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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

Núm. 458826
Control de las zonas de estacionamiento regulado establecidas en la Ordenanza reguladora de la ORA e identificación de los controladores

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Texto

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

A la vista de los siguientes antecedentes:

Visto el Real Decreto Legislativo 6/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, donde se atribuye a los municipios la competencia de regulación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico en las vías urbanas de titularidad municipal.

Dada la Ordenanza Municipal de la tasa para la autorización administrativa del estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en los espacios públicos municipales (ORA), publicada en el BOIB n.º 82, el 25 de junio de 2022, donde se establece, en su artículo:

2.4. Las zonas de estacionamiento regulado podrán ser:

-ORA (Operación de Regulación de Aparcamiento): Cuando se sujete el estacionamiento al previo pago de la tasa establecida.

-ZAR (Zona de Aparcamiento Restringido): Cuando se reserve el estacionamiento exclusivamente para los residentes, independientemente de que dicho régimen coexista, o no, con otro tipo de regulación de aparcamiento, en los términos definidos por el artículo 12 de la presente ordenanza.

- SER (Servicio de estacionamiento regulado): Zonas reservadas al estacionamiento de residentes de la zona y de otros usuarios no residentes. Los usuarios no residentes estarán obligados a indicar de forma visible en el vehículo la fecha y hora de llegada teniendo en cuenta el tiempo de estacionamiento máximo en la zona establecido en la señalización vertical. Esta zona puede crearse por un período de tiempo y horario determinado.

Dado que la Entidad Pública Empresarial Sóller 2010 gestiona el servicio público de la ORA mediante encomienda de gestión aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Sóller en fecha 26 de noviembre de 2004.

Dado que todo el personal específico destinado a controladores ORA ha recibido la formación adecuada en relación con la ordenanza municipal reguladora de de la tasa para la autorización administrativa del estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en los espacios públicos municipales (ORA).

Dado que el estacionamiento en zona regulada, no implica el desconocimiento de las normas de circulación, ni el abono del precio público da derecho a no cumplir el resto de la normativa.

Dada la potestad reguladora de la administración municipal, de acuerdo con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local.

En consecuencia, RESUELVO:

PRIMERO.- El control del estacionamiento en las zonas de estacionamiento regulado, será llevado a cabo de forma directa por el personal de Sóller 2010, adscrito al servicio de controladores ORA.

SEGUNDO.- Que en las zonas de estacionamiento regulado, que marca la Ordenanza ORA, puedan denunciar las infracciones incluidas en el artículo 18 de la misma Ordenanza, correspondientes a:

1. Estacionar sin exhibir el ticket o exhibiendo el correspondiente en zona tarifaria distinta.

2. Estacionar superando el tiempo autorizado según el tique.

3. Estacionar colocando defectuosamente el ticket, de forma que no permita su lectura desde el exterior del vehículo.

4. Estacionar colocando nuevo ticket, ocupando un estacionamiento situado a menos de 150 metros al utilizado anteriormente, durante el período de los 30 minutos siguientes a la hora de finalización del tiempo máximo autorizado.

5.Estacionar exhibiendo comprobando horario o distintivo falsificados o manipulados.

6. Estacionar exhibiendo distintivo en los siguientes supuestos:

 

- Una vez transferida la propiedad del vehículo para el que se otorgó.

- En vehículo distinto al autorizado.

- Con posterioridad al cambio de domicilio del titular del mismo.

 

7. Estacionar exhibiendo un ticket con tarifa de residente donde la matrícula no corresponda al vehículo estacionado.

8. Obtener el distintivo mediante el empadronamiento o transferencia del vehículo ficticio.

9. Estacionar un vehículo prohibido en zona de ORA.

10. Estacionar en zona ZAR sin el correspondiente distintivo.

11. Estacionar en zona SER sin indicar la hora de llegada.

12. Exceder el tiempo de estacionamiento máximo en zona SER.

TERCERO.- El personal controlador del estacionamiento regulado irá vestido con uniformidad proporcionada por Sóller 2010 y con identificación, así como con prendas de alta visibilidad.

CUARTO.- Los controladores del estacionamiento regulado tendrán asignado un distintivo identificativo que será el que figurará en el boletín de denuncias. Este distintivo se corresponde con la siguiente grafía: C000, donde C es invariable, 000 se corresponde al número de controlador, que se asigna de forma correlativa natural.

QUINTO.- La relación actualizada, con detalle de la identificación del servicio de vigilancia del estacionamiento regulado, que no sean agentes de la autoridad, con expresión del nombre, apellidos, dirección, las tres últimas cifras de su NIF y letra, así como el número de identificación es la que figura en su punto sexto. En las notificaciones que se tramiten, en su caso, se hará constar el número de controlador y la referencia del presente BOIB.

SEXTO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87.2 del Real Decreto 6/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto consolidado de la Ley de Tráfico, Circulación, Vehículos a motor y Seguridad Vial, mediante la presente publicación se facilita los datos de identificación de los denunciantes:

APELLIDOS

NOMBRE

3-NIF

DIRECCIÓN

LOCALIDAD

CÓDIGO

BOTA SAAVEDRA

ENRIC

388V

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C003

VIDAL FLORIT

ISABEL MARIA

602M

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C011

DARDER ROSELL

ALBERTO

104D

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C012

MAS ESCALAS

FRANCISCO

693R

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C018

MARQUEZ HERNÁNDEZ

JUAN MARIA

871P

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C022

MANRESA GALLEGO

PATRICIA

766A

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C023

MARTÍ GALLEGO

IRENE

980E

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C025

FIOL PEÑA

ANDREU

514D

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C028

PUIG COLL

MARIA ANTONIA

019R

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C029

ARTIGUES CONESA

ANTONIA CECILIA

015H

C/HOSPICI 2

07100 SÓLLER

C030

SÉPTIMO.- Este Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación.

 

(Firmado electrónicamente: 16 de agosto de 2022)

El alcalde Carlos Simarro Vicens