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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ENTE PÚBLICO DE RADIOTELEVISIÓN DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 458526
Resolución del director general del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares por la que se nombra al director de Contenidos Informativos del EPRTVIB

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Sr. Andreu Manresa i Monserrat, como director general del Ente Público de Radiotelevisión de las Islas Baleares, visto el informe de evaluación de la Comisión de selección que consta en el procedimiento de selección mediante convocatoria pública para cubrir el puesto de director/a de Contenidos Informativos y conforme a lo establecido en los artículos 22 de la Ley 7/2010 de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y 23.2 c) de la Ley 15/2010 del 22 de diciembre del EPRTVIB, modificada por la Ley 9/2015 de 26 de noviembre, ha decidido nombrar con criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia al Sr. Francisco Javier Garcia Tur como director de Contenidos Informativos del EPRTVIB.

 

Calvià, a la fecha de la firma electrónica (16 de agosto de 2022)

El director general del EPRTVIB Andreu Manresa i Monserrat

 

Contra esta decisión se puede interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente hábil a su publicación en el BOIB ante este mismo órgano, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Así mismo, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo que prevén los artículos 8.2. a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.