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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 517566
Resolución de la presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de rectificación de errores de la Resolución por la cual se aprueba la lista definitiva de las personas aspirantes admitidas y excluidas y se designan las Comisiones Técnicas de Valoración del concurso para proveer puestos de trabajo de personal funcionario mediante el sistema de concurso de méritos o de libre designación de fecha 1 de septiembre de 2022

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Texto

Antecedentes

1. Por Resolución de la Presidencia del IMAS de fecha 10 de junio de 2022 (BOIB núm. 77 de 14 de junio) se aprobaron las bases y las convocatorias del concurso para proveer puestos de trabajo de personal funcionario mediante el sistema de concurso de méritos o de libre designación.

2. Con fecha 29 de julio de 2022 se publicó en el tablón de edictos electrónico del IMAS y en el Portal del opositor la Resolución de la lista provisional de las personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso para proveer puestos de trabajo de personal funcionario mediante el sistema de concurso de méritos o de libre designación. Esta Resolución otorgaba un plazo de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente de su publicación a las personas excluidas u omitidas para enmendar las deficiencias detectadas y para aportar los documentos preceptivos. Este plazo finalizó en fecha 12 de agosto de 2022.

3. Con fecha 1 de septiembre la Presidencia del IMAS emitió Resolución por la cual se aprobaba la lista definitiva de las personas aspirantes admitidas y excluidas y se designaban las Comisiones Técnicas de Valoración del concurso para proveer puestos de trabajo de personal funcionario mediante el sistema de concurso de méritos o de libre designación.

4. En la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, por un error aparece como admitida en el puesto con código F00110006-3 Ordenanza, la señora Maria Gloria Suárez Gómez con DNI ***0070**, cuando no cumple con el requisito de pertenecer a la especialidad a la cual está adscrita este puesto, de acuerdo con la base 3.8 del procedimiento de concurso para proveer puestos de trabajo de personal funcionario del IMAS mediante el sistema de concurso de méritos o de libre designación, aprobadas por Resolución de la Presidencia del IMAS de fecha 10 de junio de 2022 (BOIB núm.77 de 14 de junio), que establece que para poder optar a un puesto de trabajo se debe cumplir con el requisito de pertenecer a la misma escala, subescala, clase, categoría y/o especialidades determinadas. Por tanto, se debe rectificar el error cometido en la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluir a la señora Suárez de la lista definitiva de admitidos del puesto con código F00110006-3 Ordenanza.

Fundamentos de derecho

1. Las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, de acuerdo con el articulo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

2. El órgano competente para resolver es la Presidencia del IMAS, en virtud de las atribuciones conferidas en el articulo 7 de los Estatutos del IMAS, aprobados por el Pleno del Consell de Mallorca en la sesión de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019).

RESUELVO

1. Rectificar el error detectado en la lista definitiva de admitidos del puesto con código F00110005-Exp. 3 de Ordenanza del concurso para proveer puestos de trabajo de personal funcionario mediante el sistema de concurso de méritos o de libre designación y excluir a la señora Maria Gloria Suárez Gómez de la lista de aspirantes para este puesto de trabajo.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el tablón de anuncios electrónico del IMAS y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer recurso de alzada ante el Consell Executiu del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación (o publicación), de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS, aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Palma, en la fecha de firma electrónica del documento (8 de septiembre de 2022

La consejera ejecutiva de Derechos Sociales y presidenta del IMAS Sofia Alonso Bigler)