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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 555760
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, a propuesta del director general de Deportes por la que se establece la convocatoria de concesión de las distinciones, Cornelius Atticus 2022 en categoría masculina y en categoría femenina, a una vida dedicada al deporte de las Illes Balears

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Texto

En la fecha de firma electrónica, el director general de Deportes ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Antecedentes

1. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears creó el año 1996 la distinción CORNELIUS ATTICUS como reconocimiento a todas aquellas personas de las Illes Balears que han dedicado su vida a la práctica y a la promoción del deporte y que forman parte de nuestra historia y del hecho cultural de las Illes Balears.

2. La distinción consiste en un diploma acreditativo, una reproducción de la lápida de mármol de forma cuadrangular del siglo III, dedicada a un atleta del pancracio, Cornelius Atticus, encontrada el año 1933 en las excavaciones oficiales arqueológicas de la ciudad romana de Pol·lèntia, Alcudia, en Mallorca y un pin de plata con la misma reproducción.

3. Concede la distinción anualmente el Consejo de Gobierno, a propuesta de la  consejería competente en materia de deportes, por iniciativa propia o a propuesta de las diversas instituciones y entidades deportivas de las Illes Balears.

4. La Asamblea Balear del Deporte, aprobó en la sesión ordinaria del Pleno del dia 29 de marzo de 2017, la propuesta de establecer una distinción femenina Cornelius Atticus, diferenciada de la masculina.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto 22/1996, de 15 de febrero, por el cual se crea la distinción Cornelius Atticus a una vida dedicada al deporte de las Illes Balears (BOCAIB nº 27, de 29 de febrero de 1996).

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Asuntos Sociales y Deportes que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Establecer la convocatoria de concesión de las distinciones Cornelius Atticus 2022, en categoría masculina y en categoría femenina para las personas que han dedicado su vida a la práctica o la promoción del deporte en el ámbito de las Illes Balears.

2. Establecer un plazo de presentación de candidaturas de treinta días a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOIB —que tiene efectos a partir del día siguiente en que se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears—, a fin de que la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes pueda preparar la propuesta de concesión de las distinciones, que debe aprobar el Consejo de Gobierno.

Informar que las propuestas de las candidaturas presentadas en esta convocatoria, con la documentación correspondiente, y que no resulten galardonadas, servirán también y se tendrán por presentadas para las convocatorias de las anualidades siguientes, previa autorización de las entidades y mientras no se revoque o se presente una nueva candidatura.

Para que se haga efectiva la autorización anterior, la entidad interesada deberá marcar con una cruz la casilla pertinente que figura en el impreso de propuesta de candidatura que figura en el anexo II.

La entidad que haga uso de esta opción y marque en la casilla de la autorización,  en las convocatorias posteriores podrá aportar la documentación adicional que considere adecuada.

3. Establecer que pueden presentar candidaturas los consejos insulares o los organismos autónomos que dependen de estos entes, que tengan atribuida la competencia en materia deportiva, las federaciones deportivas, los ayuntamientos, los clubes y las entidades deportivas reconocidas y registradas debidamente.

4. Establecer que las distinciones se pueden otorgar a título póstumo.

5. Determinar que para decidir qué propuestas puede enviar la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes al Consejo de Gobierno, se debe constituir el jurado correspondiente, de acuerdo con el punto 4 del anexo I que se adjunta en la resolución. El jurado se debe reunir para estudiar las candidaturas y elaborar el acta del acuerdo adoptado de presentación de propuestas a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes la cual debe enviarla, con el informe correspondiente, al Consejo de Gobierno.

6. Determinar que la concesión de las distinciones y la composición del jurado se deben ajustar a las instrucciones de las distinciones, que figuran como anexo 1 de esta Resolución.

7. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar una resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que pone fin a la vía administrativa— cabe la interposición de un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el término de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma,en la fecha de la firma electrónica (27 de septiembre de 2022)

La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez

El director general de Deportes Carles Gonyalons Sureda