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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 569045
Notificación de Resolución de concesión a los beneficiarios de la ayuda, R5 de fecha 3 de octubre de 2022, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la cual se convocan, para el año 2021, subvenciones para las Inversiones en la Transformación y la Comercialización de productos agrícolas

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 9 de junio de 2021, por la que se convocan subvenciones para la transformación y la comercialización de productos agrícolas, para el año 2021, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

El expediente ha sido tramitado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 3 de octubre de 2022, firmó la siguiente resolución:

 

“INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/RESOLUCION DE CONCESIÓN Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020 Medida: 4.2 Inversiones en transformación, comercialización y / o desarrollo de productos agrícolas Convocatoria: ITC2021_1 Grupo: ITC2021_1_R5_CONCESIÓN

Antecedentes

1.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones para inversiones en la transformación y comercialización de productos agrícolas.

2. De conformidad con el apartado sexto de la mencionada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes terminó el día 15/07/2021, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 54 solicitudes de ayuda.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Los interesados señalados en el Anexo I adjunto han presentado, en tiempo y forma, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria, y se ha comprobado que cumplen con los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de esta ayuda.

5. Las actuaciones solicitadas por los interesados cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria para poder ser subvencionables.

6. Teniendo en cuenta que el crédito existente cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria no existe impedimento alguno para resolver estos expedientes sin afectar a lo dispuesto en los apartados séptimo y octavo de la convocatoria.

Fundamentos de derecho 

1.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones para inversiones en la transformación y comercialización de productos agrícolas.

2 . Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

3 . Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

4 . Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad .

5 . Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

6 . Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

7 . Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

8 . Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de soporte a la cosecha en verde, del viñedo.

9 . Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

10 . Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

11 . Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

12 . Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

13 . Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

14 . Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.

15 . Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.

16 . Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución de concesión

Por todo ello, se informa favorablemente y proposo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:

1.Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el Anexo I, que son un total de 9 expedientes y que comienza con JUAN PRATS RIBAS y termina con QUESOS BURGUERA SAT BA-71, que suma un importe total de 760.063,82 euros, relativa a la línea de ayuda “Transformación y comercialización de productos agrícolas 2015-2019”.

2.Autorizar y disponer el gasto señalado a cada uno de los beneficiarios con cargo a los presupuestos y porcentajes de cofinanciación detallados en el Anexo I.

3. Determinar que, de acuerdo con lo que establece la convocatoria de referencia, las obligaciones de los beneficiarios serán las indicadas en el Anexo II.

4. Notificar la resolución a cada uno de los beneficiarios del Anexo I.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015 del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Palma, en data de la signatura electrònica

El/la gestor de la línea

El/la jefe de la Sección I

Maria Victoria Toledo Molina

María Ángeles Pérez Ribas

 

 

El/ La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

El vicepresidente del FOGAIBA

Josep Xavier Nadal Coll

Fernando Fernández Such

ANEXO I RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA CONCESIÓN DE LA AYUDA

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Inversió elegible

TOTAL

% Ay.

Importe 

concedido

Cofinanciamiento

Plazo 

ejecución

Anualidad

MAQUINARIA

BIENES INMUEBLES

INTAN-GIBLES

HONO-RARIOS

CAIB (32.9%)

FEADER  (53.0%)

AGE (Fega)(14.1%)

JUAN PRATS RIBAS

***5461**

ITC2021_1/002

9.033,06

0,00

0,00

0,00

9.033,06

40.0

3.613,22

1.188,75

1.915,01

509,46

6 mesos

2021

FORMATGES TRAMUNTANA, S.L.

B16673436

ITC2021_1/005

22.858,12

21.055,00

0,00

0,00

43.913,12

40.0

17.565,25

5.778,97

9.309,58

2.476,70

12 mesos

2021

SON MESQUIDASSA SA

A07319932

ITC2021_1/009

54.634,00

0,00

0,00

0,00

54.634,00

40.0

21.853,60

7.189,83

11.582,41

3.081,36

6 mesos

2021

HNAS. BUADES

A07105448

ITC2021_1/011

0,00

1.000.000,00

0,00

0,00

1.000.000,00

40.0

400.000,00

131.600,00

212.000,00

56.400,00

12 mesos

2021

DALRIT S.L

B07596174

ITC2021_1/014

3.780,00

188.483,79

0,00

0,00

192.263,79

40.0

76.905,52

25.301,91

40.759,93

10.843,68

12 mesos

2021

MENORCA FRESC I BO SL

B57408320

ITC2021_1/024

0,00

135.624,37

0,00

0,00

135.624,37

40.0

54.249,75

17.848,17

28.752,37

7.649,21

12 mesos

2021

LACTO INDUSTRIAL MENORQUINA SLU

B07484884

ITC2021_1/029

293.146,74

0,00

0,00

0,00

293.146,74

40.0

117.258,70

38.578,11

62.147,11

16.533,48

6 mesos

2021

ILLA VERDA SAT

V57098030

ITC2021_1/038

131.630,45

8.889,00

0,00

0,00

140.519,45

40.0

56.207,78

18.492,36

29.790,12

7.925,30

12 mesos

2021

FORMATGES BURGUERA SAT BA-71

V57313157

ITC2021_1/039

14.800,00

13.935,00

0,00

2.290,00

31.025,00

40.0

12.410,00

4.082,89

6.577,30

1.749,81

12 mesos

2021

TOTALES

760.063,82

250.060,99

402.833,83

107.169,00

 

 

(Firmado electrónicamente: 5 de octubre de 2022)

El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro  Marcé