Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAMPOS
Núm. 517204
Delegación competencias policía local
La alcaldesa del Ayuntamiento de Campos, en fecha de 13 de septiembre de 2022, ha dictado la siguiente resolución:
«Resolución de alcaldía
Antecedentes
1. Vista la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 106 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 10 de agosto de 2022, relativa a la convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la Escuela Balear de Administración Pública las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local.
2. Visto y que la mencionada resolución establece, en su apartado segundo, que los ayuntamientos interesados en la participación en el mencionado proceso unificado disponen hasta el 15 de septiembre de 2022 para delegar en la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad, a través del EBAP, la ejecución del proceso de selección para cubrir las plazas vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de policía local.
3. Vista la aprobación, por decreto de alcaldía de 30 de mayo de 2022, de la oferta pública de empleo ordinaria del ejercicio 2022 del Ayuntamiento de Campos, que incluye, entre otros, una plaza de la categoría de agente de la Policía Local.
4. Visto y que, el artículo 188 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares establece que las entidades locales podrán delegar en la consejería competente en materia de policías locales la competencia para la convocatoria y la gestión de todo o parte de los procesos selectivos.
5. Visto y que es voluntad del Ayuntamiento de Campos proceder a la cobertura de la plaza de agente de la Policía Local incluida en la oferta pública.
Legislación aplicable
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local.
Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.
Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Islas Baleares.
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 10 de agosto de 2022, relativa a la convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la Escuela Balear de Administración Pública las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local.
Por todo esto, y una vez examinada la documentación que consta al expediente y de conformidad con aquello que se ha fijado en el artículo 21.1.h de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
Primero. - Delegar la gestión del proceso selectivo de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local en favor de consejera competente en materia de coordinación de policías locales, mediante la Escuela Balear de Administración Pública.
Segundo. - De acuerdo con aquello dispuesto en el anexo de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 10 de agosto de 2022, las competencias que se delegan son:
a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla.
La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.
b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables.
Estos actos son, como mínimo, los siguientes:
- Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.
- Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.
- Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionados con el proceso selectivo.
- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar los miembros y resolver las posibles recusaciones.
- Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición porque el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.
El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, si se tercia, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.
La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten con relación en la fase de prácticas que se tendrá que desarrollar en cada ayuntamiento.
Tercero.- Mediante esta delegación se cubrirá una plaza vacante de funcionario de carrera de la categoría de policía, incluida dentro de la oferta de ocupación pública ordinaria del ejercicio 2022, con las siguientes características:
Escala: Administración especial
Subescala: Servicios Especiales
Denominación: Policía Local
Grupo: C
Subgrupo: C1
Número de plazas: 1
Nivel de catalán: B2
Cuarto.- Publicar esta delegación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Quinto.- Una vez publicada, notificar esta delegación al EBAP, junto con la documentación requerida, de acuerdo con aquello dispuesto a la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 10 de agosto de 2022.
Sexto.- Dar cuenta de la presente resolución en la próxima sesión del Pleno que se celebre.”
Campos, a la fecha de firma electrónica (13 de septiembre de 2022)
La alcaldesa Francisca Porquer Manresa