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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 476389
Resolución del Presidente de la AETIB per la cual se deja sin efecto la Resolución del Presidente de la AETIB publicada en el BOIB núm. 75 del 9 de junio de 2022, que modifica la Resolución del Presidente de la AETIB, de 21 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la realización de convenios de colaboración de co-marketing estratégico con la Agenciade Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB) en acciones que mejoren la conectividad turística del destino Menorca con los mercados emisores, para adaptarla a lo establecido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

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Texto

Antecedentes

1. En el BOIB núm. 29, de 24 de febrero de 2022, se publicó la Resolución del presidente de la AETIB, de 21 de febrero de 2022, por la cual se aprueban las bases de la convocatoria para la realización de convenios de colaboración de co-marketing estratégico con la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB) en acciones que mejoren la conectividad turística de la destinación Menorca con los mercados emisores.

El apartado 1.2 del anexo de esta Resolución establecía que esta convocatoria era susceptible de ser financiada con Fondos provenientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2. En fecha de 9 de junio de 2022, BOIB núm. 75, se publicó la Resolución del Presidente de la AETIB, de 21 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la realización de convenios de colaboración de co-marketing estratégico con la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB) en acciones que mejoren la conectividad turística del destino Menorca con los mercados emisores,  para adaptarla a lo establecido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

A este respecto, se procedió a la modificación de algunos aspectos formales de la convocatoria con el fin de adecuarlos a los requisitos que exige el Plan de Medidas Antifraude de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas  Baleares, en el ámbito de ejecución de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (BOIB núm. 17, de 1 de febrero de 2022).

3. Debido a los cambios introducidos por la Resolución del presidente de la AETIB publicada 9 de junio de 2022, BOIB núm. 75, se procedió a la modificación del Anexo 7 para dar cobertura a las nuevas directrices sobre el uso de las marcas en relación a los fondos provenientes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicha modificación se publicó en el BOIB núm. 90 de 12 de julio de 2022.

4. Debido a las características de los fondos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se ha considerado más adecuado destinarlos a otras actividades más relacionadas con el espíritu de los mismos, ya que, la financiación de las actividades de co-marketing tienen como objetivo la colaboración con compañías aéreas y marítimas.

Actividades que, aunque son de vital importancia para el fomento del turismo y en consecuencia para la economía de la isla de Menorca, no coinciden con el espíritu de no contaminación del medio ambiente que quieren fomentar dichos fondos.

5. En fecha de 24 de agosto de 2022, se emitió certificado de crédito con el fin de reflejar los cambios mencionados en el punto anterior.

Resuelvo

1.- Dejar sin efecto la Resolución del presidente de la AETIB publicada en el BOIB núm. 75 del 9 de junio de 2022, por la que se modifica la Resolución del presidente de la AETIB, de 21 de febrero de 2022, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la realización de convenios de colaboración de co-marketing estratégico con la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB) en acciones que mejoren la conectividad turística. del destino Menorca con los mercados emisores, para adaptarla a lo establecido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2.- Modificar el apartado 1.2 "Importes máximos de la convocatoria" de la convocatoria publicada en el BOIB núm. 29, de 24 de febrero de 2022, para eliminar el párrafo donde dice "Esta convocatoria es susceptible de ser financiada con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)".

3.- Adaptar los expedientes ya iniciados por parte de la AETIB que en fecha de la publicación en el BOIB de esta Resolución no hayan sido formalizados con el fin de dar cumplimiento a esta resolución.

4.- Modificar el Anexo 7 de la Resolución publicada en el BOIB núm. 90 de 12 de julio de 2022 por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la realización de convenios de colaboración de co-marketing estratégico con la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (AETIB) en acciones que mejoren la conectividad turística del destino Menorca con los mercados emisores.

Las nuevas directrices sobre el uso de las marcas deberán estar disponibles en el portal web de la AETIB.

Esta modificación sobre el uso de las marcas no afectará a los materiales que hayan sido aprobados por escrito previamente a la citada publicación por el área de Imagen y Publicaciones de la AETIB.

5.- Ordenar la publicación en el BOIB de esta Resolución.

Interposición de recursos

Ante esta resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el presidente de la AETIB en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, de conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo,  de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 44, de 3 de abril) y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

También se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica:(25 de agosto de 2022)

El presidente de la AETIB

Jaume Colom Adrover

(Por Resolución del presidente de la AETIB

de 28 de septiembre de 2021, de delegación de firma)