Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 472739
Aprobación definitiva de la ficha del catálogo del puesto de trabajo de secretario-interventor (Exp. 0602-2022-000002)
Publicado en el BOIB nº. 96, de 26.07.2022, y en el tablón de Edictos de la corporación de día 26.07.2022 a día 17.08.2022, anuncio relativo al acuerdo adoptado por el Pleno del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 18 de julio de 2022, por el que se aprueba inicialmente la ficha del catálogo del puesto de trabajo de secretario-interventor código 92201-0001, que se adjunta como anexo, sin que dentro del plazo legal de exposición al público se haya presentado ninguna reclamación ni sugerencia al respecto. En consecuencia, la citada ficha se considera definitivamente aprobada y se publica a continuación, en anexo, para general conocimiento ya los efectos que corresponda.
Lo que se hace público por general conocimiento y para que tenga los efectos que correspondan, al tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que pone fin a la vía administrativa, se pueden interponer los siguientes recursos:
- En el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, recurso potestativo de reposición ante el Pleno. Este recurso se entenderá desestimado si no se ha notificado la resolución cuando haya transcurrido un mes desde su interposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición puede interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
- En el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma siempre que no se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición , dado que en este caso habrá que esperar a que se dicte resolución.
Todo ello sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.
Todo lo anterior se ajusta a la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula de la jurisdicción contencioso-administrativa, ya la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por último, procede indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada ni interrumpe los plazos que se puedan derivar, salvo que la autoridad competente lo acuerde expresamente.
Maó, 24 de agosto de 2022
Por delegación de la presidenta, La secretaria Rosa Salord Oleo (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)
ANEXO
IDENTIFICACIÓN DELPUESTO DE TRABAJO Y NATURALEZA DEL PUESTO |
|
---|---|
Denominación del puesto |
Secretario / interventor |
Código |
92201-0001 |
Clase de personal |
Funcionario |
Grupo de clasificación |
A |
Subgrupo |
A1 |
Titulación requerida |
Según normativa vigente aplicable a los cuerpos de habilidades nacionales de las administraciones públicas |
Escala |
Habilitación nacional |
Subescala |
Secretaria - Intervención |
Clase |
3a |
Categoría |
|
Nivel complemento destino |
26 |
Puntos complemento específico |
930 |
Tipología del Puesto |
Puesto singular |
Destinación |
Maó |
Características especiales |
Plena disponibilidad para el desarrollo de sus funciones fuera del horario de trabajo. |
Nivel de catalán |
C1 |
Otros requisitos |
|
Número de puestos homogéneos |
1 |
ENCUADRE ORGÁNICO |
|
Ámbito funcional 1 |
Departamento con competencis en cooperación local |
Ámbito funcional 2 |
Servicio Insular de Cooperación a los municipis |
Ámbito funcional 3 |
|
Relación de dependencia |
|
PROVISIÓN DEL PUESTO – PLAZAS DE PLANTILLA QUE LO PUEDEN OCUPAR |
|
Escala |
Habilitación nacional |
Subescala |
Secretaria - Intervención |
Clase |
3a. |
Categoría |
|
Forma de Provisión |
Concurso |
MISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO |
|
MISIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO |
|
Tareas de apoyo a los municipios, recogido en el artículo 36 c) de la LBRL y en los entes dependientes, y en las funciones de secretaría e intervención recogidas en el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. |
|
FUNCIONES GENÈRICAS |
|
|
|
FUNCIONES ESPECÍFICAS |
|
|
VALORACIÓN C. ESPECÍFICO
PUESTO |
FACTOR |
|
|||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
A |
B |
C |
D |
E |
F |
G |
H |
I |
J |
K |
L |
TOTAL |
Secretario / Interventor
|
200 |
100 |
65 |
265 |
200 |
40 |
10 |
|
|
50 |
|
|
930 |
1 |
1 |
3 |
2 |
1 |
4 |
5 |
0 |
0 |
2 |
0 |
0 |
|