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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 464381
Corrección de errores del anuncio de la Agencia Tributaria de les Illes Balears de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza de determinados tributos del Ayuntamiento de Sóller correspondientes al ejercicio 2022, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 109, de 18 de agosto de 2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose advertido un error en la versión castellana del anuncio de la Agencia Tributaria de les Illes Balears de notificación colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza de determinados tributos del Ayuntamiento de Sóller correspondientes al ejercicio 2022 (edicto núm. 6848, publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 109, de 18 de agosto de 2022), de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 56.2 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, se publica la corrección siguiente:

Donde dice:

“1. Según lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de notificación colectiva de las correspondientes liquidaciones, se pone en conocimiento de los contribuyentes que estará expuesto en la sede del Ayuntamiento de Sóller durante el periodo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, los padrones del ejercicio 2022 del impuesto sobre bienes inmuebles, del impuesto sobre actividades económicas, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de las tasas por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público, mercados ocasionales y de puestos fijos de venta en el mercado municipal y de la tasa del padrón de arbitrios.

Contra las liquidaciones contenidas en el padrón se podrán interponer los siguientes recursos: de reposición ante la Dirección  de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago o, en el mismo plazo, reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de las Illes Balears, sin que puedan simultanearse ambos recursos. En ambos casos el escrito de interposición se dirigirá a la Agencia Tributaria de las Illes Balears.

Se advierte que para las cuestiones relativas al valor catastral del inmueble deberá acudirse a la Gerencia Regional del Catastro en Illes Balears.”

Debe decir:

“1. Según lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de notificación colectiva de las correspondientes liquidaciones, se pone en conocimiento de los contribuyentes que estará expuesto en la sede del Ayuntamiento de Sóller durante el periodo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, los padrones del ejercicio 2022 del impuesto sobre bienes inmuebles, del impuesto sobre actividades económicas, del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, de las tasas por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público, mercados ocasionales y de puestos fijos de venta en el mercado municipal y de la tasa del padrón de arbitrios.                                

Contra las liquidaciones contenidas en el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles se puede interponer los siguientes recursos: de reposición ante la Dirección  de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago o, en el mismo plazo, reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de las Illes Balears, sin que puedan simultanearse ambos recursos. En ambos casos el escrito de interposición se dirigirá a la Agencia Tributaria de las Illes Balears. Se advierte que para las cuestiones relativas al valor catastral del inmueble deberá acudirse a la Gerencia Regional del Catastro en Illes Balears

Contra las liquidaciones contenidas en los padrones de los otros tributos se puede interponer recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Sóller, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los correspondientes padrones (art. 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).”

 

Palma, 19 de agosto de 2022

El administrador tributario Justo Alberto Roibal Hernández  (Por suplencia por motivo de vacancia de la Dirección de la ATIB –art. 5.3 de la Orden de la Consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016 por la que se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Balears; BOIB núm. 163, de 29/12/2016–)