Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 463013
Anuncio de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Sa Pobla por la cual se rectifican los errores materiales del Decreto de Alcaldía 818/2022 de fecha 11.08.2022 en lo referente a la relación de aprobados para la cobertura de dos plazas de funcionario de carrera-administrativo/va de administración general correspondientes a la Oferta pública de empleo 2021 y constitución de bolsa de trabajo
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Llorenç Gelabert i Crespí, Alcalde del Ayuntamiento de sa Pobla, vista la tramitación seguida al procedimiento de selección para cubrir dos plazas de funcionario de carrera-administrativo/va de administración general correspondientes a la Oferta pública de empleo 2021.
Vista el error observado en el Decreto de Alcaldía n.º 818/2022 de fecha 11.08.2022 y en conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que contiene la revocación de actas y rectificación de errores, expone que “2. Las Administraciones Públicas podrán, así mismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
RESUELVO
PRIMERO.- Modificar el Decreto de Alcaldía 818/2022 y allá donde dice:
Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo de personal funcionario, administrativo/va de administración general con el siguiente orden de conformidad a aquello que dispone la base décima reguladora del procedimiento de selección:
GABRIEL MATAMALAS VADO | 12,667 |
Tiene que decir:
Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo de personal funcionario, administrativo/va de administración general con el siguiente orden de conformidad a aquello que dispone la base décima reguladora del procedimiento de selección:
GABRIEL MATAMALAS VADO | 13,338 |
SEGUNDO.- Notificar el presente a los interesados con el ofrecimiento de los recursos pertinentes.
Sa Pobla, a fecha de firma electrónica
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Sa Pobla, a fecha de firma electrónica (18 de agosto de 2022)
El alcalde-presidente Llorenç Gelabert i Crespí