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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 575223
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de aprobación y autorización del arrendamiento directo de un inmueble en la calle Mare Deu de la Neu, 7, Bunyola (SP 120/2022)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1.  El 25 de agosto de 2022 tuvo entrada en el Servicio de Patrimonio de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio un oficio del director general de Planificación, Equipamientos y Formación, por suplencia del secretario general de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de 19 de agosto de 2022, para tramitar un expediente de arrendamiento directo de un inmueble en Bunyola para incorporarlo al servicio de vivienda de la Red de Emancipación de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias.

2. El 6 de septiembre de 2022 la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio firmó, por delegación de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, la resolución de inicio del procedimiento.

https://csv.caib.es/hash/1662455625821-484770242-8256428522380719552

3. El 23 de septiembre de 2022 el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable del expediente de referencia.

https://csv.caib.es/hash/1663934309051-495271830-1666608340397022789

4. Propuesta de resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, de 26 de septiembre de 2022.

https://csv.caib.es/hash/1663935541330-495306653-8532091574091665950

5. El 4 de octubre de 2022 la Intervención emitió informe de fiscalización previa favorable.

https://csv.caib.es/hash/1664874166485-500412198-6359878362471493519

Fundamentos de derecho

1.  El artículo 65 y los siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril), el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de abril del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005) y el resto de disposiciones aplicables.

2. Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos y sus modificaciones posteriores

3.  El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de modificación del Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 20, de 14 de febrero).

4.  El Decreto 25/2021, de 8 de marzo, por el cual se modifica el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 33, de 9 de marzo).

5.  El Decreto 14/2021, de 15 de marzo, por el cual se dispone el cese y el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 36, de 16 de marzo).

RESOLUCIÓN

1.  Aprobar y autorizar la contratación, de forma  directa, del arrendamiento de un inmueble ubicado en la calle Mare Deu de la Neu, 7, Bunyola (referencia catastral 4443026DD7944S0001AM) ,  con el propietario, Congregación de Hermanas Franciscanas Hijas de la Misericordia, con CIF R0700022G, como parte arrendadora, y la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Balears, como parte arrendataria, para incorporarlo al servicio de vivienda de la Red de Emancipación de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias.

2.  Establecer que el arrendamiento tiene efectos desde la firma del contrato, por un periodo de diez años y no se puede prorrogar. El plazo del contrato se establece de manera obligatoria para la parte arrendadora y potestativa para la parte arrendataria.

3.  Disponer que se pacta una renta de 4.500 € mensuales, exenta de IVA. El precio del arrendamiento no será objeto de revisión periódica a lo largo del contrato principal.

4.  Poner el local arrendado a disposición de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, la cual tiene que adoptar todas las medidas que hagan falta para administrar y de mantener el inmueble en condiciones de servir siempre a la finalidad a que se destina.

5.  Anotar las características de este arrendamiento en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6.  Notificar esta Resolución a las partes interesadas, sin perjuicio que se tenga que tramitar el procedimiento económico-financiero correspondiente, y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de octubre de 2022)

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau