Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 444098
Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 14 de julio de 2022 relativo a la aprobación del expediente administrativo núm. 3/2022 de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS)
En la sesión del Pleno de esta Corporación, celebrada el día 14 de julio de 2022, se aprobó la propuesta de acuerdo de la Presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del IMAS (expediente administrativo núm. 3/2022), la cual se transcribe a continuación:
Propuesta de acuerdo
Primero. MODIFICAR las Relaciones de puestos de trabajo del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales en el sentido que consta en el anexo que se adjunta a esta propuesta, para incrementar en 1 punto el complemento de destino de los Auxiliares educativos/as desde el 1 de enero de 2022, y el resto de incremento de puntos del complemento de destino de los Auxiliares educativos/as a partir de día 1 de enero de 2023; e incrementar la mitad del complemento específico de los Auxiliares educativos/as desde el 1 de enero de 2022 y la otra mitad del incremento del complemento específico de los Auxiliares educativos/as a partir de día 1 de enero de 2023 (exp. 3/2022).
Segundo. ORDENAR la publicación de esta modificación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares que entrará en vigor el día 1 de enero de 2022 y la publicación del texto consolidado de la RPT en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Mallorca.
Tercero. Esta modificación tendrá efectos jurídicos y económicos el día 1 de enero de 2022.
Cuarto. REMITIR copia de esta modificación a la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a)El recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
b)El recurso de reposición potestativo ante el Pleno del Consejo de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares
Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, puede interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de reposición.
Si ha transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición potestativo y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio y se podrá interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante, lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, en la fecha de firma electrónica del documento (25 de julio de 2022
La consejera ejecutiva de Derechos Sociales y presidenta del IMAS Sofía Alonso Bigler)