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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ESTELLENCS

Núm. 505679
Delegación de competencias a la consejera de Presidencia, Función pública e Igualdad, a través del EBAP, de la gestión del proceso selectivo de la categoria de policia local

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Texto

Resolución de Alcaldía por la delegación de competencias

Por resolución de alcaldía, de fecha 8 de septiembre del 2022, se ha acordado:

Según la Resolución de la Conselleria de Presidencia, Función Pública e igualdad de 10 de agosto de 2022 de la convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en el EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías a los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local,

RESUELVO

Primero.- Delegar la gestión del proceso selectivo de la categoría de policía del cuerpo de la policía local en favor Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, mediante la Escuela Balear de Administración Pública.

Segundo.- Las competencias que se delegan a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, mediante la Escuela Balear, son:

a) Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, que será único para cada isla. La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.

b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables. Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

- Decepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas que se prevén en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos. - Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.

- Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionados con el proceso selectivo.

- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar los miembros y resolver las posibles recusaciones.

- Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición porque el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.

El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, si se tercia, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.

La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten con relación en la fase de prácticas que se tendrá que desarrollar en cada ayuntamiento.

Tercero.- Informar la Escuela Balear de Administración Pública que el Ayuntamiento de Estellencs disponen de una vacante de policía local en su plantilla de personal.

Cuarto.- Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a la sede electrónica del Ayuntamiento de Estellencs.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a haber publicado la resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente.

 

Estellencs, 8 de septiembre del 2022

El alcalde Bartomeu Jover Sánchez