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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 565111
Aprobación inicial ordenación punto verde Portocolom

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Texto

 

Ajuntament de Felanitx - Departamento de urbanismo

Expediente electrónico 1810/2022

Aprobación inicial de la propuesta de delimitación y ordenación de un sistema general de infraestructuras y equipamientos para implantar una actividad de recogida municipal de residuos en Portocolom

De conformidad con el procedimiento urbanístico extraordinario regulado en el artículo 6 de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19, en la sesión ordinaria celebrada el 12 de septiembre de 2022 el Pleno del Ajuntament de Felanitx adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar inicialmente la propuesta de delimitación y ordenación de un sistema general de infraestructuras y equipamientos para implantar una actividad de recogida municipal de residuos (punto verde) en Portocolom, propuesta que ha redactado el ingeniero industrial Juan Mateo Horrach Torrens en julio de 2022 y que incluye el estudio económico y financiero, el estudio de movilidad generada, el estudio de impacto paisajístico y el documento ambiental estratégico.

Segundo. Suspender el otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas en una parte de la parcela 1278 del polígono 31 del término municipal de Felanitx (referencia catastral 07022A03101278), suspensión que se efectúa, por remisión, de conformidad con el artículo 51 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears.

Se incorpora como anexo de este acuerdo un plano de delimitación del ámbito de la parcela rústica de referencia que se encuentra sujeto a la suspensión.

Tercero. Someter a exposición pública la propuesta de delimitación y ordenación del sistema general por un período de 24 días hábiles, tanto en lo que se refiere a la documentación sustantiva como a la ambiental.

Esta exposición pública debe anunciarse, al menos, en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en uno de los diarios de mayor circulación de Mallorca y en la sede electrónica del Ajuntament de Felanitx (ajfelanitx.eadministracio.cat), donde debe constar la documentación completa para su consulta.

Durante el período de exposición la documentación aprobada inicialmente también se puede consultar, de forma presencial y con cita previa, en el Departamento de urbanismo del Ayuntamiento de Felanitx, de lunes a viernes, de las 9.00h hasta las 14.00h, excepto festivos.

Cuarto. Solicitar los informes preceptivos a las administraciones públicas afectadas, informes que deben ser emitidos en un plazo máximo de 20 días hábiles.

Concluido el trámite de exposición pública, consulta y audiencia, y al haber formulado la propuesta final, con carácter previo a la aprobación definitiva debe solicitarse el informe de la Comisión insular de ordenación del territorio y urbanismo.

Quinto. Publicar este acuerdo en la forma que legalmente corresponda.»

Recursos

- Contra el apartado segundo de este acuerdo, que es un acto de trámite calificado, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Ajuntament de Felanitx en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la última publicación, de acuerdo con los artículos 112.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la última publicación, de acuerdo con los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda presentarse cualquier otro recurso.

- Contra el resto de apartados del acuerdo, que constituyen un acto de trámite, no cabe la interposición de ningún recurso, sin perjuicio de que durante el plazo de exposición pública se puedan presentar las alegaciones o documentos que se consideren oportunos para que se tengan en cuenta en la resolución que pondrá fin al procedimiento.

 

Felanitx, 19 de septiembre de 2022

El alcalde Jaume Monserrat Vaquer

Documentos adjuntos