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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 544808
Resolución de corrección de errores con relación a la oferta de empleo público de personal laboral de la Residencia Oms-Sant Miquel y de los centros de día Can Clar y Son Bru derivada del proceso de estabilización de la ocupación temporal regulado en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) para el año 2022 (BOIB núm. 66 de 21 de mayo de 2022)

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Texto

Antecedentes

I. En fecha de 13 de mayo de 2022, la presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (en adelante IMAS) resolvió la oferta de empleo público de personal laboral de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Can Clar y Son Bru, derivada del proceso de estabilización de la ocupación temporal regulado en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del IMAS, para el año 2022, resolvió, entre otros, el número de plazas derivadas de este proceso de oferta pública correspondiente al año 2022, y el sistema de selección de los procesos selectivos para la estabilización del ocupación temporal mediante el concurso oposición de conformidad con el artículo 2 de la Ley 20/2021, y el concurso excepcional de acuerdo con la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021 (BOE núm. 312 de 29 de diciembre de 2021) .

II. Con posterioridad a la publicación de la Resolución mencionada, se ha detectado que 1 plaza de la categoría laboral de enfermero-a (grupo B), 1 plaza de limpiador-a (grupo E) y 1 plaza de auxiliar técnico/ a sociosanitaria (grupo D) no constan incluidas dentro de la oferta pública del año 2022 en lo que se refiere al plan de estabilidad laboral.

III. La clasificación que corresponde a partir de los datos que dispone el IMAS, consecuencia del traspaso de determinados centros de la Fundación de la Dependencia con efectividad de 1 de enero de 2018, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la Ley 20/2021 con respecto al concurso-oposición y la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, relativo al concurso excepcional es la siguiente: las plazas de la categoría laboral de enfermero-a y de limpiador-a deben estar incluidas en la oferta pública de concurso oposición de personal laboral correspondiente al año 2022, y la plaza de auxiliar técnico/a sociosanitaria debe añadirse dentro de la oferta de concurso excepcional de personal laboral para el 2022.

IV. El informe técnico y el informe jurídico de 3 de agosto de 2022 con relación a la corrección de errores de la oferta de empleo público de personal laboral de la Residencia Oms-Sant Miquel y de los centros de día Can Clar i Son Bru derivada del proceso de estabilización del empleo temporal regulado en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) para el año 2022, que concluyen favorablemente y el informe de Intervención General del Consejo de Mallorca de 9 de agosto 2022 con relación a la fiscalización previa de esta corrección de errores.

Fundamentos de derecho

1. La resolución de la presidencia del IMAS de 13 de mayo de 2022 (BOIB núm. 66 de 21 de mayo de 2022), objeto de esta corrección de errores, relativa a la aprobación de la oferta de ocupación pública de personal laboral de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Can Clar y Son Bru derivada del proceso de estabilización de la ocupación temporal regulado en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes por a la reducción de la temporalidad en el empleo público del IMAS para el año 2022.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que dice “Las administraciones públicas pueden rectificar, asimismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

3. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. Corresponde a la Presidencia del IMAS aprobar la oferta de empleo público, de acuerdo con el artículo 7.2.11) de los Estatutos del IMAS (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019).

 

Resolución

Primero. Aprobar la corrección de errores de la Resolución de la Presidenta del IMAS de 13 de mayo de 2022, relativa a la aprobación de la oferta de empleo público de personal laboral de la Residencia Oms/Sant Miquel y de los centros de día Can Clar y Son Bru derivada del proceso de estabilización de la ocupación temporal regulado en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público del IMAS para el año 2022, correspondiente al anexo de la Resolución, en el sentido siguiente:

DONDE DICE:

PERSONAL LABORAL (CONCURSO-OPOSICIÓN - art. 2.1 Ley 20/2021)

OFERTA PÚBLICA AÑO 2022

Denominación plaza

Plazas

Grupo E

 

Limpiador/a

4

Grupo B

 

Técnico/a titulado/ada de grado medio enfermería

1

PERSONAL LABORAL (CONCURSO EXCEPCIONALdisposición adicional Ley 20/2021)

OFERTA PÚBLICA AÑO 2022

Denominación plaza

Plazas

Grupo D

 

Auxiliar técnico/a sociosanitaria

13

TIENE QUE DECIR:

PERSONAL LABORAL (CONCURSO-OPOSICIÓN - art. 2.1 Ley 20/2021)

OFERTA PÚBLICA AÑO 2022

Denominación plaza

Plazas

Grupo E

 

Limpiador/a

5

Grupo B

 

Técnico/a titulado/ada de grado medio enfermería

2

PERSONAL LABORAL (CONCURSO EXCEPCIONALdisposición adicional Ley 20/2021)

OFERTA PÚBLICA AÑO 2022

Denominación plaza

Plazas

Grup D

 

Auxiliar técnico/a sociosanitaria

14

Segundo: Remitir esta Resolución de corrección de errores a la Administración General del Estado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

Tercero: Publicar esta Resolución de corrección de errores en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella puede interponerse, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación de dicho recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (22 de septiembre de 2022

La consejera ejecutiva de Derechos Sociales y presidenta del IMAS Sofía Alonso Bigler)