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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 488544
Delegación al EBAP para llevar a cabo el proceso unificado de selección de Policia Local

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Texto

Mediante resolución de alcaldía núm. 867-2022, de 31 de agosto de 2022, se ha aprobado lo siguiente que se hace público a los efectos pertinentes

"DECRETO DE ALCALDÍA

Vista la Resolución de la consellera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 10 de agosto de 2022 de convocatoria para que los ayuntamientos deleguen en la EBAP las competencias para llevar a cabo el proceso unificado de selección para cubrir las vacantes de la categoría de policía de los cuerpos de la policía local y las plazas de policías en los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local (BOIB núm. 106, de 11 de agosto de 2022).

Vista la oferta pública de empleo del año 2019 (BOIB núm. 145, de 24 de octubre de 2019) que incluye una plaza de policía local, funcionario de carrera.

Vista la oferta pública de estabilización del año 2022 (BOIB núm. 65, de 19 de mayo de 2022) que incluye una plaza de policía local, funcionario de carrera.

Vista la oferta pública de empleo del año 2022 (BOIB núm. 110, de 20 de agosto de 2022) que incluye dos plazas de policía local, funcionario de carrera.

Considerando el informe jurídico emitido por la TAG del departamento de Personal, en fecha de 29 de agosto de 2022.

En virtud de las atribuciones legales vigentes

HE RESUELTO

Primero.- Delegar en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, mediante la Escuela Balear de Administración Pública, las siguientes atribuciones, de conformidad con el Anexo de la Resolución de la consellera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 10 de agosto de 2022:

a)Aprobar las bases y la gestión del proceso selectivo, de 4 plazas de policía local del Ayuntamiento de Pollença. La delegación incluye las competencias para adoptar las resoluciones necesarias para llevar a cabo la convocatoria y aprobar las bases y el proceso selectivo, sin que suponga la alteración de la titularidad de la competencia atribuida a cada ayuntamiento.

b) Llevar a cabo todos los actos materiales y jurídicos que integran el procedimiento de oposición según las bases de la convocatoria y las normas sobre policías locales y función pública aplicables.

Estos actos son, como mínimo, los siguientes:

- Recepcionar y gestionar las solicitudes de participación y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como el cobro de las tasas previstas en la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

- Elaborar las resoluciones de las listas, tanto las provisionales como las definitivas, de las personas admitidas y excluidas en los procedimientos.

- Gestionar el operativo necesario para el desarrollo material de los ejercicios.

- Notificar y publicar los actos administrativos y las resoluciones relacionados con el proceso selectivo.

- Determinar la composición del tribunal calificador, nombrar a sus miembros y resolver las posibles recusaciones.

- Proponer la adjudicación de destinos de los aspirantes que superen la oposición para que el ayuntamiento correspondiente los nombre personal funcionario en prácticas.

El resto de actuaciones que sean necesarias para el funcionamiento normal del proceso selectivo, incluidas las resoluciones de reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que, en su caso, se presenten y que deriven de la fase de oposición del proceso selectivo, con la colaboración jurídica del Instituto de Seguridad Pública de las Islas Baleares.

La delegación no incluye las reclamaciones y los recursos potestativos de reposición que se presenten con relación a la fase de prácticas que deberá desarrollarse en cada ayuntamiento.

De conformidad con las Ofertas de Empleo Público de los años 2019 (BOIB núm. 145), 2022 (BOIB núm. 110) y de estabilización del año 2022 (BOIB núm. 65) las plazas afectadas por el proceso unificado en el Ayuntamiento de Pollença son:

Escala: Administración Especial, Subescala: Servicios Especial Clase Policía

Número de plazas: 4 plazas de policía local,

Grupo C-1

Funcionarios de carrera

Segundo.- Publicar esta resolución en el BOIB a los efectos pertinentes.

Tercero.- Trasladar la presente resolución a la consellería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, a través de la EBAP, a los efectos pertinentes.

Cuarto.- Trasladar la presente resolución a la Junta de Personal Funcionario a los efectos correspondientes

 

Pollença, en la fecha de firma electrónica (1 de septiembre de 2022)

El alcalde Andrés Nevado Rodriguez