Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 573151
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 19 de septiembre de 2022, relativo a la aprobación de las bases que regulan la concesión de ayudas económicas del Consejo Insular de Menorca para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados, y aprobación de la convocatoria correspondiente al año 2022 (Exp. 1819-2022-000001)
BDNS 651331
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/651331):
Primero. Beneficiarios
Pueden solicitar la ayuda las personas que cumplan los siguientes requisitos:
Segundo. Objeto
El objeto de estas bases es establecer y regular las ayudas económicas del Consell Insular de Menorca destinadas a subvencionar estancias residenciales terapéuticas en centros ubicados fuera de la isla de Menorca y en subvencionar desplazamientos y alojamientos de las personas usuarias de estos centros o de sus familiares.
Las estancias residenciales terapéuticas están dirigidas a la atención de personas con discapacidad psíquica, física o psiquiátrica, así como a abordar situaciones en las que se presenten dificultades por adicciones o trastornos de conducta.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en la sesión de carácter ordinario de 19 de septiembre de 2022.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 70.000 € (setenta mil euros)
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes, es de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Sexto. Otros datos.
Son subvencionables los gastos realizados entre el 1 de diciembre de 2021 y el 30 de noviembre de 2022. En el caso de las ayudas para estancias en centros residenciales terapéuticos se financiará como máximo el 75% del coste total.
El importe máximo individual de los gastos de alojamiento, transporte y desplazamiento de las personas usuarias y de los familiares, tutores o similares será el siguiente:
Concepto |
Importe máximo anual de la ayuda |
Máximo por desplazamiento (transporte y alojamiento) |
---|---|---|
Transporte y desplazamiento y alojamiento entre islas (Baleares) |
1.200 € |
300 € |
Transporte y desplazamiento y alojamiento en la península |
2.160 € |
540 € |
Maó, 5 de octubre de 2022
Por delegación de la Presidenta El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB nº. 97, de 16.7.2019)