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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA

Núm. 460628
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda por la cual se constituye el régimen especial de recogida de viajeros para la temporada turística de 2022 de los vehículos con autorización VT con licencia de los municipios de Calvià y de Andratx

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Texto

Hechos

El 9 de agosto de 2022 se ha recibido una propuesta conjunta de los Ayuntamientos de Calvià y de Andratx para solucionar la problemática de los autotaxis durante la presente temporada estival. La propuesta, firmada por los representantes de ambos Ayuntamientos y por los representantes de las Agrupaciones Locales de Autotaxis de Calvià y de Andratx, justifica la necesidad de ambos municipios de establecer un régimen especial de recogida de viajeros durante la temporada de verano de 2022 y propone las condiciones de este régimen.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 71 de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears regula los regímenes especiales de recogida de viajeros.

2. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto el siguiente

 

RESOLUCIÓN

1. Se constituye un régimen especial de recogida de viajeros para la temporada turística de 2022 de los vehículos con autorización VT con licencia de los municipios de Calvià y de Andratx con las condiciones siguientes:

2.  Cuando un taxi de Andratx que se encuentre circulando por el municipio de Calvià o viceversa, un taxi de Calvià que se encuentre circulando por el municipio de Andratx, observe que en un punto habilitado oficialmente como parada de taxi haya usuarios esperando y en este momento no hay ningún taxi del municipio esperando para poder prestar el servicio, se permitirá cargar exclusivamente a un taxi del otro municipio, con excepción de las paradas siguientes:

  • Parada de Calvià Vila

  • Parada de Capdellà

  • Parada de El Toro

  • Parada de Sant Elm

El presente régimen especial de recogida de viajeros será vigente hasta el día 31 de octubre de 2022.

2. La presente resolución se notificará en los ayuntamientos de Calvià y de Andratx y se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Movilidad y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de agosto de 2022)

El director general de Movilidad y Transporte Terrestre Jaume Mateu Lladó (Por delegación del consejero de Movilidad y Vivienda, Resolución de 15 de febrero de 2021, BOIB n.º 24, de 18 de febrero de 2021)

El secretario general Francesc Ramis Oliver (Por suplencia del director general de Movilidad y Transporte Terrestre, Resolución de 15 de febrero de 2021, BOIB n.º 24, de 18 de febrero de 2021)​​​​​​​