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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 505558
Aprobación definitiva modificación bases ejecución presupuesto 2022

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Texto

Transcurridos quince días hábiles de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones y alegaciones se procede a aprobar la modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto 2022 y de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica la base 30 que ha sido modificada:

Base 30. Procedimiento de concesión  directa

Procedimiento extraordinario de concesión de las siguientes subvenciones:

  1.  Las previstas nominativamente en el presupuesto general del ejercicio
  2.  Las impuestas por una Ley
  3.  Las que, de forma excepcional, obedezcan a razones de interés público, social, económico o humanitario u otras que dificulten su convocatoria pública

La concesión de subvenciones nominativas de concesión directa se canaliza a través de un convenio o resolución de Alcaldía, todo ello de acuerdo con el que determina la Ordenanza general de subvenciones y se exime el cumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia. Su concesión se realizará mediante resolución y posterior suscripción del correspondiente convenio (artículos 22.2 y 28 de la Ley 38/2003)

Relación de subvenciones nominativas de concesión directa:

Beneficiario

Aplicación presupuestaria

Importe

Fons Mallorquí de solidaritat

2310.48000.02

2.000

Projecte Home

2310.48000.03

600

Dentistas sobre ruedas

2310.48000.04

700

Sonrisa Médica

2310.48000.06

500

Associació 3a Edat UDP

2310.48903.05

2.500

Associació 3a Edat Uialfàs

2310.48903.07

2.500

Fundació ACA

3340.48902.02

3.000

Banda de Música

3340.48903.01

39.500

Associació Albopàs

3340.48903.07

2.500

Escola de Música

3340.48910.01

45.000

UD Poblense

3420.48900.01

19.360

Contra el presente acuerdo, en virtud del que dispone el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1988, de 13 de juliol, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de esto, según lo que se ha fijado en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado

Sa Pobla, fecha de la firma electrónica (7 de septiembre de 2022)

El alcalde Llorenç Gelabert Crespí