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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 517425
Delegación de competencias para llevar a cabo el proceso unificado para la selección de las vacantes de policía local del Ayuntamiento de Manacor

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Texto

En sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Manacor en fecha 12 de septiembre de 2022 se ha adoptado el siguiente acuerdo:

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS PARA LLEVAR A CABO EL PROCESO UNIFICADO PARA LA SELECCIÓN DE LAS VACANTES DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE MANACOR.”

Antecedentes

Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 10 de agosto de 2022 de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en el EBAP las competencias para llevar a término el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, publicada en el BOIB n.º 106 de 11 de agosto de 2022, que resuelve:

1. Iniciar el procedimiento de proceso unificado de selección para cubrir las plazas vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, mediante convocatoria.

2. Convocar los ayuntamientos de las Islas Baleares interesados a participar en el proceso unificado para que deleguen en la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, a través de l‘EBAP, la ejecución de este proceso, de acuerdo con los términos que establece el anexo de esta Resolución.

Los ayuntamientos interesados a participar en el proceso unificado disponen hasta el 15 de septiembre de 2022 para llevar a cabo la delegación mencionada. Una vez concluido el plazo se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares esta delegación.

Informe jurídico de la Jefa TAG de Recursos Humanos, con la conformidad del Secretario, de 7 de septiembre de 2022.

Fundamentos de derecho

1. Artículo 188 y 188 Bis del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

2. Artículo 30 de la Ley 4/2013, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

3. Artículo 58 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares.

4. Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 10 de agosto de 2022 de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en el EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, publicada al BOIB n.º 106 de 11 de agosto de 2022.

5. El Ayuntamiento de Manacor tiene aprobada la oferta pública de colocación del año 2022 mediante decreto de alcaldia 2022/2861 de 30 de junio. En esta oferta se incluyen tres plazas de la categoría de Agente.

6. Artículo 47.2.h) de la Ley 7/1985 Reguladora de la Bases de Régimen Local.

7. Disposición adicional tercera de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

Por todo esto, propone que el Pleno del Ayuntamiento adopte los siguientes

ACUERDOS

Primero. Delegar en la Consellería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, a través de l‘EBAP, la ejecución del proceso unificado de selección de tres vacantes de la categoría de policía local del Ayuntamiento de Manacor, de acuerdo con los términos que establece el anexo de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 10 de agosto de 2022, de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en el EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local, publicada al BOIB n.º 106 de 11 de agosto de 2022.

Se delegan las siguientes competencias:

a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla. La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.

b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables. Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

 

- Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.

- Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.

- Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionados con el proceso selectivo.

- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar los miembros y resolver las posibles recusaciones.

- Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición para que el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.

El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, si se tercia, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.

La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten con relación en la fase de prácticas que se tendrá que desarrollar en cada ayuntamiento.

Segundo. Publicar el acuerdo de delegación de competencias en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Tercero. Notificar este acuerdo, junto con su publicación al BOIB, en la Escuela Balear de Administración Pública.

 

(Firmado electrónicamente: 13 de septiembre de 2022)

El regidor delegado especial de Promoción Económica Joan Gaià i Mascaró