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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 470160
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se acuerda la admisión condicionada de personas con discapacidad para participar en el primer ejercicio de las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo subalterno de la Administración General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, de 25 de abril de 2019 (BOIB núm. 50, de 30 de abril)

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, de 25 de abril de 2019, se aprobaron la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario, y el baremo de méritos, y se designaba el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, al cuerpo subalterno de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 57, de 30 de abril).

2. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de 29 de junio de 2022, se aprobaron las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, de las pruebas selectivas para acceder, por el turno libre y por el turno de promoción interna, incluida la reserva para personas con discapacidad, al cuerpo subalterno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con indicación del lugar y la fecha de la realización del primer ejercicio (BOIB, núm. 86, de 2 de julio).

3. A causa del tiempo transcurrido desde la publicación de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, de 25 de abril de 2019, de dicha convocatoria, es necesaria la actualización de los informes expedidos por el equipo multiprofesional correspondiente de la dirección general competente en materia de personas con discapacidad. Por este motivo, respecto a las personas aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad, así como de aquellas del turno libre que solicitaron adaptaciones para la realización de las pruebas con motivo de su discapacidad, su participación en el primer ejercicio de estas pruebas selectivas, que se tiene que llevar a cabo el día 10 de septiembre de 2022, tiene que quedar condicionada al hecho que se mantengan las condiciones de aptitud y, si es el caso, las adaptaciones para realizar la prueba, contenidas en los respectivos informes expedidos por el equipo multiprofesional de la dirección general competente en materia de personas con discapacidad.

Que con la finalidad de acreditar el mantenimiento de estas circunstancias, la EBAP obtendrá de oficio de la dirección general indicada los informes actualizados de aptitud o adopción sobre las condiciones personales para ejercer las funciones correspondientes de la plaza a la cual aspiren y, si cabe, sobre las adaptaciones del puesto de trabajo y de la realización del examen. Si se opone expresamente, la persona aspirante tiene que aportar este informe.

Fundamentos de derecho

1. La Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, de 5 de marzo de 2019, por al que se aprueban las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario, en el ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas de ocupación pública aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno el 14 de diciembre de 2018 (BOIB núm. 33, de 12 de marzo).

2. La Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de abril de 2019 por la que se aprueba la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario, y el baremo de méritos y se designó el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre y por el turno de promoción interna, al cuerpo subalterno de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 57, de 30 de abril).

3. El Decreto 36/2004, de 16 de abril, por el que se regula el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con discapacidad a la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 58, de 27 de abril de 2004)

Por todo lo anterior dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN

1. Acordar que la participación de las personas aspirantes del turno de reserva para personas con discapacidad, así como de aquellas del turno libre que solicitaron adaptaciones para la realización de las pruebas con motivo de su discapacidad, en el primer ejercicio de las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo subalterno de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas, de 25 de abril de 2019 (BOIB núm. 57, de 30 de abril), que se tiene que llevar a cabo el próximo 10 de septiembre de 2022, queda condicionada al hecho que se mantengan las condiciones de aptitud y, si es el caso, las adaptaciones para realizar la prueba, contenidas en los respectivos informes de aptitud expedidos por el equipo multiprofesional de la dirección general competente en materia de personas con discapacidad, según resulte de la actualización de estos informes.

2. Que con la finalidad de acreditar el mantenimiento de estas circunstancias, la EBAP obtendrá de oficio de la dirección general indicada los informes actualizados de aptitud o adaptación sobre las condiciones personales para ejercer las funciones correspondientes a la plaza a la cual aspiran y, si cabe, sobre las adaptaciones del puesto de trabajo y de realización de exámenes. Si se opone expresamente, la persona aspirante tiene que aportar este informe.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en los tablones de anuncios de la EBAP y de la consejería competente en materia de función pública, y en la página de Internet <http://oposicions.caib.es>.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas y Modernización en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

3. También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 18 de agosto de 2022)

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez