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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 500708
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 2 de septiembre de 2022 por la que se autoriza una organización temporal especial para el grupo de 2º del ciclo formativo de grado superior de Gestión de Ventas y Espacios Comerciales en régimen intensivo

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Texto

Hechos

  1.  El Gobierno del Estado, previa consulta a las comunidades autónomas, establece los títulos correspondientes a los estudios de formación profesional. De acuerdo con esto, dictó el Real Decreto 1573/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de técnico superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales y se fijan sus enseñanzas mínimas (BOE núm. 299, de 13 de diciembre de 2011).

  2.  El artículo 41.4 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo indica que las enseñanzas de Formación Profesional podrán ofertarse de forma completa o parcial y, en aquellos módulos profesionales en que sea posible, podrán desarrollarse en regímenes de enseñanza presencial o a distancia.

  3.  El artículo 21 del Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears también prevé que se pueden establecer medidas para flexibilizar las condiciones en que se imparten los ciclos formativos, para responder a las necesidades del sistema productivo o de varios colectivos. Entre otras medidas, el consejero competente en materia de educación puede autorizar que un centro imparta determinados módulos o unidades formativas que se cursen en periodos lectivos diferentes a los establecidos a todos los efectos, en las condiciones que se determinen.

  4.  En las Illes Balears, el IES Berenguer de Anoia tiene autorizada la impartición  del ciclo formativo de formación profesional de grado superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales, tanto en régimen general como en régimen intensivo.

  5.  El punto cuadragésimo sexto del anexo de la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 12 de mayo de 2022 por la que se aprueban las instrucciones para la organización y el funcionamiento de las enseñanzas de formación profesional dual del sistema educativo, en régimen intensivo, que se impartirán durante el curso 2022-2023 (BOIB núm. 65, de 19 de mayo de 2022) garantiza la continuidad de los estudios a los alumnos que pasen del régimen intensivo al régimen general.

  6.  El 28 de junio de 2022, el IES Berenguer de Anoia presentó una solicitud en que pedía una organización temporal y horaria especial para los alumnos de 2º del CFGS de Gestión de Ventas y Espacios Comerciales que se den de baja del régimen intensivo para pasar al régimen general. En la solicitud se expresan los motivos que justifican esta organización temporal, relacionados con la complejidad que implica tener en un mismo grupo a alumnos de dos regímenes de enseñanza diferentes.

  7.  El centro presentó la propuesta de calendario para los estudios del CFGS de Gestión de Ventas y Espacios Comerciales. En concreto, proponía que, de septiembre a junio, los alumnos de 2.º del CFGS de Gestión de Ventas y Espacios Comerciales asistan a clase tres días a la semana y realicen el módulo de Formación en Centros de Trabajo dos días a la semana, hasta completar las 400 horas.

  8.  El 14 de julio de 2022, el director general de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores firmó un informe favorable para la autorización de una organización temporal especial en los términos que figuran en el punto anterior.

Fundamentos de derecho

  1.  El Real Decreto 1573/2011, de 13 de diciembre, por el que se establece el título de técnico superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales y se fijan sus enseñanzas mínimas.

  2.  El artículo 31 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.

  3.  Los artículos 21 y 47 del Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears.

  4.  La Orden EDU/320/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículum del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en Gestión de Ventas y Espacios Comerciales.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, en el IES Berenguer de Anoia, una organización temporal especial para los alumnos de 2.º del CFGS de Gestión de Ventas y Espacios Comerciales de régimen intensivo que pasen a régimen general, para ofrecerles una formación y aprendizaje pedagógicamente más adecuados. Esta organización es la que recoge la tabla siguiente:

Estudios

Régimen

Temporalización

Asistencia

2.º curso del CFGS Gestión de Ventas y Espacios Comerciales (COM33)

General

De septiembre a junio

3 días en el centro

De septiembre a junio

2 días el módulo FCT

2. Autorizar a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Artísticas Superiores para que adopte las medidas necesarias para aplicar lo dispuesto en esta Resolución.

3. Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Establecer que esta Resolución tiene efecto el día siguiente de su publicación y que sea de aplicación a partir del próximo curso 2022-2023.

 

Palma, 2 de septiembre de 2022

El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March i Cerdà