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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 467240
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de agosto de 2022 por el que se aprueba con carácter inicial la revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Illes Balears correspondiente al tercer ciclo (2022-2027)

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Texto

De acuerdo con lo previsto en el artículo 41, en relación con los artículos 14 y 18 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, en las cuencas comprendidas íntegramente en el ámbito territorial de una comunidad autónoma, la elaboración del plan hidrológico corresponde a la Administración hidráulica, que lo aprobará y/o revisará con carácter inicial por Acuerdo del Consejo de Gobierno. La Administración competente para aprobarlo definitivamente es el Gobierno del Estado mediante un Real Decreto.

El Plan hidrológico vigente fue aprobado mediante Real Decreto 51/2019, de 8 de febrero y se publicó en el Boletín Oficial del Estado núm. 47, de 23 de febrero de 2019. El citado Plan Hidrológico fue fruto de una revisión anticipada del Plan Hidrológico correspondiente al segundo ciclo (2015-2021). De acuerdo con lo previsto en el artículo 89 del Reglamento de Planificación Hidrológica (Real Decreto 907/2007, de 6 de julio), cada seis años se debe llevar a cabo una revisión completa del Plan Hidrológico; por ello se hace necesaria la revisión del Plan Hidrológico correspondiente al tercer ciclo de planificación.

El nuevo Plan Hidrológico ha seguido la tramitación prevista en el artículo 71 y siguientes del Reglamento de Planificación Hidrológica. El 22 de octubre de 2019 (BOIB núm. 144) se publicó el anuncio de apertura de período de consulta e información pública de los Documentos Iniciales del proceso de planificación hidrológica. Una vez incorporadas las aportaciones aceptadas y consolidados los documentos iniciales, se inició el período de consulta y de información pública del esquema provisional de temas importantes en materia de gestión del agua (BOIB núm.29, de 7 de marzo de 2020). Una vez incorporadas las aportaciones aceptadas, se inició la consulta pública y el período de participación y consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas de la propuesta de proyecto del Plan Hidrológico y del Estudio Ambiental Estratégico (BOIB núm. 98, de 6 de julio de 2021). Para cada uno de estos trámites se otorgó un período de seis meses para presentar alegaciones y propuestas. Durante los meses de información pública, se han impartido diversos talleres participativos y se han convocado a las Juntas Insulares de Aguas.

De acuerdo con las competencias que establece el Decreto 129/2002, de 18 de octubre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración hidráulica, se ha presentado la documentación final de la revisión del Plan Hidrológico, en primer lugar, al Consejo Balear del Agua, en la sesión de 27 de julio de 2022, el cual ha informado favorablemente sobre la misma y después, el mismo día, a la Junta de Gobierno de la Administración hidráulica que acordó que el consejero de Medio Ambiente y Territorio la elevara al Consejo de Gobierno para su aprobación inicial y previa a la aprobación definitiva por parte de la Administración del Estado.

Por todo ello, se considera adecuado a derecho ordenar la revisión del Real Decreto 51/2019, de 8 de febrero por el que se aprobó la revisión anticipada del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Illes Balears, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de Planificación Hidrológica.

Por todo lo expuesto, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Medio Ambiente y Territorio, en la sesión de 2 de agosto de 2022, adoptó entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar con carácter inicial la revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación de las Illes Balears correspondiente al tercer ciclo (2022-2027) que tiene el siguiente contenido:

a) Memoria y anexos

b) Normativa y anexos

c) Estudio Ambiental Estratégico

Segundo. Remitir el texto en castellano de la revisión del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrológica de las Illes Balears correspondiente al tercer ciclo (2022-2027) al Consejo Nacional del Agua, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto 1/2001, de 20 de julio.

 

Tercero. Ordenar la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 22 de agosto de 2022

La secretaria del Consejo de Gobierno ​​​​​​​Mercedes Garrido Rodríguez