Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
Núm. 540025
Adjudicación de la convocatoria de subvenciones para la recuperación de espacios arqueológicos y paleontológicas en la isla de Mallorca para el año 2022. Bdns: 619834
En la sesión ordinaria de día 21 de septiembre de 2022, el Consejo Ejecutivo acordó:
“Antecedentes
1. En la sesión ordinaria del 6 de abril de 2022, el Consejo Ejecutivo aprobó la Convocatoria que se publicó, por conducto de la BDNS, en el BOIB nº 48 de 09/04/2022. El acuerdo autorizó el gasto de dos cientos setenta mil euros (270.000,00 €) repartidos de la siguiente manera: 90.000,00 € para particulares a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78911 (RC 220229000042); 90.000,00 € per a ayuntamientos a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 76200 (RC 220229000041), i 90.000,00 € per a universidades a cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 75300 (RC 220229000040), mediante gasto anticipado, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su financiación en el ejercicio presupuestario en el cual se imputa el gasto, que es el año 2023.
2. El día 28 de julio de 2022, se reunió la Comisión Técnica de Evaluación, para examinar los expedientes y valorarlos.
3. El día 1 de agosto de 2022, el Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística emite informe haciendo constar que los beneficiarios cumplen con todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones.
4. El día 1 de agosto de 2022, se emite el informe jurídico favorable sobre los aspectos jurídicos de la concesión de las subvenciones.
5. El día 13 de septiembre de 2022, se emite informe de conformidad por la Interventora del centro de la Misericordia.
Fundamentos de derecho
Primero. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, aprobada por acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº 21, de 18/02/2017), modificada por acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº 96, de 04/08/2018).
Segundo. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Tercero. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Cuarto. La Convocatoria de subvenciones para la recuperación de espacios arqueológicos y paleontológicos en la isla de Mallorca, para el año 2022.
Quinto. De acuerdo con el establecido en la base 23.4 de ejecución del presupuesto 2022, corresponde al Consejo Ejecutivo, entre otros: otorgar concesiones, aprobar y resolver subvenciones, así como autorizar y disponer gastos de cuantía superior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €).
Por todo el expuesto, la Vicepresidenta Primera y Consejera Ejecutiva de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, eleva al Consejo Ejecutivo, la siguiente propuesta de
ACUERDO
I. Tener por desistido al Ayuntamiento de Pollença, que presentó el Proyecto de recuperación de espacios arqueológicos: Pedret de Bóquer, por no haber subsanado los requisitos requeridos en el plazo máximo e improrrogable de diez días, por lo cual se considera que ha desistido de la solicitud, en los términos previstos en el artículo 20.2 de la Ordenanza General de Subvenciones.
II. Excluir la siguiente solicitud por los motivos que se exponen:
III. Denegar la siguiente solicitud por no llegar a la puntuación mínima de 8 puntos de los criterios de valoración requeridos en el punto 10.2 de la Convocatoria:
Se adjunta tabla de puntuaciones desglosada por criterios.
IV. Conceder las subvenciones dentro de la Convocatoria para la recuperación de espacios arqueológicos y paleontológicos en la isla de Mallorca para el año 2022, por un importe total de doscientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta y dos euros con noventa y nueve céntimos (233.472,99 €), repartidos de la siguiente manera:
Anular la autorización del gasto de la parte no comprometida de la aplicación presupuestaria 20 33620 78911, por importe de 67.223,54 € (operación contable A 20229000577), para aumentar la aplicación presupuestaria 2033620 76200 (operación contable A 20229000576) y autorizar por importe de 67.223,54 €.
Anular la autorización del gasto de la parte no comprometida de la aplicación presupuestaria 20 33620 75300, por importe de 68.968,17 € (operación contable A20229000575), para aumentar la aplicación presupuestaria 20 33620 76200 (operación contable A 20229000576), autorizar por importe de 32.441,16 € y revertir a la aplicación presupuestaria 20 33620 75300, el importe restante de 36.527,01 €.
Aplicación presupuestaria |
Importe autorizado |
A |
Importe acrecentado |
20 33620 78911 |
90.000,00 € |
20229000577 |
- 67.223,54 € |
20 33620 75300 |
90.000,00 € |
20229000575 |
- 32.441,16 € |
20 33620 76200 |
90.000,00 € |
20229000576 |
+ 99.664,70 € |
V. Disponer un gasto total por importe de doscientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta y dos euros con noventa y nueve céntimos (233.472,99 €) a cargo de las aplicaciones presupuestarias que se imputarán a los beneficiarios y por los importes siguientes:
- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 75300, destinada a las universidades o centros de investigación:
Exp. |
SEGEX |
Beneficiario |
CIF |
Proyecto |
Presupuesto (€) |
Solicitado (€) |
Subvencionable (€) |
Puntos |
Concedido (€) |
2 |
856210F |
Institut Català de Paleontologia Miquel Crusafont |
G64361322 |
Restauración de un esqueleto de un reptante captorínid juvenil del Pérmico inferior (270 millones de años) del yacimiento del torrente de na Nadala, recuperado el año 2019 |
13.429,05 |
13.429,05 |
13.429,05 |
22,25 |
13.429,05 |
3 |
856233N |
Instituto Català de Paleontologia Miquel Crusafont |
G64361322 |
Restauración de los restos de macrovertebrados del Eoceno Superior provenientes de la mina de “San Cayetano” (Selva), colección Joan Bauzá (Museo Balear de Ciencias Naturales) |
7.602,78 |
7.602,78 |
7.602,78 |
14,25 |
7.602,78 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
21.031,83 |
No obstante, al tratarse de una convocatoria de gasto anticipado, restan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio presupuestario en el cual se imputa el gasto (2023).
- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 78911, destinada a particulares:
Exp. |
SEGEX |
Beneficiario |
CIF |
Proyecto |
Presupuesto (€) |
Solicitado (€) |
Subvencionable (€) |
Puntos |
Concedido (€) |
19 |
857179C |
Sandra Caballero Guillemot |
43216388D |
Proyecto de conservación y adecuación del material arqueológico del yacimiento de la cueva dels Robiols |
13.021,21 |
13.021,21 |
13.021,21 |
12,5 |
13.021,21 |
10 |
856687T |
Amics de na Galera |
G57869711 |
Proyecto de adecuación de los hipogeos de la edad del bronce de Son Sunyer (Palma). Año 2022 |
11.570,25 |
11.570,25 |
9.755,25 |
9 |
9.755,25 |
No obstante, al tratarse de una convocatoria de gasto anticipado, restan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio presupuestario en el cual se imputa el gasto (2023).
- A cargo de la aplicación presupuestaria 20 33620 76200 destinada a los ayuntamientos:
Exp. |
SEGEX |
Beneficiario |
CIF |
Proyecto |
Presupuesto (€) |
Solicitado (€) |
Subvencionable (€) |
Puntos |
Concedido (€) |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
13 |
856761X |
Ay. Felanitx |
P0702200G |
Proyecto de conservación-restauración del yacimiento de Closos de Can Gaià |
16.978,72 |
16.978,72 |
14.000,00 |
26,5 |
14.000,00 |
14 |
856782A |
Ay. Santanyí |
P0705700C |
Proyecto de ejecución: consolidación de Ses Talaies de Can Jordi. H5 |
3.729,83 |
3.729,83 |
3.729,83 |
20,5 |
3.729,83 |
11 |
856713E |
Ay. Costitx |
P0701700G |
Proyecto de consolidación actualizado de la habitación central de la Naveta 1 del yacimiento del Turassot |
13.958,56 |
13.958,56 |
13.958,56 |
20 |
13.958,56 |
6 |
856572J |
Ay. Llubí |
P0703000J |
La recuperación de espacios arqueológicos: Es Racons de Llubí |
11.359,13 |
11.359,13 |
11.359,13 |
17 |
11.359,13 |
25 |
857411Z |
Ay. Manacor |
P0703300D |
Proyecto de recuperación y puesta en valor de sa Ferradura |
10.131,70 |
10.131,70 |
7.946,34 |
16 |
7.946,34 |
8 |
856592M |
Ay. Ses Salines |
P0705900I |
Yacimiento dels Antigors (JA-33, Ses Salines) |
17.605,50 |
17.605,50 |
14.000,00 |
16 |
14.000,00 |
24 |
857563K |
Ay. Sant Llorenç des Cardassar |
P0705100F |
Tareas de adecuación al poblado talayótico de S'Illot |
14.520,00 |
14.520,00 |
6.703,40 |
16 |
6.703,40 |
5 |
856564Y |
Ay. Costitx |
P0701700G |
Proyecto de limpieza y adecuación en el Santuario de Son Corró |
13.827,88 |
13.827,88 |
13.827,88 |
16 |
13.827,88 |
7 |
856577Q |
Ay. Santanyí |
P0705700C |
Proyecto de consolidación y adecuación del yacimiento arqueológico de Na Nova Cala Llombards |
10.393,90 |
10.393,90 |
10.393,90 |
15,75 |
10.393,90 |
1 |
856017N |
Ay. Artà |
P0700600J |
Proyecto de Mantenimiento, adecuación y señalética en Ses Païsses |
15.998,92 |
14.000,00 |
14.000,00 |
15 |
14.000,00 |
12 |
856740R |
Ay. Felanitx |
P0702200G |
Proyecto de conservación-restauración y puesta en valor del yacimiento de Can Roig Nou y Son Maiol |
13.999,70 |
13.999,70 |
13.999,70 |
15 |
13.999,70 |
9 |
856664M |
Ay. Sencelles |
P0704700D |
Proyecto de recuperación de las atalayas de Can Xim-Cas Canar |
14.655,27 |
14.655,27 |
14.000,00 |
14 |
14.000,00 |
23 |
857539C |
Ay. Sant Llorenç des Cardassar |
P0705100F |
Proyecto de ejecución: Consolidaciones en el Talayote de Na Pol, Sa Coma |
11.067,63 |
11.067,63 |
11.067,63 |
13 |
11.067,63 |
21 |
857513Q |
Ay. Alaró |
P0700100A |
Cuarto proyecto de recuperación del yacimiento de Sa Bastida JA-25/A |
10.481,25 |
10.481,25 |
6.899,29 |
12,75 |
6.899,29 |
18 |
857160A |
Ay. Porreres |
P0704300C |
Proyecto de recuperación y adecuación: yacimiento arqueológico del talayote de Baulenes |
14.000,00 |
14.000,00 |
11.345,00 |
12 |
11.345,00 |
22 |
857528M |
Ay. Porreres |
P0704300C |
Proyecto de intervención y adecuación del yacimiento Talayote des Pagos |
13.841,00 |
13.841,00 |
9.174,33 |
11 |
9.174,33 |
16 |
857093H |
Ay. de Inca |
P0702700F |
Proyecto de limpieza de vegetación y consolidación del tramo sudeste de la plataforma escalonada y estructura del yacimiento de Son Mas des Potecari |
15.437,71 |
14.000,00 |
13.259,71 |
10 |
13.259,71 |
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
189.664,70 |
No obstante, al tratarse de una convocatoria de gasto anticipado, restan condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación en el ejercicio presupuestario en el cual se imputa el gasto (2023).
En relación al exp. 8, solicitan un importe superior a los 14.000,00 € que es el importe máximo a subvencionar, de conformidad con el punto 2 de la Convocatoria. Por lo tanto, la cuantía subvencionable es de 14.000,00 €.
En relación al exp. 10 y en base al informe emitido desde el Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, de 26 de julio de 2022, no se considera objeto de subvención la partida de técnico auxiliar de arqueología (1.815,00 €) ya que se cuantifica a un arqueólogo director y cuatro auxiliares de arqueología (tres de ellos de la asociación Girasol que requieren la presencia de un monitor especialista) cuando no hay tareas de excavación arqueológica propiamente y, por lo tanto, el volumen de técnicos auxiliares está sobredimensionado. De conformidad con el punto 7.2 y 10.1 de la Convocatoria.
En relación al exp. 16 y en base al informe emitido desde el Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, de 26 de julio de 2022, no se considera objeto de subvención la partida de dirección arqueológica (2.178,00 €) ya que se cuantifica un arqueólogo coordinador y un arqueólogo director, cuando en el cuadro de recursos humanos se indica que las necesidades de intervención se concretan en un técnico arqueólogo, porque el grueso de la intervención es de mantenimiento y conservación. Dado que no hay tareas de excavación arqueológica propiamente dichas, el volumen económico de técnicos arqueólogos está sobredimensionado. De conformidad con el punto 7.2 y 10.1 de la Convocatoria.
En relación al exp. 18 y en base al informe emitido desde el Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, de 26 de julio de 2022, la partida de dirección arqueológica (5.310,00 €) obedece a tareas de supervisión y redacción de la memoria final, ya que para el trabajo efectivo de campo se cuenta con un equipo técnico (arqueólogo y tres auxiliares). A efectos de subvención, la tarea de dirección y coordinación no se puede multiplicar, ya que corresponde a un solo ítem, independientemente del número de directores o coordinadores existentes. Por lo tanto, la cuantía subvencionable de esta partida sería la mitad (2.655, 00 €). De conformidad con el punto 7.2 y 10.1 de la Convocatoria.
En relación al exp. 21, el presupuesto contiene dos partidas: Limpieza y tala (1.135,64 €) y Mano de Obra para la limpieza y tala (4.542,57 €) que suma un total de 5.678,21 €, cuantía superior al límite máximo del 20% total del presupuesto dedicado a las actuaciones de desbroce que sería de 2.096,25 €, en aplicación del punto 7.2 de la Convocatoria. Esta cuantía de 2.096,25 € se ha dividido entre las dos partidas, correspondiendo 1.048,13 € a cada una de ellas. De conformidad con el informe emitido desde el Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, de 26 de julio de 2022.
En relación al exp. 22 y en base al informe emitido desde el Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, de 26 de julio de 2022, la partida de dirección arqueológica (7.000,00 €) incluye la tarea de 3 codirectores. A efectos de subvención, la tarea de dirección y coordinación no se puede multiplicar, ya que corresponde a un solo ítem, independientemente del número de directores o coordinadores existentes. Por lo tanto, la cuantía subvencionable sería 1/3 del total (2.333,33 €). De conformidad con el punto 7.2 y 10.1 de la Convocatoria.
En relación al exp. 24, el presupuesto contiene tres partidas: Mano de obra para la eliminación de vegetación y poda (5.687,00 €, IVA incluido); Maquinaria (1.452,00 €, IVA incluido), y Transporte y triturado de restos de poda (3.581,60 €, IVA incluido) que suma un total de 10.720,60 €, cuantía superior al límite máximo del 20% total del presupuesto dedicado a las actuaciones de desbroce que sería de 2.904,00€, en aplicación del punto 7.2 de la Convocatoria. Esta cuantía de 2.904,00 € se ha dividido entre las tres partidas, correspondiendo 968,00 € a cada una de ellas. De conformidad con el informe emitido desde el Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, de 26 de julio de 2022.
En relación al exp. 25, el presupuesto contiene la partida “2 técnicos arqueólogos” (5.520,00 €), y la partida “1 técnico restaurador (1.451,70 €). Según consta al proyecto: “Los dos técnicos arqueólogos y el auxiliar de arqueología llevarán a cabo el desbroce y limpieza de vegetación en tierra firme durante las tres semanas de campaña en septiembre como marca el proyecto. De la misma manera, uno de los arqueólogos supervisará las tareas de restauración y acompañará al técnico de restauración”. Del total del coste de la partida de técnicos, se ha dejado el importe íntegro de uno de los técnicos, que sería el apoyo a la restauración. El resto hace un montante de 2.760, 00 € de técnico más los 1.451,70 € de auxiliar, por las tareas de desbroce y limpieza vegetal, que suman un total 4.211,7€, superior al límite del 20% máximo que se puede subvencionar por desbroce y limpieza (2.026,34 €), en aplicación del punto 7.2 de la Convocatoria. Por lo tanto, este importe, se ha dividido entre las dos partidas, correspondiendo 1.013,17 € a cada una de ellas. De conformidad con el informe emitido desde el Servicio Técnico de Patrimonio Histórico, de 26 de julio de 2022.
Los puntos referenciados de la convocatoria, como base de las reducciones de importes subvencionables, son los siguientes:
Se valorará la eficiencia en los costes que figuren en las partidas correspondientes a las diferentes actividades, siempre ajustados a los precios de mercado.”
VI. Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y trasladar la información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.”
Se adjunta tabla de puntuaciones desglosada por criterios, que forma parte integrante del presente acuerdo.
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse un recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente de la recepción de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.
Una vez transcurrido tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución, se podrá interponer recurso contencioso administrativo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada, sin limitación temporal, mientras no haya resolución expresa.
No obstante, se puede ejercitar, si cae, cualquier otro recurso que se estime pertinente.
De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 22 de septiembre de 2022
El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística (Para de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística. Resolución de 23/07/2019. BOIB nº 109 de 8/8/2019) Josep Mallol Vicens delegación de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva