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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 490113
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Capdepera de fecha 4 de agosto de 2022 de aprobación de la modificación de las unidades de la policía local y la creación de los lugares de trabajo y las fichas correspondientes

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Texto

Por acuerdo del Pleno de fecha 4/08/2022, del Ayuntamiento de Capdepera, se aprueba el siguiente acuerdo:

Antecedentes

Primero. La mesa sindical acordó y aprobar la modificación de la relación de los lugares de trabajo de las unidades de la Policía Local del Ayuntamiento de Capdepera.

Segundo. El subinspector de la policía local de Capdepera, informó de la necesidad de la modificación de las unidades de la policía local y la creación de los lugares de trabajo y las fichas.

Tercero. La secretaria de la corporación informó del procedimiento a seguir para aprobar una modificación de la relación de los lugares de trabajo.

Cuarto. La técnica del Departamento de Recursos Humanos informó favorablemente de la modificación de la relación de los lugares de trabajo de la Policía Local del Ayuntamiento de Capdepera.

Fundamentos de Derecho

— Los artículos 31 a 39, y 69 a 77 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

— Los artículos 22.2.y), 90.2, 92 y 92.bis de la Ley de 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

— Los artículos 126.4, 127 y 129.3.a) del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril.

— El artículo 15 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

— Los artículos 61 a 64 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

— El Real Decreto 861/1986, de 25 de abril, por el cual se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de Administración Local.

Por lo cual, el órgano competente para la aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias Ayuntamiento de Capdepera fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual , es el Pleno del Ayuntamiento de Capdepera, de acuerdo con el que dispone el artículo 22 de la Ley 7/1985, reguladora de las bases de régimen local.

Por todo el expuesto, el Pleno del Ayuntamiento es competente para adoptar el presente ACUERDO;

Aprobar la modificación de las unidades de la policía local y creación de los lugares de trabajo y las fichas correspondientes, con las modificaciones derivadas de la negociación colectiva y de los informes adjuntados al expediente, así como las fichas:

  • Anexo I (ficha lugar de trabajo Inspector de la unidad de jefatura)
  • Anexo II (ficha lugar de trabajo Subinspector de la unidad de jefatura)
  • Anexo III (ficha lugar de trabajo Subinspector de la unidad nocturna)
  • Anexo IV (ficha lugar de trabajo Oficial de la unidad nocturna)
  • Anexo V (ficha lugar de trabajo policía local de la unidad nocturna)
  • Anexo VI (ficha lugar de trabajo Oficial de la unidad de intervención)
  • Anexo VII (ficha lugar de trabajo policía local de la unidad de intervención)
  • Anexo VIII (ficha lugar de trabajo Oficial de la unidad de tráfico)
  • Anexo IX (ficha lugar de trabajo policía local de la unidad de tráfico)
  • Anexo X (ficha lugar de trabajo Oficial de la unidad de atestados)
  • Anexo XI (ficha lugar de trabajo policía local de la unidad de atestados)
  • Anexo XII (ficha lugar de trabajo policía de barrio)
  • Anexo XIII (ficha lugar de trabajo Oficial de la unidad de Medio Ambiente)
  • Anexo XIV (ficha lugar de trabajo policía local de la unidad de Medio Ambiente)
  • Anexo XV (ficha lugar de trabajo policía local tutor)
  • Anexo XVI (ficha lugar de trabajo policía local de la unidad administrativa)

Contra el acuerdo plenario, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Llei39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El artículo 123,2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advierte que, si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se vaya a producir su desestimación por silencio.

Todo esto sin perjuicio de qué pueda interponer el interesado cualquier otro recurso que estime más conveniente a su derecho.

 

Capdepera, 1 de septiembre de 2022

El alcalde Rafel Fernández Mallol

Documentos adjuntos