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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 506314
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se concede la autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la ampliación de la instalación fotovoltaica de autoconsumo AU-00162/2021 en 53,01 kWp y 50 kWn, y cambio de modalidad a autoconsumo sin excedentes, en el hotel Ibiza Gran Hotel, en el término municipal de Ibiza, promovido por Cálida Ibiza SA (AU-00607/2022)

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Texto

Hechos

  1. El 7 de marzo de 2022, la entidad Cálida Ibiza SA, con NIF A07059058, solicitó la autorización administrativa de la ampliación de 53,01 kWp y 50 kWn de la instalación fotovoltaica de autoconsumo inscrita con núm. AU-00162/2021 (149,85 kWp y 100 kWn), y cambio de modalidad a autoconsumo sin excedentes por una potencia total instalada de 150 kWn, en el hotel Ibiza Gran Hotel, situado en el paseo Joan Carles I, 13, Casino Ibiza d'Eivissa.

  2. El 11 de abril de 2022, se notificó un oficio de deficiencias al titular, que subsanó el 12 de abril de 2022

  3. El 4 de maig de 2022 es va resoldre l'admissió a tràmit del projecte.

  4. El 5 de mayo de 2022 y se iniciaron las consultas al ayuntamiento y consell insular.

  5. El 12 de mayo de 2022 se publicó en el BOIB núm. 62 el trámite de información pública del proyecto, de acuerdo con el Real Decreto 1955/2000.

  6. El 12 de mayo de 2022 el Consell d'Eivissa presentó un informe del Servicio de Territorio.

  7. El 16 de junio de 2022, el ayuntamiento de Ibiza presentó un informe favorable condicionado.

  8. Los técnicos de la Dirección General de Energía y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe en el que se concluye, sin entrar a valorar técnicamente el proyecto, que se han cumplido todos los trámites requeridos en el procedimiento de declaración de utilidad pública y autorización administrativa, y se informa favorablemente sobre la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación.

Fundamentos de derecho

  1. El Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.

  2. La Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

  3. El Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

  4. Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.

  5. La Ley 10/2019, de 22 de febrero, de cambio climático y transición energética.

  6. El Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

  7. El Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Islas Baleares, modificado por el Decreto 33/2015.

  8. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

  9. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica..

  10. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  11. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 2 de marzo de 2021 de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

  1. Otorgar la autorización administrativa de la instalación fotovoltaica de autoconsumo, sin excedentes, sobre cubierta, en el término municipal de Ibiza, promovido por Cálida Ibiza SA, con NIF A07059058, con las siguientes características:

  • Expediente AU-00607/2022

  • Situación: hotel Ibiza Gran Hotel, situado en el passeig Joan Carles I, 13, Casino Ibiza d'Eivissa.

  • Tipo: Fotovoltaica. Autoconsumo sin excedentes.

  • Datos técnicos de la ampliación que se autoriza:

  • 114 paneles solares de 465 Wp cada uno. Potencia de pico ampliación 53,01 kWp.

  • 1 inversor de 50 kW. Potencia instalada ampliación 50 kWn.

  • Datos técnicos de la instalación inscrita AU-00162/2021:

  • 370 paneles solares de 405 Wp cada uno. Potencia de pico 149,85 kWp.

  • 2 inversores de 50 kW. Potencia instalada 100 kWn

Con la ampliación, la instalación tendrá una potencia total de pico de 202,86 kWp y una potencia total instalada de 150 kWn

La instalación se clasifica en el grupo b.1.1 «Instalaciones que únicamente utilizan la radiación solar como energía primaria mediante la tecnología fotovoltaica», de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

  1. Aprobar el proyecto de ejecución firmado por David Berlanga Rubio, visado el 2 de marzo de 2022, sin valorar técnicamente su contenido.

  2. Indicar que, una vez ejecutadas las instalaciones objeto de esta autorización, el titular debe presentar la solicitud de puesta en servicio con la que debe adjuntar un certificado de final de obra suscrito por un técnico facultativo, así como las pruebas reglamentarias y demás documentación que exige la reglamentación vigente.

  3. Informar de que esta autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables. Se debe tener en cuenta el informe del ayuntamiento de Ibiza que requiere antes del inicio de las obras la autorización de AESA y la comunicación previa de obras.

  4. Notificar esta Resolución a los interesados y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su aprobación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas,  y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 8 de septiembre de 2022

El director general de Energía y Cambio Climático

José Guillermo Malagrava Rigo Por delegación del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática (BOIB núm. 31, de 4 de marzo de 2021)