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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 557693
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la cual se somete al trámite de información pública el proyecto de Decreto por el cual se aprueban los principios generales y directrices de coordinación relativos al mapa y la provisión mínima de los servicios sociales en las Illes Balears

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 2 de mayo de 2022, el director general de Planificación, Equipamientos y Formación emitió la Memoria en relación con la consulta pública previa sobre la propuesta de elaboración del proyecto de Decreto que regula la provisión común y la organización territorial de los servicios sociales en las Illes Balears.

2. En fecha 4 de mayo de 2022, la consejera de Asuntos Sociales y Deportes dictó la Resolución mediante la cual se somete a consulta pública previa la propuesta de elaboración del Proyecto de decreto que regula la provisión común y la organización territorial de los servicios sociales en las Illes Balears.

Se fijó el plazo de consulta pública en 15 días hábiles, con el objeto de que se pudieran formular aportaciones o sugerencias por vía telemática mediante el Portal de Participación ciudadana o por escrito dirigido a la Secretaría General de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, en la forma que prevé el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, d'1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. En fecha 27 de mayo de 2022 se emitió el Certificado del Negociado de la Dirección General de Participación, Transparencia y Voluntariado, de la Consejería de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática, en el cual se hizo constar que desde 5 de mayo de 2022 hasta 25 de mayo de 2022 se publicó en la página de Participación Ciudadana el enlace a la consulta pública previa a la redacción del Proyecto de decreto que regula la provisión comuna y la organización territorial de los servicios sociales en las Illes Balears.

Al respecto, se hizo constar que, de acuerdo con los datos que consten en los archivos informáticos, en la página de Participación Ciudadana se registraron 33 visitas.

4. En fecha 27 de mayo de 2022, la Jefe del Departamento Jurídico de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes emit la Diligencia en la cual se hizo constar que en fecha 5 de mayo de 2022 hasta 25 de mayo de 2022, se publicó en la página de Participación Ciudadana el enlace a la documentación para la consulta previa a la elaboración de un proyecto de decreto de Ordenación y Mapa de los Servicios Sociales en las Illes Balears con posibilidad de realizar aportaciones de forma telemática.

Al respecto, se hizo constar que durante el período indicado no se ha registrado ninguna aportación.

5. En fecha 23 de septiembre de 2022, la consejera de Asuntos Sociales y Deportes dictó la Resolución por la cual se inicia el procedimiento de elaboración del proyecto de Decreto por el cual se aprueban los principios generales y directrices de coordinación relativos al mapa y la provisión mínima de los servicio sociales en las Illes Balears.

6. Se ha elaborado el proyecto de Decreto por el cual se aprueban los principios generales y directrices de coordinación relativos al mapa y la provisión mínima de los servicios sociales en las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears, en el artículo 58.1 e), establece que el proyecto de reglamento se someterá al trámite de información pública, cuando resulte preceptiva o sea conveniente a criterio del órgano responsable de la tramitación. A tal efecto, se publicará un anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears que indique el plazo para efectuar sugerencias y el sitio web donde acceder al proyecto normativo.

En el apartado 2 del mismo artículo se establece que el plazo de los trámites de audiencia y de información pública, que se pueden impulsar de forma simultanea, será adecuado a la naturaleza de la disposición y, en cualquier caso, no inferior a diez días.

Sobre la base de las anteriores previsiones, dicto la siguiente

Resolución

1. Someter a información pública el proyecto de Decreto por el cual se aprueban los principios generales y directrices de coordinación relativos al mapa y la provisión mínima de los servicios sociales en las Illes Balears; y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la página web de Participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo de información pública en quince días hábiles desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

3. Disponer que las alegaciones se tienen que presentar en la sede de la Secretaría General de la Consejería de Asuntos y Deportes (Plaza de la Drassana, 4, CP. 07012, Palma) o en cualquiera de los sitios que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Al respecto, en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 se establece que las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, excepto que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento. En el apartado 2 del mismo artículo se establece que, en todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos, entre otros: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que representen a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones al proyecto por medios telemáticos, mediante el apartado relativo a la audiencia e información pública en la elaboración normativa, de la página web de Participación ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Illes Balears, en el plazo que se establece en el apartado segundo anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o la entidad que las formula, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente para tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente tiene que emitir una diligencia relativa a las alegaciones presentadas.

5. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 29 de septiembre de 2022

La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez