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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 538045
Delegación de la gestión del proceso selectivo de la categoría de policía local a favor de la consejera competente en materia de coordinación de policías locales, a través la Escuela Balear de Administración Pública

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Texto

La Alcaldesa, en virtud del decreto n.º. 2332 de fecha 14/09/2022, ha dispuesto lo siguiente:

La Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 10/08/22 (*BOIB n.º 106, del día 11/08/22), posibilita la delegación por parte de los Ayuntamientos de las Islas de Baleares de las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de Policía de los cuerpos de la Policía Local y las plazas de Policías, a través de la Escuela Balear de Administración Pública (*EBAP).

Como requisito para poder participar en este proceso unificado de selección, los Ayuntamientos tienen que tener aprobada la oferta de ocupación pública que incluya las plazas de categoría de policía de las cuales quiere delegar el procedimiento selectivo.

En relación con la anteriormente expuesto, y dado que, por Resolución de Alcaldia del día 14/09/2022 se ha aprobado la oferta de ocupación pública ordinaria correspondiente al presente ejercicio 2022 donde constan cinco plazas de policía local, mediante este escrito

RESUELVO

PRIMERO.- DELEGAR las competencias que más adelante se relacionarán, en la Consellería de Presidencia, Función Pública e igualdad, a través de la Escuela Balear de Administración Pública:

A) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla.

La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.

B) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables.

Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

- Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.

- Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.

- Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionados con el proceso selectivo.

- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar los miembros y resolver las posibles recusaciones.

- Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición porque el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.

El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, si se tercia, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.

Las vacantes que se tienen que cubrir, las competencias de las cuales se delegan mediante el presente escrito, son las siguientes de la oferta de ocupación pública ordinaria de 2022:

GRUPO

SUBGRUPO

CUERPO/ESCALA

N.º VACANTES

DENOMINACIÓN

C

C1

Administración Especial/Básica

5

Policia Local

SEGUNDO. Comunicar a la Policía Local que informe en la Escuela Balear de Administración Pública del número de efectivos del cuerpo de policía local de que dispone la plantilla del ayuntamiento, desagregado por sexo, de acuerdo con el que establece la disposición adicional tercera de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

TERCERO. Notificar la presente resolución en la Escuela Balear de Administración Pública.

CUARTO. Ratificar esta resolución en la próxima sesión de Pleno que se celebre.

QUINTO. Publicar esta resolución en el BOIB.

 

 Documento firmado electrónicamente (16 de septiembre de 2022

La alcaldesa-presidenta Estefania Gonzalvo Guirado)