre de 2022 el interventor fiscalizó favorablemente y de forma condicionada la concesión de las ayudas.

Fundamento de derecho

1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones

2. Reglamento de la Ley general de subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio)

3. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de la comunidad autónoma de las Islas Baleares

4. Artículo 33.2 k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares de las Islas Baleares

Como titular del Departamento de Economía y Territorio, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares; por el Decreto de Presidencia núm. 275/2022, de 6 de septiembre de 2022, relativo a la delegación de competencias de la Presidencia en los consejeros ejecutivos (BOIB núm. 118 de 8 de septiembre de 2022); el acuerdo del Consejo Ejecutivo de 5 de septiembre de 2022, relativo a la delegación de competencias del Consejo Ejecutivo en la presidenta y en los consejeros y consejeras ejecutivas (BOIB núm. 118 de 8 de septiembre de 2022), todo el anterior en relación con el Decreto de Presidencia núm. 421/2019 de 9 de julio, de creación de los departamentos (BOIB núm. 93 ext. de 10 de julio de 2019), y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

 

RESUELVO

Primero. Conceder las ayudas siguientes, correspondientes a la convocatoria de ayudas del CIM a las entidades relacionadas con la actividad agraria para la realización de acciones de formación y capacitación en el sector agrario de la isla de Menorca para el año 2022, que se rige por el texto refundido de las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del CIM reunida en la sesión ordinaria de día 27 de septiembre de 2021 (BOIB núm. 142 de 16 de octubre de 2021), por un importe total de 9.855,96 € con cargo a la partida presupuestaria 5.41230.4890000 del presupuesto del CIM para el año 2022:

Solicitante

NIF

LÍNEA 1 Cursos formación

LÍNEA 2 Jornadas técnicas

LÍNEA 3 Asesoramiento

TOTAL PRESUPUESTO

GOB Menorca

G07089600

-

3.020€

2.150€

5.170€

HORTIGRUP

G07522188

685'96€

 

 

685'96€

FAGME

G07558976

4.000€

 

 

4.000€

TOTAL

9.855'96 €

Segundo. Recordar a los beneficiarios que el último día para justificar estas ayudas es el 30 de noviembre de 2022 y que para justificar se tiene que presentar la documentación indicada en la base 12.2 del texto refundido de las bases de las ayudas a la formación y el asesoramiento.

Tercero. Remitir a la BDNS el acuerdo de concesión en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación (art. 1 b de la LPACAP).

Contra este acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes a partir del día siguiente en que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses des de su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma. 

 

Maó, en la data de la signatura electrònica (4 de octubre de 2022)

El conseller executiu José Pastrana Huguet (DP 69, de 26.2.2021) (BOIB núm 28 de 27.2.2021)