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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA

Núm. 515193
Aprobación definitiva modificación ordenanza fiscal reguladora del precio público del servicio de comedor de las personas mayores

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Texto

Edicto elevación automática aprobación definitiva ordenanza municipal fiscal reguladora del precio público del servicio de comedor de la gente mayor

Acordado por este Ayuntamiento en El Pleno, en sesión del 4 d'abril de 2022, y modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público del servicio de comedor de la gente mayor. I realizada la legal exposición al público sin haberse formulado alegaciones, se eleva a definitivo acuerdo de modificación de la tasa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado, transcribiéndose   a continuación el texto completo de la ordenanza.

Contra el presente acuerdo definitivo de la modificación de las tarifas de la referida ordenanza fiscal, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contador a partir del día siguiente al de la publicación el presente acuerdo en el B.O.I.B.

 

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO DE COMEDOR DE LA GENTE MAYOR

Artículo 1 Fundamento y naturaleza

Conforme con lo previsto en el art. 41), ambos del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en la tarifas contenidas en el artículo 3 que se regirá la presente ordenanza.

Artículo 2 Obligados al pago

Están obligados al pago del precio público regulado en esta ordenanza las personas que se beneficien de los servicios a los que hace referencia el artículo anterior.

Artículo 3 Precios de la prestación del servicios

1. Respecto al coste del servicio de comedor, actualizado, es de 7,38 €, desglosado en los siguientes conceptos:

- 2,43 E Coste de la atención personal en el comedor y la distribución cuando no haya posibilidades por parte de la familia (coste a cargo del Ayuntamiento).

- 4,95 € Precio base actualizado del menú, el cual queda desglosado de la siguiente forma:

1) 4,74 € Precio a pagar por el usuario/a del servicio.

2) 0,21 € Subvención excepcional.

Las personas cuidadoras de la gente mayor, podrán disfrutar de este servicio, pagarán el precio base del menú sin subvención, con un coste total de 4,95 €/menú.

2. Actualización de precios. La cuantía de los precios del artículo 3.1 se ajustarán/actualizarán, anualmente, mediante la aplicación sobre los precios que en aque momento estén vigentes, de la variación porcentual experimentada por el índice general de precios al consumo (IPC) durante el período transcurrido desde la anterior determinación de tarifas. Dicha actualización se pondrá en conocimiento de la Comisión Informativa de Hacienda y especial de cuentas.  en el momento de su aplicación.

 

Artículo 4 Exenciones y bonificaciones.

El Ayuntamiento podrá fijar algún tipo de bonificación (máximo el 100%) para situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo social, previo informe del departamento de servicios sociales municipales.

Disposición Final

Esta Ordenanza entrará en vigor y empezará a aplicarse el día de su publicación en el BOIB, quedando en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

 

(Valldemossa, 12 de septiembre de 2022

El alcalde Nadal Torres Bujosa)