Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 420204
Declaración del Pleno del Ayuntamiento de Palma por la que se declara la no aplicación de la excepción recogida en el apartado 4.h) de la Disposición adicional I de la Ley 3/2022
El Pleno del Ayuntamiento de Palma, en sesión celebrada el día 28 de julio de 2022 adoptó el acuerdo que a tenor literal dice:
Primero. Declarar la no aplicación, en el término municipal de Palma, de la excepción recogida en el apartado 4. h) de la Disposición Adicional I de la Ley 3/2022, de 15 de junio de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad de las Illes Balears, y por la cual, se suspende la posibilidad de adquirir plazas turísticas al organismo gestor o a la administración turística, como también el intercambio de plazas entre particulares, para el inicio de la actividad turística o para su ampliación en los establecimientos de equipamiento turístico, respecto de los que a la entrada en vigor de la Ley 3/2022, se implanten en edificios que sigan siendo de interés cultural o catálogos ubicados en zonas clasificadas como urbanas o rústico común.
Segundo.- Publicar el presente Acuerdo en el BOIB.
Tercero. Advertir que la aplicación del presente Acuerdo será a partir de su publicación en el BOIB y con el fin de que se lleve a cabo la evaluación o reevaluación a las que se refiere el apartado 2n de la disposición adicional primera de la Ley y, como máximo, durante cuatro años computables a partir de la publicación del Decreto Ley 3/2022, de 11 de febrero.
Palma, documento firmado electrónicamente (29 de julio de 2022)
El jefe del Departamento de la Gerencia de Urbanismo Guillem Balaguer Mayol