Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Núm. 416141
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 22 de julio de 2022 por la que se autoriza la modificación de la configuración del Instituto de Educación Secundaria (IES) Josep Maria Quadrado con la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (aula UEECO) de programas de transición a la vida adulta (TVA)
Antecedentes
1. Mediante la Resolución del Consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de noviembre de 2019 (BOIB núm. 156, de 16 de noviembre) se actualizó la oferta formativa para el curso 2019/2020 de las enseñanzas autorizadas, como consecuencia de la implantación, supresión y cambio de perfil o régimen de los ciclos formativos de formación profesional en centros públicos de educación secundaria, en centros integrados de formación profesional y en centros de educación de personas adultas. Como consecuencia de esta autorización la configuración del IES Josep Maria Quadrado quedó de la siguiente forma:
Educación secundaria obligatoria
Bachillerato
Estudios de la familia profesional Instalación y mantenimiento (IMA)
2. Con la Resolución del Consejero de Educación y Formación Profesional de 22 de junio de 2022 (BOIB núm. 87, de 5 de julio) se autorizó la implantación de la modalidad de bachillerato general en todos los centros que tienen autorizadas las modalidades de humanidades y ciencias sociales y ciencias y tecnología. También hay que indicar que en aplicación de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, el Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR) de 3º de la ESO desaparece.
Como consecuencia de esta autorización y de esta actualización, la configuración del IES Josep Maria Quadrado quedó de la siguiente forma:
Educación secundaria obligatoria
Bachillerato
Estudios de la familia profesional Instalación y mantenimiento (IMA)
3. El 8 de abril de 2022, el director del IES Josep Maria Quadrado, presentó una solicitud para la implantación de un aula UEECO de la etapa del Programa de Transición a la Vida Adulta (TVA). En esta solicitud adjuntó la justificación y los documentos gráficos de les aulas que se utilizarían y explicaba que se disponía de un aula de 50m2 , que podría dividirse en dos aulas de 25 m2 para poder cumplir con los requisitos mínimos que regula la Resolución del Consejero de Educación y Universidad de 5 de julio de 2018 por la que se modifica la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de día 13 de mayo de 2015, por la que se establecen con carácter provisional los requisitos mínimos de espacio en los centros específicos de educación especial (CEE) y en las aulas sustitutorias de centro específico (ASCE) ubicadas en centros ordinarios (BOIB núm. 95, de 2 de agosto).
4. El 20 de julio de 2022, la jefa del Departamento de Planificación y Centros, emitió informe favorable sobre la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (aula UEECO) del programa de transición a la vida adulta (TVA) en el IES Josep Maria Quadrado.
5. El 21 de julio de 2022, el director general de Planificación, Ordenación y Centros propuso la modificación de la configuración del IES Josep Maria Quadrado, con la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (aula UEECO) de la etapa educativa del programa de transición en la vida adulta (TVA).
Fundamentos de derecho
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 21 de julio de 2022, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Autorizar la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (aula UEECO) de la etapa educativa del programa de transición en la vida adulta (TVA) en el IES Josep Maria Quadrado.
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Educación secundaria obligatoria
De primero a cuarto de ESO (presencial continuada y temporalización especial)
Educación especial 2 unidades UEECO de las etapas educativas de:
Bachillerato
Estudios de la familia profesional Instalación y mantenimiento (IMA)
3. Informar al citado centro que está obligado a cumplir la legislación vigente ya solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 22 de julio de 2022
El consejero de Educación y Formación Profesional Martí X. March Cerdà