Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 508888
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, por la cual se dispone el cese y el nombramiento de determinados miembros de la Comisión contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears
El artículo 100 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Illes Balears, crea la Comisión contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears como órgano al que le corresponde prevenir cualquier tipo de acción o manifestación de violencia, racismo o xenofobia, o que la pueda generar, como consecuencia de actividades o competiciones deportivas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
La composición de este órgano se establece en el artículo 6 del Decreto 12/2019, de 28 de febrero, por el que se regula la Comisión contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears, y la letra c dispone que los vocales han de ser nombrados por el consejero o consejera de Cultura, Participación y Deportes, así como que en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, los vocales titulares son sustituidos por los suplentes correspondientes que hayan sido nombrados.
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes dictó la Resolución de 17 de marzo de 2021, mediante la cual disponía el cese y el nombramiento de determinados miembros de la Comisión contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears, dado que ha habido cambios de determinados vocales titulares y suplentes, se considera adecuado llevar a cabo la actualización de estos miembros.
Por todo esto, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Disponer el cese como vocales titulares y suplentes de la Comisión contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears, agradeciendo los servicios prestados, de las personas siguientes:
2. Nombrar como vocales titulares y suplentes de la Comisión contra la Violencia en el Deporte de las Illes Balears a las personas siguientes:
De la Fundación para el Deporte Balear:
A propuesta del Consejo Insular de Menorca:
A propuesta de Delegación del Gobierno, como representante de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado:
3.- Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (7 de septiembre de 2022)
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez