Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 500812
Resolución del director general de Emergencias e Interior en relación con la solicitud facultativa de planes de autoprotección para la realización de pruebas deportivas en el medio natural o en espacios no delimitados en las Illes Balears

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. El día 27 de mayo de 2014 se redactó la versión definitiva del Plan de Seguridad y Emergencias del Camí de Cavalls GR 223.

2. El día 5 de noviembre de 2021 se realizó parte de la carrera Epic 360 sin presentar plan de autoprotección. Ante los riesgos para los participantes y la activación del Plan Especial para Hacer Frente al Riesgo de Fenómenos Meteorológicos Adversos, la Dirección General de Emergencias e Interior requirió la suspensión de la prueba.

3. El día 4 de noviembre de 2021 el Consejo Insular de Menorca remitió la documentación para solicitar la colaboración de la Dirección General de Emergencias e Interior para la realización de la actividad no permanente menor basada en la prueba deportiva Trail del Nord en Menorca, con 900 corredores.

4. El día 8 de noviembre de 2021 el jefe del Departamento de Emergencias solicitó un informe para requerir un plan de autoprotección para la prueba deportiva Trail del Nord en Menorca.

5. El día 12 de noviembre de 2021 la Dirección General de Emergencias e Interior emitió un informe, que se remitió al Consejo Insular de Menorca, en el que se solicitaba un plan de autoprotección para la prueba deportiva Trail del Nord en Menorca. Finalmente, la prueba tuvo lugar el 14 de noviembre sin esta colaboración y sin presentar plan de autoprotección.

6. El día 12 de noviembre de 2021 el jefe del Departamento de Emergencias solicitó un informe sobre la necesidad de generalizar la petición de los planes de autoprotección para las pruebas deportivas en el medio natural o en espacios no delimitados.

7. El día 16 de diciembre de 2021 se elaboró un informe genérico para determinar la necesidad de planes de autoprotección (PAU) para la realización de pruebas deportivas en el medio natural o en espacios no delimitados en las Illes Balears.

8. El día 10 de agosto de 2022 se elaboró un informe para determinar la necesidad de planes de autoprotección para dichos eventos, por islas.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Real Decreto 393/2007, del 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia.

4. La Ley 2/1998, de 13 de marzo, de Ordenación de Emergencias en las Illes Balears.

5. La Ley 3/2006, de 30 de marzo, de Gestión de Emergencias de las Illes Balears.

6. El Real Decreto 2816/1982, del 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas.

7. El Decreto 8/2004, del 23 de enero, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Ordenación de Emergencias de las Illes Balears.

8. La Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Instalación, Acceso y Ejercicio de Actividades en las Illes Balears.

 

9. La Ley 6/2019, de 8 de febrero, de modificación de la Ley 7/2013, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Instalación, Acceso y Ejercicio de Actividades en las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Establecer que, por sus particularidades de especial riesgo, las pruebas deportivas en el medio natural o en espacios no delimitados con más de 500 participantes en Mallorca y más de 250 participantes en el resto de las Illes Balears, deben redactar un plan de autoprotección. No obstante, en base a la Norma básica de autoprotección y, con especiales condiciones de riesgo, la Dirección General de Emergencias e Interior se reservará la decisión facultativa de solicitar un plan de autoprotección por debajo de este umbral.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Marratxí, 6 de septiembre de 2022

El director general de Emergencias e Interior Jaime Barceló Huguet