Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 457778
Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, a propuesta de la directora general de Infancia, Juventud y Familias de concesión, de denegación y de declaración de desistimiento de las solicitudes de ayudas formuladas en relación con la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables (Línea B, primer período)
En la fecha de la firma electrónica, la directora general de Infancia, Juventud y Familias ha formulado la siguiente propuesta de resolución:
Hechos
1. Mediante Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de día 31 de mayo de 2022 se aprobó, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida de familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables (BOIB núm. 72 de 2 de junio de 2022).
2. Las entidades que aparecen en los tres anexos adjuntos a esta propuesta de resolución, presentaron una solicitud de subvención en relación con la Línea B de la convocatoria, para la realización de las actividades que se indican en cada caso.
3. Día 29 de junio de 2022 se publicó un requerimiento en la sede electrónica de la comunidad autónoma de las Illes Balears mediante el cual se otorgó a las entidades interesadas un plazo de cinco días hábiles para subsanar las deficiencias detectadas en la solicitud, en cumplimiento de lo establecido en el punto 8.6 de la convocatoria.
4. Día 18 de julio de 2022 se publicó en la sede electrónica de la comunidad autónoma de las Illes Balears la propuesta de resolución provisional de la directora general de Infancia, Juventud y Familias, de concesión, denegación y declaración de desistimiento de subvención, de acuerdo con lo previsto en el punto 10.3 de la convocatoria.
Las entidades interesadas dispusieron de un plazo de cinco días hábiles para aceptar o renunciar a la subvención propuesta, para presentar alegaciones a la propuesta, o para reformular las solicitudes.
5. De acuerdo con los puntos 10.3 y 10.4 de la convocatoria, para cada una de las fases, examinadas las alegaciones presentadas, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución definitiva, que especificará las entidades a las que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, así como la relación de aquellas a las que se deniega, motivando la causa de denegación. A la vista de la propuesta de resolución definitiva, la consejera de Asuntos Sociales y Deportes dictará una resolución de concesión o denegación para cada fase.
6. Una vez revisada la documentación que consta en cada uno de los expedientes, en fecha 10 de agosto de 2022, la jefa del Servicio de Juventud emitió un informe que refleja que, efectuadas las oportunas verificaciones, las entidades que figuran en el Anexo 1 cumplen con los requisitos de la convocatoria.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.
3. La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de día 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y juventud.
4. La Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de día 31 de mayo de 2022 por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023 (BOIB núm. 72, de 2 de junio).
5. La propuesta de resolución provisional de la directora general de Infancia, Juventud y Familias de 18 de julio de 2022, de concesión, denegación y declaración de desistimiento de subvención.
Por todo ello, propongo a la consejera de Asuntos Sociales y Deportes que dicte una resolución en los siguientes términos:
Propuesta de resolución
1. Conceder una subvención por una cuantía global de 50.957,21 € a favor de las entidades que figuran en el Anexo 1 (expedientes PC 2/2022 001, PC 2/2022 003, PC 2/2022 004 y PC 2/2022 006), al amparo de la convocatoria de subvenciones para la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2022-2023, en el marco del Plan Corresponsables aprobado por el Consejo de Ministros.
2. Autorizar y disponer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago de 50.957,21 € a favor de las entidades que figuran en el Anexo 1 por los importes que se indican individualmente y con cargo a la partida 17201 323A01 48000 00 FF21131 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2022, teniendo en cuenta que la ayuda se paga mediante anticipo del 100%, de acuerdo con la autorización del Consejo de Gobierno de día 16 de mayo de 2022.
3. Recordar la obligación de las entidades beneficiarias que figuran en el Anexo 1 de comunicar la solicitud o la obtención de otras subvenciones para la misma finalidad. Esta comunicación debe realizarse dentro del plazo de tres días hábiles desde la solicitud o la obtención de la subvención concurrente. Asimismo, la entidad debe comunicar, en los mismos términos, la obtención de esta subvención a la otra administración o entidad subvencionante.
4. Comunicar a las entidades que figuran en el Anexo 1 que el cobro íntegro de la subvención está supeditado al estricto cumplimiento de las condiciones de la convocatoria y de la resolución de concesión, y a la demostración fehaciente de que los ingresos obtenidos no son superiores a los gastos realizados.
5. Informar que las entidades que figuran en el Anexo 1 tendrán que presentar la documentación justificativa, de acuerdo con los términos y los plazos previstos en el punto 14 de la convocatoria.
6. Denegar las subvenciones solicitadas por las entidades que figuran en el Anexo 2 (expedientes PC 2/2022 002, PC 2/2022 007 y PC 2/2022 008), por los motivos que se indican en cada caso.
7. Tener por desistida la solicitud presentada por la entidad que figura en el Anexo 3 (expediente PC 2/2022 005).
8. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Vista la propuesta de resolución de la directora general de Infancia, Juventud y Familias, dicto la siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución, y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, también se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (11 de agosto de 2022)
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez
Palma, en la fecha de la firma electrónica (10 de agosto de 2022)
La directora general proponente Marta Carrió Palou
ANEXO 1 Entidades a las que se concede la subvención
Exp. PC 2/2022 |
Entidad |
NIF |
Actividades subvencionables |
Precio máximo actividades (por mes y niño/a) |
Semanas subvencionables |
Presupuesto elegible |
Importe de subvención solicitado |
Importe subvención propuesto |
Partida presupuestaria |
||
Familias punto 5.5.2 a) |
Familias punto 5.5.2 b) |
Núm. semanas |
Núm. participantes por semana |
||||||||
001 |
AMPA CP Francesc d'Albranca – EI Xibit |
G07471535 |
Casal d'estiu 2022 Es Migjorn Gran |
0 € |
0 € |
10 |
Entre 23 y 51 |
19.400,00 € |
19.400,00 € |
19.400,00 € |
17201 323A01 48000 00 FF21131 |
003 |
APIMA Joguina |
G57055451 |
Escola d'estiu 2022-2023 |
50,00 € |
100,00 € |
8 |
Entre 22 y 45 |
11.500,00 € |
4.800,00 € |
4.800,00 € |
17201 323A01 48000 00 FF21131 |
004 |
APIMA CEIP Rosa dels Vents |
V57042822 |
Estiu a la mar – Colònia de Sant Pere 2022 |
0 € |
0 € |
12 |
Entre 11 y 43 |
14.895,00 € |
14.895,00 € |
14.895,00 € |
17201 323A01 48000 00 FF21131 |
006 |
APIMA CEIP Pere Rosselló Oliver |
G07152937 |
Escola d'estiu 2022 |
50,00 € |
100,00 € |
11 |
Entre 14 y 50 |
10.548,00 € |
10.548,00 € |
10.548,00 € |
17201 323A01 48000 00 FF21131 |
Escola de Nadal 2022 |
50,00 € |
100,00 € |
3 |
20 |
1.314,21 € |
1.314,21 € |
1.314,21 € |
ANEXO 2 Entidades a las que se deniega la subvención
Exp. PC 2/2022 |
Entidad |
NIF |
Actividad |
Motivo de la denegación |
002 |
Ajuntament de Ses Salines |
P0705600E |
|
La solicitud ha sido presentada dentro de un turno abierto únicamente a asociaciones de familias de alumnos de centros docentes. |
007 |
APIMA CEIP Maria Antònia Salvà |
G07087208 |
Escola d'estiu 2022 |
La solicitud de subvención tuvo entrada en registro el 17 de junio de 2022, una vez agotado el plazo de presentación de solicitudes. |
008 |
AMPA CEIP Maria Lluïsa Serra |
G57854150 |
Escola d'estiu 2022 |
La solicitud de subvención tuvo entrada en registro el 17 de junio de 2022, una vez agotado el plazo de presentación de solicitudes. |
ANEXO 3 Entidades que se tienen por desistidas
Exp. PC 2/2022 |
Entidad |
NIF |
Actividad |
005 |
APIMA Mare de Déu de Gràcia |
G07143944 |
Ludoteca estiu 2022 |