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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

FUNDACIÓN MALLORCA TURISMO

Núm. 553635
Resolución de concesión de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la actividad del sector audiovisual para la promoción turística de Mallorca

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Texto

BDNS: 621799

Antecedentes

1.En fecha de 20 de diciembre de 2021, el consejero ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes autorizó a la Fundació Mallorca Turisme la concesión de las subvenciones previstas en su Plan de actuación para 2022.

2.El día 11 de abril de 2022 el director de la Fundació Mallorca Turisme dictó Resolución por la cual aprobó la Convocatoria de subvenciones para el fomento de la actividad del sector audiovisual para la promoción turística de Mallorca, extracto publicado en el BOIB nº. 54, de 23 de abril de 2022, y modificación de la convocatoria, publicada en el BOIB 64, de 17 de mayo de 2022, en cumplimiento del Plan de actuación y presupuesto aprobado por el Patronato de la Fundació Mallorca Turisme para el año 2022, con un gasto de 200.000€.

3.Acta de la Comisión Evaluadora de 25 de agosto de 2022 con el resultado de la valoración de los proyectos presentados de acuerdo con los criterios establecidos a la convocatoria

4.El día 6 de septiembre de 2022, el director de la Fundació Mallorca Turisme informa de que los beneficiarios propuestos cumplen los requisitos para acceder a las subvenciones, así se acordó dentro del punto 11, que los beneficiarios presentarían la documentación administrativa general una vez emitido el informe de la Comisión Evaluadora.

5.Informe jurídico favorable de 7 de septiembre de 2022 sobre la propuesta de resolución concesión de las subvenciones.

6.En el presupuesto de la Fundació Mallorca Turisme hay crédito adecuado y suficiente para atender el gasto que se deriva de la presente convocatoria, por un importe de 200.000 €.

7.Dia 9 de septiembre de 2022 se dicta propuesta de resolución de concesión de la subvención, que se publica en el BOIB nº. 120, de 13 de septiembre de 2022, a la cual no se presenta ninguna alegación.

8.Informe jurídico favorable de día 28 de septiembre de 2022 sobre la resolución de concesión de las subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. De acuerdo con el artículo 16 de los Estatutos de la Fundació Mallorca Turisme son atribuciones de la dirección gestionar y ejecutar los planes y los programas que aprueba el Patronato y formalizar y aprobar toda clase de actos y contratos (BOIB nº. 24, de 23 de febrero de 2019).

2. Ordenanza general de subvenciones del Consejo insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión de día 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto).

3. El artículo 10 del Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca de 9 de julio, por el cual se determina la organización del Consejo Insular de Mallorca, establece que la Fundació Mallorca Turisme se queda adscrita en el Departamento de Turismo y Deportes (BOIB nº. 99, de 18 de julio).

4. De conformidad con lo que establece la Disposición adicional 4.2 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), el consejero ejecutivo de Transición, Turismo y Deportes autorizó con carácter previo a la Fundació Mallorca Turisme la concesión de las subvenciones previstas en el Plan de actuación de la Fundación de 2022.

5. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley general de subvenciones.

Por todo eso, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1.CONCEDER las subvenciones a las entidades y por los importes que se especifican a continuación:

Nombre proyecto

Productora

CIF / NIF

Importe Solicitado

Puntos MFC y equivalencia ópera prima

Importe correspondiente

Espina Dorada

Cinética Producciones S.L.

B57517070

20.000 €

100

20.000,00 €

Las chicas de la estación

La Periférica Producciones SL

B07854060

20.000 €

100

20.000,00 €

Belarmina

David Mataró Albadalejo

46056914N

25.000 €

95

23.750,00 €

Rabia

Bernat Gual Reynés

43090118D

20.000 €

94

18.800,00 €

LES RESIDENTS

Shaktimetta Producciones SL

B65877300

20.000 €

93

18.600,00 €

L'extinció reversible del vell marí

Mom Works SL

B57935090

5.000 €

93

4.650,00 €

Música Periférica

Mosaic Producciones Audiovisuales SL

B57550535

5.000 €

91

4.550,00 €

Revés

Guillem Miró Mateu

43182840H

25.000 €

90

22.500,00 €

Norats

CEF Escuela De Artes Audiovisuales SL

B07613581

25.000 €

90

22.500,00 €

En la vida real

A name like this S.L.

B16588584

25.000 €

90

22.500,00 €

Toda una vida

Ferran Bex Castell

43157686A

22.800 €

89

20.292,00 €

Nana (ópera prima)

Marcos Callejo Cantallops

43469020D

2.500 €

65/86

Resto: 1.858 €

 

 

 

TOTAL

 

200.000€

 

 

 

Cuantía disponible

 

200.000€

2. EXCLUIR las solicitudes siguientes, por los motivos que se detallan:

Nombre proyecto

Productora

CIF / NIF

Importe Solicitado

Puntos MFC y equivalencia

Motivo exclusión

Fantasmata

Cinética producciones SL

B57517070

20.000 €

100

Misma productora presenta 2º proyecto (Espina Dorada)

Triunfo

Singular audiovisual S.L.

B57114597

17.900 €

85

Crédito agotado

Becoming Ema

Playlab Films S.L.

B67612358

5.000 €

84

Crédito agotado

Rebobinar

Espacio Tiempo Comunicación SL

B57892010

25.000 €

82

Crédito agotado

¿Es usted secuestrable? (ópera prima)

Mansalva Films SL

B42812925

2.500 €

57/76

Crédito agotado

Mallorca Über Alles (ópera prima)

Jordi Nadal Perelló

43209004P

2.118 €

55/73

Crédito agotado

Ruth & May

Yeah Productions SL

B16832370

20.000 €

70

Crédito agotado

La marea triste

Marina Wagner Moll

43467488H

17.525 €

64

Crédito agotado

Mi Isla

Yeah productions S.L.

B16832370

20.000 €

59

Crédito agotado/ 2º proyecto misma productora

In the last blue (ópera prima)

Danielle Turkov Wilson

Pasaporte belga 87052345637

20.000€

47/63

Presentado por mail / crédito agotado

3. NOTIFICAR esta Resolución a los interesados, publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y que se comunique en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

4. INFORMAR a los interesados que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el presidente del Patronato de la Fundació Mallorca Turisme, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y del artículo 9 de los estatutos de la Fundación.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del recurso.

Contra la desestimación presunta, por silencio, del recurso de alzada se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante el juzgado contencioso administrativo que corresponda en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (29 de septiembre de 2022)

El director de la Fundació Mallorca Turisme Miguel Pastor Jordá