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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 467237
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de agosto de 2022 por el que se otorga la autorización del arrendamiento a favor de Future Media Maker, S.A. de las licencias de comunicación audiovisual en frecuencia modulada en Palma (106,1 MHz ) y en Ciutadella (93,6 MHz) de las que es titular Editora Balear, S.A.

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Texto

El 4 de mayo de 2022 tuvo entrada en la Dirección General de Modernización y Administración Digital un escrito de las empresas Editora Balear, S.A. y Future Maker, S.A. por el que solicitaban la tramitación del negocio jurídico de arrendamiento de las licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual en frecuencia modulada en Palma (106,1 MHz — DGPM-8933496) y Ciutadella (93,6 MHz — DGPM-8933495) de las que es titular Editora Balear, S.A. a favor de Future Media Maker, S.A. (R.E. n.º: 287.192/22, 287.380/22 y 287.254/22, de 20 de mayo).

La empresa Future Media Maker, S.A. dispone del NIF A6668410 y tiene el domicilio social en la calle de Federico García Lorca, 1, de Palma, mientras que la empresa Editora Balear, S.A., con NIF A07015845, tiene el domicilio social en la calle de Puerto Rico, 15, de Palma.

El 25 de mayo de 2022, mediante un escrito del director general de Modernización y Administración Digital se comunicó a los solicitantes la falta de la autorización previa de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, indicada en el artículo 39.4 del Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico.

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales de 14 de julio de 2022, se otorgó la autorización previa para la cesión de las concesiones demaniales anexas a las licencias audiovisuales mencionadas.

La Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual, de acuerdo con su disposición final sexta, tiene carácter de legislación básica. Sin embargo, en el marco del desarrollo legislativo atribuido a las comunidades autónomas, en todo aquello que no resulte contrario a la Ley 7/2010, continúa siendo de aplicación el Decreto 36/2008, de 4 de abril, que regula el régimen jurídico aplicable al otorgamiento de títulos habilitantes para la prestación del servicio de radiodifusión sonora por ondas terrestres y a la inscripción de estos títulos en el Registro de Títulos Habilitantes para la Radiodifusión Sonora en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

De acuerdo con el apartado 1 del artículo 2 de la Ley 7/2010, la persona física o jurídica que tiene el control efectivo sobre la elección de los programas y contenidos tiene la consideración de prestamista del servicio.

El artículo 37 de la Ley 7/2010 establece las limitaciones que tienen que cumplir los titulares de licencias administrativas del servicio de radiodifusión sonora terrestre para garantizar el pluralismo en el Mercado Audiovisual Radiofónico.

La Ley 5/2013, de 1 de octubre, audiovisual de las Illes Balears, en su artículo 22, establece que la realización de negocios jurídicos que tengan por objeto una licencia de comunicación audiovisual requiere la autorización previa del Consejo de Gobierno.

Una vez examinada la documentación, en fecha de 1 de agosto de 2022, el director general de Modernización y Administración Digital emitió el informe preceptivo correspondiente, según el cual el negocio jurídico de arrendamiento se adecúa a las previsiones en materia de garantía del pluralismo, para el mantenimiento de un mercado audiovisual competitivo, transparente y plural.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Fondos Europeos, Universidad y Cultura, en la sesión de 22 de agosto de 2022, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Otorgar la autorización del arrendamiento de las licencias de comunicación audiovisual en frecuencia modulada en Palma (106,1 MHz) y en Ciutadella (93,6 MHz) de las que es titular Editora Balear, S.A. a favor de Future Media Maker, S.A.

Segundo. Notificar el Acuerdo a las entidades interesadas, así como al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

Tercero. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Palma, 22 de agosto de 2022

La secretaria del Consejo de Gobierno Mercedes Garrido Rodríguez