Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIOS FERROVIARIOS DE MALLORCA (SFM)
Núm. 569540
Acuerdo de encomienda de gestión a la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre para la colaboración en la ejecución de actuaciones incluidas en el Plan Director Sectorial de Movilidad de desarrollo y mejora de la infraestructura y la explotación de Servicios Ferroviarios de Mallorca
Primero Antecedentes
Como consecuencia del gran volumen de trabajo derivado de las nuevas obras y proyectos puestos en marcha por SFM, se considera conveniente realizar un acuerdo de encomienda de gestión con la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre (DGMTT), en virtud de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para que esta Administración ponga a disposición de SFM los medios de carácter técnico y material para determinadas colaboraciones con los departamentos técnicos de SFM.
Mediante esta encomienda la referida Dirección General facilitará la colaboración de diversos ingenieros adscritos a esta Administración para apoyar a SFM en la ejecución de determinadas obras y proyectos incluidos en el Plan Director Sectorial de Movilidad (PDMSIB), así como en actuaciones puntuales de mejora de la infraestructura y explotación.
Segundo Justificación de la necesidad
SFM dispone de una plantilla con un número de personal técnico muy reducido con relación al volumen presupuestario que se le asigna anualmente. En dependencia jerárquica de la jefa de Explotación, Proyectos y Obras, el departamento técnico se organiza de la siguiente manera:
1. El Área de Infraestructuras e Instalaciones tiene adscritos un ingeniero de caminos, canales y puertos y una ingeniera industrial, mediante los que asume los mantenimientos de la infraestructura y superestructura de vía, instalaciones asociadas a la electrificación y mantenimiento de estaciones, entre otros. Además, con una unidad de asistencia técnica de TRAGSATEC, llevan a cabo la redacción de proyectos y la dirección de las obras necesarias para la mejora del ferrocarril en el ámbito de sus competencias. También llevan a cabo determinadas direcciones de proyectos y de obras de mejora de la infraestructura e instalaciones existentes. Los trabajos de esta encomienda no coinciden ni tienen relación con las actuaciones llevadas a cabo en los encargos a medios propios realizados por SFM a TRAGSATEC.
Para poder llevar a cabo estas tareas con mayor rigor y mejorar las labores de supervisión de los contratos externos, se ha transmitido a la Gerencia en anteriores ocasiones que la relación de puestos de trabajo (RLT) tendría que contemplar la adscripción de un técnico medio o una técnica media (ingeniero técnico o ingeniera técnica o equivalente), por ejemplo mediante la cobertura de la plaza de jefe o jefa de Servicios Técnicos con los requisitos adecuados.
El equipo técnico de la plantilla de SFM está dimensionado para la actividad básica y el funcionamiento normal de la entidad, pero no para las puntas derivadas de proyectos y obras, muy variables en función de la disponibilidad presupuestaria y fondos europeos. Esto hace que determinados proyectos y obras, como los incluidos en el Plan Director Sectorial de Movilidad de las Illes Balears (PDSMIB), una vez que se dispone de presupuesto de ejecución, todavía se tengan que retrasar en el tiempo por carencia de medios técnicos para ejecutarlos.
Por este motivo, se considera de interés para SFM encargar a la Dirección General de Movilidad y Transporte Terrestre la colaboración de algunos técnicos adscritos a la Dirección General, entre ellos, un ingeniero o ingeniera de caminos, canales y puertos (ICCP) y un ingeniero técnico o ingeniera técnica de obras públicas (ITOP), para poder impulsar determinadas actuaciones previstas en el PDSMIB.
2. El Área de Explotación y Sistemas y Material Móvil cuenta con un técnico de explotación y planificación, un técnico de sistemas, un adjunto a la jefa de Explotación, Proyectos y Obras, y un técnico en material móvil.
El personal técnico del área requiere apoyo técnico para la colaboración en el impulso de actuaciones de mejora del servicio, especialmente en materias vinculadas con la información a la persona usuaria, la búsqueda de soluciones para generar y comunicar la información a los viajeros, así como para colaborar en la tramitación de los expedientes de contratación que se puedan derivar.
La colaboración del personal técnico de la Dirección General también en las fases de implantación y puesta en servicio supondría una fuerte reducción de los plazos de estas acciones, hecho que podría posibilitar, adicionalmente, participar de alguna subvención que se pudiera tramitar en el marco de las aportaciones de fondos postpandemia.
Tercero Justificación de la oportunidad
Se considera que la formalización de una encomienda de gestión, de acuerdo con el artículo 11 de la Ley 40/2015, puede ser el procedimiento más oportuno para lograr las necesidades planteadas por los motivos siguientes:
1. La encomienda de gestión se justifica por razones de eficacia.
La Dirección General dispone de ingenieros plenamente cualificados para llevar a cabo con eficacia las tareas que se incluirán en esta encomienda de gestión.
En particular, la dirección de contratos de servicios para la redacción de estudios informativos se podrá llevar a cabo más eficazmente desde la Dirección General puesto que el artículo 121 de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears, indica que será la dirección general competente la que aprobará los estudios informativos para el establecimiento de nuevas líneas ferroviarias, correspondiéndole también llevar a cabo su tramitación.
De igual forma, también es adecuado que el personal técnico de la Dirección General participe de forma directa en algunas de las actuaciones contempladas en el PDSMIB, permitiendo reducir plazos y cumplir las previsiones de la planificación.
2. Las prestaciones incardinadas en esta encomienda de gestión no tienen cabida en contratos regulados por la normativa de contratación del sector público.
Las tareas reservadas al personal adscrito a la encomienda gestión no podrán ser contratadas externamente.
Se contemplan tareas que SFM reserva habitualmente a personal propio, como son la realización de informes de justificación para contrataciones, la participación en mesas de contratación, la redacción de informes de valoración o las direcciones de contratos o de obras.
Cuarto Tareas por desarrollar
1. Proyectos de desarrollo de la red
El personal de la Dirección General adscrito a la encomienda colaborará en la dirección del contrato para la redacción de estudios informativos para el desarrollo de la red, que ha sido objeto de licitación en tres lotes. Esto es:
dirección del contrato del estudio informativo de la nueva línea Palma – Llucmajor;
dirección del contrato del estudio informativo de la prolongación Sa Pobla – Port d'Alcúdia;
dirección del contrato del estudio informativo para la reapertura de la línea Manacor – Artà, tramo hasta Cala Millor.
En el marco de estas direcciones de contrato, el personal de la Dirección General realizará los trámites necesarios que puedan conducir a la aprobación de los estudios. Paralelamente, se prepararán los expedientes para las licitaciones que sean necesarios para la concreción de las actuaciones, así como otros contratos complementarios que puedan resultar necesarios.
En la encomienda también se incluye la preparación de los expedientes, la redacción de los pliegos para la licitación, y los informes para la adjudicación y dirección del contrato de otras actuaciones comprendidas en el PDSMIB, según las directrices que se establezcan al efecto.
2. Reordenación y supresión de pasos a nivel
El personal de la Dirección General adscrito a la encomienda colaborará con el personal técnico de SFM en los proyectos y direcciones de obra para la supresión de pasos a nivel, especialmente los que requieran la construcción de pasos superiores o la apertura de nuevos viales. Se considerará prioritario llevar a cabo las siguientes actuaciones:
— Reordenación de los pasos a nivel de Santa Maria
— Supresión del paso a nivel del camino de Son Jordi (T.M. Consell)
— Supresión del paso a nivel del camino de Alaró (T.M. Binissalem)
Existe un proyecto redactado por RAFER. Se tendría que estudiar su viabilidad, actualizarlo y ejecutarlo, en su caso.
— Reordenación de los pasos a nivel de Sineu
— Supresión de pasos a nivel particulares
La participación del personal técnico de la Dirección General adscrito a la encomienda consistirá en la preparación de los expedientes, la redacción de los pliegos para la licitación, la elaboración de los informes de adjudicación, la dirección de los contratos y direcciones de las obras de este listado que, según la disponibilidad presupuestaria, tengan que ser llevados a cabo a corto plazo.
3. Apoyo a SFM en proyectos de mejora de la infraestructura actual
La Dirección General colaborará en el marco de esta encomienda en la supervisión y control de obras y asistencias técnicas impulsadas por el Área de Infraestructuras e Instalaciones, colaborando en la dirección de las obras que están en ejecución actualmente y las que se puedan lanzar próximamente: la rehabilitación del puente del Carril, del puente de Sa Barraquera y del puente de Sa Picardia; la construcción de un apeadero del Hospital Comarcal de Inca; la ejecución de una nave para almacén en S'Enllaç, etc.
También se colaborará en la inspección del estado de los terrenos limítrofes a la vía y el control del cumplimiento de la Ley 4/2014, estableciendo un protocolo de actuación para la denuncia de infracciones ante el Servicio de Inspección de la Dirección General.
4. Apoyo a SFM en proyectos de mejora de la explotación y sistemas
La Dirección General podrá colaborar con la adscripción a la encomienda de un técnico o técnica con aptitudes en la vertiente digital de los equipamientos requeridos para la información a la persona usuaria.
En concreto, en primer lugar, participaría en el procedimiento para la renovación soportes digitales de visualización de la información del servicio y otros, tanto en la fase de licitación como de ejecución.
En segundo lugar, colaboraría en la renovación del equipamiento de la red de megafonía, otro proyecto que hay que tramitar con celeridad, dado que la licitación para la redacción del proyecto y la dirección de la instalación que se impulsó quedó desierto.
En tercer lugar, intervendrá en el diseño y la ejecución de una nueva aplicación para teléfonos inteligentes con toda la información vinculada al servicio.
Por otro lado, trabajará también en la propuesta, diseño e implantación de nuevos canales de comunicación que se puedan implantar, presentando las propuestas necesarias para la aprobación de la Dirección.
Finalmente, con carácter más transversal, colaborará con los diferentes departamentos que lo requieran en la digitalización de la información generada por las acciones de las diferentes áreas, que puedan ser objeto de tratamiento y análisis para la mejora de los procedimientos, las acciones preventivas y la eficacia de las intervenciones, etc.
Quinto Medios adscritos a la encomienda
La Dirección General adscribirá a esta encomienda, con dedicación parcial según las necesidades que acontezcan en cada momento, los siguientes medios personales:
— Tres ingenieros de caminos, canales y puertos
— Un ingeniero o ingeniera de obras públicas
La Dirección General también facilitará al personal adscrito los medios materiales de carácter general necesarios (material de papelería, de ofimática y de telefonía) para realizar las funciones comprendidas en la encomienda, sin perjuicio de la responsabilidad de SFM de aportar los medios especiales que sean necesarios para ejercer sus funciones.
Sexto Régimen económico
Esta encomienda de gestión no supondrá ningún gasto; sin embargo, los gastos sobrevenidos se instrumentalizarán mediante el procedimiento que resulte de aplicación de acuerdo con la normativa económico-financiera de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Séptimo Plazo de vigencia
El plazo de vigencia de esta encomienda será de dos años desde su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears , sin perjuicio de que se pueda prorrogar por el tiempo necesario para finalizar las actividades encomendadas.
Octavo Titularidad
La encomienda de gestión no supondrá la cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos del ejercicio atribuidos a Servicios Ferroviarios de Mallorca.
Noveno Protección de datos
La Dirección General, en calidad de órgano encomendado, tendrá la condición de encargada del tratamiento de los datos de carácter personal a los que pueda tener acceso en ejecución de la encomienda, siéndole aplicable lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal.
(Firmado electrónicamente: 27 de septiembre de 2022)
El vicepresidente de SFM |
El consejero de Movilidad i Vivienda |
Jaume Mateu Lladó |
Josep Marí i Ribas |