Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Núm. 424201
Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se revocan las subvenciones concedidas en el marco de la convocatoria pública para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares, entidades sin ánimo de lucro, empresas y asociaciones empresariales
Hechos
1. El 31 de diciembre de 2020 se publicó la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica dirigida a particulares, entidades sin ánimo de lucro, pequeñas y medianas empresas y asociaciones empresariales mediante la Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 23 de diciembre de 2020.
2. Las personas o entidades que figuran en el anexo obtuvieron una subvención para la implantación de instalaciones renovables.
3. Las personas o entidades que figuran en el anexo presentaron la documentación justificativa de las actuaciones realizadas.
4. El 20 de junio de 2022 (BOIB núm. 81 de 23 de junio de 2022) el Director General de Energía y Cambio Climático emitió Propuesta de Resolución de Revocación.
5. Se ha agotado el plazo de diez días hábiles que se concedían para presentar alegaciones.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB n.º 72, de 24 de mayo 2008).
4. La Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 23 de diciembre de 2020 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica y microeólica dirigida a particulares, entidades sin ánimo de lucro, pequeñas y medianas empresas y asociaciones empresariales (BOIB n.º 216, de 31 de diciembre de 2020).
Por todo lo anterior, dicto la siguiente
Resolución
1. Revocar la subvención a los beneficiarios que figuran en el anexo.
2. Declarar concluido el procedimiento y por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo
3. Publicar esta de Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 28 de julio de 2022
El director general de Energía y Cambio Climático
José Guillermo Malagrava Rigo
Por delegación del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática
(BOIB núm. 31, de 4/3/2021)
ANEXO
Lista de beneficiarios propuestos para revocar la subvención
Núm. Expedient |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Motivo |
FOTEMPAR-1473/2021 |
SERGI RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ |
***0858** |
Instalación fotovoltaica para autoconsumo |
El documento presentado no es la puesta en servicio. Se ha entregado un presupuesto en vez de una factura. Según el punto 4.5, las actuaciones objeto de la solicitud no pueden haberse inciado con anterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda ya que no cumple el caràcter incentivador. |
FOTEMPAR-1662/2021 |
JOSE ELOY CRUSAT MENDEZ |
***2761** |
Instalación fotovoltaica para autoconsumo |
Pago anterior a solicitud |
FOTEMPAR-1871/2021 |
MARIA JOSE TUR SERRA |
***4058** |
Instalación fotovoltaica para autoconsumo |
Un justificante de pago es anterior a la solicitud |
FOTEMPAR-2302/2021 |
MARIA NIEVES VERA JAIME |
***5539** |
Instalación fotovoltaica para autoconsumo |
Las facturas son anteriores a la solicitud Los justificantes de pago son anteriores a la solicitud |