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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 559134
Extracto de la convocatoria para el otorgamiento de subvenciones para deportistas locales 2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En sesión ordinaria celebrada día 8 de septiembre de 2022, el Plenario del Ayuntamiento de Inca ha aprobado las bases para el otorgamiento de subvenciones a deportistas locales 2022, por acciones hechas durante el 2022.

De acuerdo con el artículo 9.3 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de subvenciones, por medio del presente edicto se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones.

 

Documento firmado electrónicamente (26 de septiembre de 2022)

El alcalde Virgilio Moreno Sarrió

 

Código de identificación asignado BDNS: 650333

De conformidad con el que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la a convocatoria el texto completo de la cual y los anexos es pueden consultar a la base de datos nacional de subvenciones, mediante el siguiente enlace:

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias

1. Finalidad de la convocatoria.

La finalidad es ayudar a los deportistas locales no profesionales (residentes) para lograr los gastos de desplazamiento, de alimentación o estancia con motivo de la participación en competiciones oficiales; en ningún caso persiguen finalidades retributivas o compensatorias.

2. Beneficiarios y requisitos.

Podrán ser beneficiarias las personas físicas que hayan ejecutado o ejecutarán que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguno de las prohibiciones contenidas al arte. 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo LGS) y reúnan las siguientes condiciones:

  • Ser persona física empadronada y registrada en el municipio de Inca
  • Ser deportista federado (con licencia federativa en vigor, durante la anualidad o temporada deportiva que se solicita la ayuda).
  • Haber participado en competiciones oficiales fuera de la isla de Mallorca.
  • Haber justificado las subvenciones concedidas y abonadas en ejercicios anteriores.
  • No concurrir con ninguno de las circunstancias previstas en el artículo 8, punto 2, de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Inca.
  • No incurrir en ningún supuesto contemplado al arte. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • No ser deportista profesional, deportista de alto nivel o de alto rendimiento.
  • Cumplir con todas las condiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 6.º de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Inca.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Inca y no encontrarse sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador incoado por este motivo.
  • No incurrir en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Restan excluidos expresamente:

  • Los deportistas profesionales, de alto nivel (DAN) y de alto rendimiento (DAR).

La concurrencia de estos requisitos se acreditará en el momento de presentar la solicitud, mediante la presentación de los documentos que se indican.

3. Bases reguladoras.

Las bases específicas reguladoras de la presente convocatoria son las aprobadas por el Pleno municipal de 8 de septiembre de 2022. En todo aquello no previsto en las bases y en esta convocatoria, será de aplicación lo establecido a la Ordenanza general de subvenciones publicada en el BOIB n.º 66, de 26 de mayo de 2016.

4. Crédito y partida presupuestaria

El Ayuntamiento destinará un fondo estimado de QUINCE MIL EUROS (15.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 34100.4830002.

Estas ayudas son compatibles con otras ayudas destinadas a la misma actuación, pero, en cualquier caso, conjuntamente con las otras ayudas, las cantidades otorgadas no podrán exceder el coste total de la actuación.

El importe de la subvención, junto con el de las subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras entidades públicas o privadas, no puede ultra pasar el coste de la actividad.

5. Periodo de ejecución de los desplazamientos

Las subvenciones concedidas al amparo de estas bases, se tendrán que destinar a financiar proyectes/actividades desarrollados/ades durante el periodo entre el 1 de diciembre del 2021 y el 30 de noviembre del 2022.

6. Plazo de presentación de las solicitudes

Empezará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria al Boletín Oficial (BOIB) y finalizará el 30 de noviembre de 2022, incluido.

7. Información y asesoramiento

Os podéis dirigir al servicio de Deportes a la dirección de correo electrónico serveidesports@ajinca.net o bien a las oficinas del servicio de Deportes, ubicadas a las Piscinas Municipales de Inca-Catalina Corró Llorente, calle de Gabriel Alomar, 3, teléfono 971 504 216.