Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU
Núm. 465426
Aprobación definitiva del Estudio de Detalle para la ordenación de volúmenes edificables para la implantación de dos viviendas unifamiliares en parcela sita en la C/ Federico García Lorca, núm. 13, Jesús
Por la presente, a los efectos de lo establecido en el artículo 65 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de les Illes Balears, se comunica que el Pleno del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de julio de 2022, ha aprobado definitivamente el Estudio de Detalle promovido por D. Marc Rahola Matutes, para la ordenación de volúmenes edificables para la implantación de dos viviendas unifamiliares en parcela sita en la C/ Federico García Lorca, núm. 13, Jesús, siendo los acuerdos adoptados los siguientes:
PRIMERO.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle promovido por MARC RAHOLA MATUTES de ORDENACIÓN DE VOLUMENES EDIFICABLES PARA LA IMPLANTACIÓN DE DOS VIVIENDAS UNIFAMILIARES en parcela sita en c/ Federico García Lorca nº13, Jesús, según documentación técnica con REGAGE22e00002586883 y RGE2022000001487 de fecha 02.02.2022 redactado por el arquitecto Víctor Rahola Aguadé.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo junto con el contenido del Estudio de Detalle en el Boletín Oficial de les Illes Balears, a los efectos de su general conocimiento.
TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el Estudio de Detalle, así como a quienes hubieran formulado alegaciones al mismo.
CUARTO.- Remitir un ejemplar diligenciado del Estudio de Detalle al Archivo de Urbanismo de las Islas Baleares y al Consell Insular d'Eivissa, para su constancia y registro.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears con sede en Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la presente publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Santa Eulària des Riu, firmado digitalmente (12 de agosto de 2022)
La alcaldesa Mª Carmen Ferrer Torres
282 – CASA MR
VIVIENDA UNIFAMILIAR EN JESÚS, IBIZA
C/ FEDERICO GARCÍA LORCA 13, SANTA EULÀRIA DES RIU
ESTUDIO DE DETALLE
Victor Rahola. Arquitecte
ÍNDICE MEMÓRIA
A. MEMÓRIA
1. Propietario y promotor
2. Arquitecto
3. Ámbito de planeamiento. Superficie
4. Planeamiento vigente
5. Estado Actual
6. Objeto y finalidad del Estudio de Detalle Previo
7. Justificación y descripción del estudio de detalle previo
8. Cuadro comparativo de parámetros NNSS-Estudio de detalle
9. Justificación Legal
10. Relación de planos
C. GESTIÓN
D. ESTUDIO ECONÓMICO
E. PLAN DE FASES
F. JUSTIFICACIÓN AMBIENTAL
ANEXO 1: INFORMACIÓN CATASTRAL
ANEXO 2: ESCRITURAS DE LA PROPIEDAD
A. MEMÓRIA
1. PROPIETARIO Y PROMOTOR
Propietario:
M.ª Teresa Matutes Juan
DNI: ***2821**
Domicilio: C/ Federico García Lorca, 13, Santa Eulària des Riu, Ibiza
Promotor:
Marc Rahola Matutes
DNI: ***4257**
Domicilio: C/ Carlos V, *, Ibiza
2. ARQUITECTO
Víctor Rahola Aguadé
DNI: ***1380**
Domicilio: Carrer Girona núm. *. Barcelona 08010
3. ÀMBITO DE PLANEAMIENTO. SUPERFÍCIE
Comprende la parcela catastral identificada con el código 6610810CD6161S, que corresponde a la finca ubicada en la Calle Federico García Lorca 13. Tiene una superficie total de 5.988,58 m2 según mediciones informáticas. Limita con la Calle Federico García Lorca, con una longitud total de 139.25 m.
4. PLANEAMIENTO VIGENTE
La finca está cualificada como Extensiva Unifamiliar 7 EU-7 por Normas Subsidiarias de Santa Eulária des Riu - NNSS, aprobado definitivamente por el CIOTUPHA el día 23 de noviembre del año 2011.
Los parámetros genéricos de aplicación de la zona EU-7 son los siguientes:
Concepto |
Normativa genérica |
|
---|---|---|
|
Normes Subsidiarias de Santa Eulària des Riu – NNSS |
|
Clasificación del suelo |
Suelo urbano |
|
Cualificación urbanística |
EU-7 Exten. Unifam. |
|
Parcela Mínima |
2000 m2 |
|
Uso |
1 vivienda/parcela |
|
Situación edificio parcela |
Aislada |
|
Separaciones |
A la calle |
10 m |
Entre vecinos |
10 m |
|
Entre edificaciones |
20 m |
|
Altura máxima |
N plantas |
Pb+1 |
Altura máxima |
7.00 m + 3m (altura total) |
|
Ocupación |
10% |
|
Volumen máximo edificable |
1500 m3 |
|
Edificabilidad |
0.1 |
|
Índice intensidad uso residencial |
1 vivienda/2000 m2 |
|
Fachada/Fondo mínimos |
30/30 ml |
5. ESTADO ACTUAL
El solar tiene 5.988,58 m2 y contiene una edificación existente de 219.75 m2, que data del año 1928 y que ha sido sujeta de posteriores rehabilitaciones y ampliaciones con respecto a la volumetría original. El uso actual de dicha edificación es residencial. Se compone de un conjunto de módulos que se sitúan aisladamente en cotas diferentes.
La edificación existente no se encuentra incluida en el catálogo de bienes históricos y artísticos a conservar del municipio.
6. OBJETO Y FINALIDAD DEL ESTUDIO DE DETALLE PREVIO
La finalidad de este Estudio de Detalle es:
a. Posibilitar, al amparo de lo establecido en el punto c). del apartado del Anexo I de las NNUU en que se regulan las características de la calificación E-U7, la construcción de dos viviendas unifamiliares aisladas en la parcela.
b. Eliminar la necesidad de retranqueo entre edificaciones en una misma parcela cuando estas conformen una única vivienda.
7. JUSTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE PREVIO
Se propone, entonces:
1. Dividir el solar en tres ámbitos: subparcela A, con una superficie de 2189,56 m2; subparcela B, con una superficie de 3775,45 m2; subparcela C, con una superficie de 23,57 m2
2. Adjudicar un techo edificable máximo de 299,43 m2 para la subparcela A y 299,43 m2 para la subparcela B, de los cuales 219,75 m2 corresponden a la vivienda construida en la misma.
3. La ocupación de la subparcela A será de 299,43 m2, y la ocupación de la subparcela B será de 299,43 m2
4. La subparcela C tiene por objeto el dar acceso a las subparcelas A y B por lo que no se le asigna aprovechamiento alguno.
8. CUADRO COMPARATIVO DE PARÁMETROS NNSS - ESTUDIO DE DETALLE
|
NNSS |
PARCELA |
SUBPARCELA A |
SUBPARCELA B |
SUBPARCELA C |
Sup. parcela |
2000 m2 |
5988.58 m2 |
2189.56 m2 |
3775.45 m2 |
23.57 m2 |
Techo |
0.1 |
598.86 m2 |
299.43 m2 |
299.43 m2 |
0.00 m2 |
Ocupación |
10% |
598.86 m2 |
299.43 m2 |
299.43 m2 |
0.00 m2 |
Techo construido |
|
219.75 m2 |
0 m2 |
219.75 m2 |
0.00 m2 |
Techo remanente |
|
379.11 m2 |
0 m2 |
79.68 m2 |
0.00 m2 |
Retranqueo a límites |
10 |
|
10 |
10 |
|
Separación edificios |
20 |
|
20 |
20 |
|
9. JUSTIFICACIÓN LEGAL
El objeto del Estudio de Detalle se ajusta a las finalidades expresadas en el artículo 46 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, en el sentido expresado en el punto 1, en el que se describe que los estudios de detalle tendrán por finalidad ‘adaptar las determinaciones de la ordenación detallada del suelo urbano y urbanizable', de acuerdo con el apartado b) (artículo 46.1 de la Ley 12/2017 de Urbanismo de las Islas Baleares.
Asimismo, el presente Estudio de detalle contempla las Normas Subsidiarias establecidas en el Plan de Ordenación Urbana de Santa Eulària des Riu, por las que se refieren a la posibilidad de elaborar Estudios de Detalle respetando las siguientes condiciones:
1. No podrá suponer incremento de la altura máxima y edificabilidad fijada para la parcela o parcelas de que se trate, pero si de la ocupación del suelo y del volumen máximo por edificio definidos.
2. No podrá alterar los usos establecidos en la zona ni incrementar la densidad de población que de la aplicación del Índice de intensidad de uso resulte.
3. En ningún caso podrá ocasionar perjuicio ni alterar las condiciones de ordenación de los predios próximos o colindantes, a cuyo efecto deberán respetarse los retranqueos a colindantes fijados para la calificación de la zona.
En cuanto a la documentación aportada, el estudio de detalle previo contiene las determinaciones propias de su naturaleza y finalidad, debidamente justificadas y desarrolladas en los estudios, planos y normas correspondientes.
Anotaciones:
1. El proyecto elimina asimismo la necesidad de retranqueo mínimo entre edificios en una misma parcela cuando estos conforman una única vivienda.
2. Se concederá una cesión de 11,42 m2 de superficie destinada a vial que se deriva del traslado de la documentación sobre la cartografía de las NNSS que han efectuado los servicios técnicos municipales y que parece obedecer a la consideración por las NNSS como vial de un espacio destinado a albergar los contadores de la vivienda existente.
3. Se ha presentado una alegación por la cesión de 11,42 m² de la modificación puntual número 16 de las Normas Subsidiarias de Santa Eulària des Riu. En el caso de no subsanar el error mediante la alegación, nos comprometen a aceptar esta cesión.
10. RELACIÓN DE PLANOS
1. Situación
2. Planeamiento
3. Emplazamiento propuesta
4. Planta sótano propuesta
5. Planta primera propuesta
6. Planta segunda propuesta
7. Secciones
8. Imágenes propuesta
Anexo 1. Reportaje fotográfico
Ver anexo planos.