Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 563549
Notificación de la Resolución de Modificación de Inversiones y Revocación parcial de las ayudas, Exp. 120 de fecha 12 de agosto de 2022, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrícolas, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha de 12 de agosto de 2022, dicta lo siguiente:
“Informe/Propuesta de Resolución de acceptación de modificaciones de inversiones y Revocación parcial de la Resolución de concesión Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020 Medida 4.1 Inversiones a las explotaciones agrarias Convocatoria INEA 2019_1 Expediente: INEA2019_1/120 Código DIR3: A04026954 Código SIA: 208246 Código BDNS: 497979 Documento: Propuesta Resolución XP.:INEA2019_1/120
Hechos
1.Con fecha de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de fecha 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), con fecha 22 de junio de 2016, (BOIB núm. 81) y con fecha 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80, con fecha 2 de marzo de 2020 y con fecha 6 de mayo de 2020.
2.El 4 de febrero de 2022, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA dictó una Resolución de concesión de ayudas para inversiones en las explotaciones agrarias, que se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares número 23, de 12 de febrero de 2022, en la que figuraba una concesión a favor de LLORENÇ GARAU RAMIS, amb NIF ***1751**, con número de expediente INEA2019_1/120, por un importe de ayuda de 56.689,73€, un importe de concesión de 34.013,84€ y un plazo de ejecución de 6 meses.
3.El 14 de junio de 2022, con registro de entrada núm. GOIB335295/2022, la persona indicada en el apartado anterior presentó una solicitud de cambio de inversión.
4.El 18 de julio de 2022, la técnica gestora de la línea emite el informe favorable de moderación de costes de la maquinaria objeto del cambio de inversión.
5.El importe de ayuda concedida de la inversión con el cambio de maquinaria tiene un importe de 29.519,24€.
6.El importe de la ayuda concedida de la inversión aprobada inicialmente era de 34.013,84€, por tanto hay una diferencia de 4.494,60€ que deben revocarse.
7.Dado todo esto, se propone aceptar la modificación de inversiones y hacer la revocación parcial de la ayuda concedida al beneficiario como se indica en el anexo adjunto de esta resolución.
Fundamentos de derecho
1.Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016, 26 de junio de 2018, 2 de marzo de 2020 y 6 de mayo de 2020.
2.Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Aceptar la modificación de inversiones propuesta y revocar parcialmente la resolución de ayuda concedida al beneficiario detallado en el anexo adjunto, que es un total de 1 expediente, que comienza y termina por LLORENÇ GARAU RAMIS, NIF ***1751**, (exp. INEA2019_1/120), por un importe de 4.494,60 €, y que corresponde a la cofinanciación siguiente: un 53 % en el FEADER (2.382,14 €), un 14,10 % en la AGE (633,74 €) y un 32,90% en la CAIB (1.478,72 €)
2.Notificar esta resolución al beneficiario mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La gestora de la línea |
El jefe de negociado de Ayudas al Desarrollo Rural |
El jefe de Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural |
Mª Isabel Jiménez Vidal |
Jorge M. Company Salaverría Por suplencia de la jefe de sección XVI de Ayudas al Desarrollo Rural (BOIB núm. 18, de 03/02/2022) |
Josep Xavier Nadal Coll |
Conforme con la propuesta, dicto Resolución |
El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO I: IMPORTES A REVOCAR
TITULAR |
NIF |
Nº EXPEDIENTE |
Inversiónconcedida |
Inversión despues del cambio de inversión |
Importe de ayuda concedida |
Importe de ayuda despues del cambio de inversión |
COFINANCIAMIENTO |
ANUALIDAD |
||
FEADER 53,00% |
AGE 14,10% |
CAIB 32,90% |
||||||||
LLORENÇ GARAU RAMIS |
***1751** |
INEA2019_1/120 |
56.689,73€ |
|
34.013,84€ |
|
18.027,34 € |
4.795,95 € |
11.190,55 € |
2022 |
|
49.198,73€ |
|
29.519,24€ |
15.645,20 € |
4.162,21 € |
9.711,83 € |
2022 |
|||
|
||||||||||
IMPORTE A REVOCAR |
4.494,60 € |
|
2.382,14 € |
633,74 € |
1.478,72 € |
|
(Firmado electrónicamente: 3 de octubre de 2022) El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé