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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 432310
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 4 de julio de 2022, relativo a la aprobación de la convocatoria y las bases para la cobertura, mediante el sistema de comisión de servicios, de sargento de bombero del parque de Maó del Consell Insular de Menorca

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Texto

Con fecha 5 de abril de 2022 la Resolución de la consejera de Servicios Generales núm. 119 declara desierta la convocatoria de la comisión de servicios de sargento de bomberos del Parque de Maó del Consell Insular de Menorca, dado que los aspirantes no cumplían los requisitos.

El artículo 82 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto ley 2/2013, de 14 de junio, regula la comisión de servicios ordinaria voluntaria.

Con fecha 16 de junio de 2022 se publica el Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.

La disposición final primera del Decreto ley 6/2022 realiza una serie de modificaciones en la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función publica de la comunidad autónoma de las Illes Balears y establece lo siguiente:

1. Se añade un apartado, el 5, al artículo 82, con el siguiente contenido:

5. No podrá autorizarse la prórroga de las comisiones de servicios ordinarias y voluntarias en puestos vacantes, más allá de dos años.

Excepcionalmente, por acuerdo motivado del Consejo de Gobierno puede autorizarse la prórroga de una comisión de servicios, más allá de los dos años, para la ocupación de puestos de trabajo de nivel 29 o superior. En el resto de casos, únicamente pueden prorrogarse las comisiones de servicios más allá de los dos años para la ocupación de puestos que tienen titular y se encuentran reservados por imperativo legal.

2. Se modifica el artículo 82 bis, que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 82 bis

Nombramiento provisional por mejora de empleo

1. En casos de necesidad urgente e inaplazable cuando concurran causas razonadas de interés público, el personal funcionario de carrera podrá ocupar un puesto de trabajo no ocupado adscrito a un cuerpo, escala o especialidad distinto al que pertenezca, mediante nombramiento provisional por mejora de empleo, siempre que cumpla los siguientes requisitos:

a) Tener la titulación exigida para acceder al cuerpo, escala o especialidad a que está adscrito el puesto.

b) Cumplir con los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo.

c) Ser funcionario de carrera del grupo o subgrupo inmediatamente inferior del puesto al que debe efectuarse el nombramiento.

2. Los nombramientos por mejora de empleo deben efectuarse preferentemente en puestos de trabajo genéricos, con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio público, y siempre que se den los supuestos previstos en el artículo 15.2 de esta ley. En el supuesto de no ser posible su cobertura con este tipo de nombramiento, esta plaza se ofrecerá al personal funcionario interino de la bolsa de trabajo del cuerpo, escala o especialidad del puesto.

3. Se podrán efectuar nombramientos por mejora de empleo en puestos de trabajo singularizados, cuando resulten desiertos por tercera vez en un proceso de provisión por el sistema de concurso abierto y permanente específico o los puestos declarados desiertos en dos convocatorias por el sistema de comisión de servicios .

El puesto de trabajo de sargento de bombero se encuentra catalogado y es necesario que esté cubierto para desarrollar las funciones que el Consell Insular tiene encomendadas.

 

El informe núm. 2022/131 de 21 de junio de 2022, emitido por la jefa en funciones del Servicio de Gestión de Personas, concluye que propone volver a llevar a Consejo Ejecutivo la aprobación de las bases de la convocatoria de comisión de servicios, a fin de cumplir las modificaciones establecidas en el Decreto ley 6/2022.

Vista la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta el siguiente acuerdo:

Aprobar la convocatoria y las bases para la cobertura, mediante el sistema de comisión de servicios, del puesto de trabajo de sargento de bombero del Parque de Maó que constan como anexo.

 

ANEXO BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA, MEDIANTE EL SISTEMA DE COMISIÓN DE SERVICIOS, DEL PUESTO DE TRABAJO DE SARGENTO DE BOMBERO DEL PARQUE DE MAÓ DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA

1. Objeto

Contratación de un sargento de bombero mediante comisión de servicios.

Características del puesto de trabajo

Núm

Código

Denomin.del puesto

Tipo

Grupo y nivel

Puntos

c. espec.

Adscripción

Local puesto

Sistema provisión

Plazas de plantilla que pueden ocupar s/catálogo

Requisitos del puesto

Municipio

1

COO0302

Sargento

F

C/20

1395

Departamento Ocupación, Vivienda y Cooperación Local

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento

C

-Funcionarios: Grupo C1

-Escala:

Adm. Especial

-Subescala: Servicios especiales

- Titulación: Bachillerato, formación profesional de ciclo medio o titulación equiparable

- Nivel de catalán B2

- Formación específica: Tener curso de bombero (*)

- Requerimientos específicos: Carnet de conducir camión C i tener o superar el curso de sargento (*)

- Características especiales: Tener plena disponibilidad y localización para el desarrollo de las funciones del puesto fuera del horario de trabajo

Maó

(*) Curso oficial de cualquier Comunidad Autónoma o homologado por ésta.

2. Duración

La duración máxima de esta comisión de servicios será de dos años, con posibilidad de prórroga de acuerdo la modificación del Decreto ley 6/2022.

Asimismo, pueden ser motivo de finalización de la comisión de servicios las causas establecidas en el artículo 88 ter de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto Ley 2/2013, de 14 de junio.

3. Publicidad

Esta convocatoria se publicará en el tablón de anuncios del Consell Insular de Menorca, en la página web http://oposicions.cime.es y en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Requisitos de los aspirantes

Se podrán presentar todos los funcionarios de carrera de cualquier administración pública que cumplan los requisitos que establece la relación de puestos de trabajo, excepto aquellos a los que en el plazo del último año se haya autorizado una comisión de servicios y hayan cesado por renuncia voluntaria.

5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria deben presentarse electrónicamente a través de la página web del CIM http://oposicions.cime.es.

El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Las solicitudes sólo se pueden presentar telemáticamente, según el artículo 14.2e de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, mediante DNI electrónico, un certificado digital válido, PIN ciudadano o Clave. La solicitud quedará registrada directamente.

Las solicitudes se presentarán acompañadas de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria, así como un currículum profesional.

El requisito de conocimiento de la lengua catalana correspondiente al nivel exigido para el puesto de trabajo establecido se acreditará mediante la presentación del certificado oficial de conocimientos de catalán que prevea el catálogo o relación de puestos de trabajo del Consell Insular de Menorca de acuerdo con el Reglamento de usos lingüísticos del Consell Insular de Menorca, aprobado definitivamente por el Pleno en sesión de carácter ordinario de 15 de febrero de 2021 y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 39 de 20 de marzo.

Los estudios de lengua catalana de la ESO y del bachillerato se pueden homologar con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana A2, B1, B2 y C1 de la Dirección General de Política Lingüística.

Se aceptará la homologación del certificado de catalán siempre que la solicitud de ésta se haya realizado antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

Los certificados de catalán obtenidos en Cataluña y en la Comunidad Valenciana por los estudios de ESO o bachillerato realizados en estas comunidades no son directamente válidos para estas convocatorias, si no es mediante la homologación por parte de la Dirección General de Política Lingüística.

Se puede acceder a toda la información sobre esta cuestión en el siguiente enlace:

http://www.caib.es/govern/sac/fitxa.do?codi=2064704&coduo=2390443&lang=ca

La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos es el día en que termine el plazo de presentación de instancias.

Los aspirantes que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no cumplan los requisitos exigidos en estas bases serán excluidos de participar en este concurso.

Se publicará en la página web del CIM http://oposicions.cime.es la lista de admitidos y excluidos.

6. Entrevista

Una vez finalizado el plazo de presentación, los candidatos serán citados a una entrevista personal que versará sobre las capacidades de los candidatos para el desarrollo del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

La entrevista la realizará una comisión asesora asistida de los asesores que considere para el apoyo a la toma de decisión sobre la propuesta de los candidatos más idóneos. La comisión estará formada por 3 miembros con conocimientos de la materia y valorarán la experiencia profesional de los aspirantes.

La composición de la comisión de valoración se detallará en el edicto de candidatos admitidos y excluidos.

Los representantes sindicales pueden asistir a las entrevistas.

7. Resolución y publicación

Una vez finalizado el proceso, la comisión de valoración hará propuesta de nombramiento a la consejera de Servicios Generales en el plazo de diez días hábiles, que dictará resolución.

Esta resolución se publicará en el tablón de anuncios del Consell Insular de Menorca y en la página web del CIM http://oposicions.cime.es.

La consejera ejecutiva de Servicios Generales formulará propuesta de nombramiento a favor del funcionario que haya resultado primero. Si este renuncia, se propondrá el siguiente y así sucesivamente.

8. Incorporación

La incorporación está prevista para el día 1 de octubre de 2022.

9. Recursos

Contra la convocatoria y estas bases se puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, o bien, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y las disposiciones concordantes, se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día que se publique ante la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Maó, 1 de agosto de 2022.

Por delegación de la presidenta El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)