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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA

Núm. 509681
Convocatoria de subvenciones plurianual 2022-2023 al fondo de actividades del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM) para entidades de administración local o los organismos públicos dependientes (CAEM y CULTURA EN RED)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/647381).

1. Normativa

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y de los organismos autónomos dependientes publicada en el BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017; modificada por Acuerdo de Pleno (BOIB núm. 96, de 4 de agosto de 2018).

El Consejo de Mallorca, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 19.2 de la Ordenanza General de Subvenciones, publicará el extracto de la convocatoria de subvenciones, así como la concesión de las subvenciones, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Asimismo trasladará la información correspondiente a la convocatoria a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

2. Dotación presupuestaria

Durante los ejercicios presupuestarios de 2022 a 2024 se destina la cantidad total de 813.550,00 €, con cargo a la aplicación 20.33430.46201, para atender a las subvenciones de esta convocatoria plurianual, distribuidos entre las diferentes líneas de ayuda, de la siguiente manera:

Línea I: Actividades del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca referidas a las secciones culturales de teatro y danza:

  • 2022: 178.050,00 €
  • 2023: 0,00 €
  • 2024: 178.050,00 €

Línea II: Actividades del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca, referidas a las secciones culturales de música, arte callejero, proyecciones, exposiciones, rutas culturales, ciclos de conferencias, actividades para fomentar la integración lingüística:

  • 2022: 178.050,00 €
  • 2023: 0,00 €
  • 2024: 178.050,00 €

Línea III: Actividades del Catálogo de Actividades  Culturales del Consejo de Mallorca, referidas a la sección cultural de actividades para fomentar la lectura:

  • 2022: 50.675,00 €
  • 2023: 0,00 €
  • 2024: 50.675,00 €

Las actividades de esta línea 3 se deben impulsar por el departamento o sección de bibliotecas de la entidad beneficiaria.

3. Finalidad, objeto y condiciones

La finalidad de esta convocatoria es apoyar a las entidades de administración local o los organismos públicos dependientes, en la programación de actividades culturales a efectos de incentivar y estimular las actividades culturales en la isla.

El objeto de esta convocatoria es desarrollar las actividades culturales incluidas en las secciones culturales del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM), destinadas a la colectividad o al público en general.

Las subvenciones que se conceden por cada línea son para ejecutar actividades culturales de las incluidas en la sección correspondiente del Catálogo de Actividades Culturales del Consejo de Mallorca que elija la entidad beneficiaria.

No se puede compensar el exceso de justificación de actividades y gastos de una línea con las otras líneas.

4. Temporalización de las actividades

Son gastos subvencionables las actividades desarrolladas entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023.

La temporalización de los gastos debe coincidir con la temporalización de la convocatoria, es decir, entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023. Por lo tanto, las actividades, las facturas y los pagos correspondientes a las actividades subvencionadas deben estar incluidas entre las fechas antes señaladas.

5. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de la presente convocatoria las entidades de administración local de Mallorca o los organismos públicos dependientes cuando, en este último caso, entre sus objetivos y finalidades, haya la cultura en general, o determinados aspectos culturales en particular, siempre que las actividades objeto de subvención las gestionen estas entidades, de forma que la colaboración de otras entidades sea meramente residual o secundaria.

En el caso de que un ayuntamiento y un organismo público dependiente soliciten subvención para una misma línea, aunque sea para actividades diferentes, se denegará la solicitada por el organismo público.

El municipio de Palma y sus organismos públicos quedan excluidos de esta convocatoria al amparo de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad.

6. Plazo y lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes de subvenciones se presentarán en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Las personas o entidades interesadas deben rellenar los modelos de solicitud de esta convocatoria, que están disponibles en la sede electrónica del Consejo de Mallorca http://seu.conselldemallorca.net/, en el apartado “Subvenciones, ayudas, becas y premios”.

La presentación de solicitudes debe realizarse a través del Registro electrónico del Consejo de Mallorca

https://cim.sedipualba.es/segex/tramite.aspx?idtramite=12082.

7. Importe de las subvenciones

Los importes de las ayudas tienen la consideración de importe cierto, según se detalla en la tabla siguiente:

Población Municipio (Según datos publicadas INE 2021)

Subvención Línea 1

Subvención Línea 2

Subvención Línea 3

Municipios hasta a 3.000 habitantes

4.000,00€

4.000,00€

1.400,00€

Municipios entre 3.001 a 6.000 habitantes

6.000,00€

6.000,00€

1.750,00€

Municipios entre 6.001 a 10.000 habitantes

7.500,00€

7.500,00€

2.150,00€

Municipios entre 10.001 a 20.000 habitantes

10.000,00€

10.000,00€

2.500,00€

Municipios entre 20.001 a 60.000 habitantes

10.600,00€

10.600,00€

2.750,00€

8. Documentación para solicitar la ayuda

Las entidades solicitantes deben presentar la siguiente documentación que se señala de acuerdo con los modelos aprobados por el órgano gestor:

• ANEXO 1. Solicitud de subvención (se presentará un Anexo 1 por cada una de las líneas)

• ANEXO 2. Certificado bancario (o es necesario presentarlo si ya se ha hecho en años anteriores, y siempre que no haya habido cambios).

 

• Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del NIF o NIE del representante legal de la entidad y, en su caso, de la persona autorizada para firmar la solicitud.

• Documentación acreditativa de la vigencia del cargo del representante legal de la entidad en virtud de la cual actúa el firmante de la solicitud.

La convocatoria y los anexos están disponibles en la sede electrónica del Consell de Mallorca: https://seu.conselldemallorca.net

 

(Firmado electrónicamente, 8 de septiembre de 2022)

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística

(Por delegación de la vicepresidenta primera y consejera executiva de Cultura, Patrimonio i Política Lingüística. Resolución de 23/07/2019. BOIB núm. 109 de 8/8/2019)

Josep Mallol Vicens