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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 445238
Bases y la convocatoria que rigen la concesión de ayudas para luchar contra la pobreza energética y prevenir la vulnerabilidad energética, para el año 2022

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS: 642881 (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del día 11-7-2022, se han aprobado las bases y la convocatoria que rigen la concesión de ayudas para luchar contra la pobreza energética y para prevenir la vulnerabilidad energética, para 2022.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, por parte de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

Los modelos normalizados de solicitud, de la autorización al Ayuntamiento de Maó para consultar datos de la declaración de la renta correspondiente al año 2021 y de autorización de representación ante la Administración pública se encuentran en el sitio web del Ayuntamiento, http://www.ajmao.org/Contingut.aspx?IdPub=14695

Conforme a lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, publicamos el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede ser consultado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Objeto

El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas económicas para prevenir la vulnerabilidad energética de las personas o unidades familiares que cumplan los requisitos establecidos en la base 2a de esta convocatoria.

Finalidad

Estas ayudas tienen como finalidad la lucha contra la pobreza energética, para contribuir a mantener la vivienda habitual en las condiciones mínimas de habitabilidad y para completar el esfuerzo de las familias, que han necesitado destinar una mayor proporción de sus ingresos a la cobertura de los consumos energéticos.

Personas beneficiarias

Personas físicas en quienes concurran las circunstancias previstas en la Ordenanza y aquellas otras que se designen en esta convocatoria y reúnan los requisitos establecidos en el art. 2 de las bases reguladoras.

Cuantía de la ayuda

El importe de las ayudas se otorgará conforme al art. 3 de las bases reguladoras.

Presupuesto

El importe de la convocatoria se establece en 50.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria G01 2310 4830111.

Gastos subvencionables

Gastos de suministro eléctrico o gas.

Obligaciones y compromisos

Las personas beneficiarias de ayudas están obligadas a cumplir las obligaciones establecidas en el art. 9 de las bases reguladoras.

 

Plazo y forma de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria, por parte de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Boletín Oficial de las Illes Baleares (BOIB).

  • Telemáticamente
  • En caso de no disponer de medios electrónicos:

- Se deberá cumplimentar la solicitud y, en su caso, los documentos anexos, según los modelos normalizados, que se podrán obtener en:

  • El Registro General o los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Maó, mediante solicitud de cita previa en el sitio web www.ajmao.org
  • El sitio web del Ayuntamiento de Maó: www.ajmao.org

- La solicitud y todos los documentos anexos deben presentarse en:

  • El Registro General o los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Maó, mediante solicitud de cita previa en el sitio web www.ajmao.org
  • Cualesquiera de las oficinas señaladas en el art. 16.4 y en el art. 66 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Publicidad de las bases reguladoras

Las bases se publicarán en el enlace

http://www.ajmao.org/Contingut.aspx?IdPub=14695

Procedimiento

El procedimiento de concesión de ayudas será en concurrencia competitiva.

Órganos competentes

El órgano competente para resolver la concesión de las ayudas será el alcalde o el órgano correspondiente.

Pago

Se abonará el pago conforme a lo que establece el art. 3 de las bases reguladoras.

Plazo de ejecución

El plazo de ejecución será del 1 de enero al 31 de diciembre del año de la convocatoria.

Plazo y forma de justificación

Las personas beneficiarias de ayudas están obligadas a justificar la subvención, conforme al art. 8 de las bases reguladoras.

Otros datos de obligado cumplimiento

Debe cumplirse todo lo que disponen las bases que regulan esta convocatoria de ayudas, conforme a la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Maó, aprobada definitivamente por el Pleno de esta corporación el 31-3-2016 y publicada en el BOIB el 25-1-2018.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica (5 de agosto de 2022)

El alcalde Héctor Pons Riudavets