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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 422125
Departamento de Movilidad.- Sección de Transportes.- Propuesta de acuerdo de resolución de alegaciones formuladas por diversos interesados en el trámite de información pública en relación a la modificación puntual del Reglamento municipal del servicio de transporte urbano de viajeros con vehículos de tracción animal con conductor (galeras) y de aprobación definitiva

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión de 28 de juliol de 2022 ha aprobado el siguiente:

ACUERDO

1.º- DESESTIMAR las alegaciones formuladas dentro del plazo de información pública del expediente administrativo de modificación puntual del Reglamento municipal del servicio de transporte urbano de viajeros con vehículos de tracción animal con conductor (galeras), formuladas conjuntamente por el señor M.V.N., con D.N.I. n.º **5346**; la señora F.A.L., con D.N.I. n.º **8366**; y el señor V.V.A., con D.N.I. n.º **1395**; y de conformidad al informe relativo a la resolución de las alegaciones del Departamento de Movilidad de fecha 27 de julio de 2022, que informan en sentido desestimatorio, identificadas con los n.º segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo. Se adjunta el susodicho informe que forma parte del presente acuerdo y se da por reproducido íntegramente.

2.º- ESTIMAR PARCIALMENTE la alegación formulada dentro del plazo de información pública del expediente administrativo de modificación puntual del Reglamento municipal del servicio de transporte urbano de viajeros con vehículos de tracción animal con conductor (galeras), formuladas conjuntamente por el señor M.V.N., con D.N.I. n.º **5346**; la señora F.A.L., con D.N.I. n.º **8366**; y el señor V.V.A., con D.N.I. n.º **1395**; y de conformidad al informe relativo a la resolución de las  alegaciones del Departamento de Movilidad de fecha 27 de julio de 2022, que informan en sentido estimatorio, identificada con el n.º primero. Se adjunta el susodicho informe que forma parte del presente acuerdo y se da por reproducido íntegramente.

3.º- APROBAR definitivamente la modificación del Reglamento municipal del servicio de transporte urbano de viajeros con vehículos de tracción animal con conductor (galeras), de conformidad con el que dispone en el artículo 49 LRBRL y los artículos 98 y siguientes del Reglamento orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Palma, de acuerdo con el que se expone seguidamente:

3.1.- Introducir la apartado letra e) en el artículo 24 del Reglamento con el siguiente tenor literal:

  • "e) Hacer trabajar animales cuando se declare oficialmente por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) fenómenos meteorológicos adversos por aviso amarillo, naranja o rojo de riesgo grave o muy severo de temperaturas".

3.2.- Modificar la redacción del artículo 24 d) con el siguiente tenor literal:

  • “d) Colocar gorros, cintas, cascabeles, campanillas, elementos publicitarios u otros aditamentos al animal”.

3.3.- Modificar la redacción del artículo 25, segundo párrafo, con el siguiente tenor literal:

  • “Las guarniciones tienen que ser de tipo mallorquín o inglés y estar proveídas de cabezada, bocado o freno de acero inoxidable, collera o pecherín, lomera, zufra y barriguera, retranca o reculera, cejadores, baticola, tirantes y riendas".

3.4-. Introducir la modificación del primer párrafo del artículo 37 del Reglamento con el siguiente tenor literal:

  • “El conductor tiene que suspender el servicio cuando aprecie que el vehículo o la caballería no cumplen las condiciones de seguridad, higiene, comodidad o estado físico, y según aquello previsto en el artículo 24, mientras no se adopten las medidas correctoras pertinentes”.

3.5.- Introducir la apartado letra r) en el artículo 53 del Reglamento con el siguiente tenor literal:

  • “r) Incumplir las prohibiciones a que se refiere el artículo 24”.

4.º- PUBLICAR la presente resolución en el B.O.I.B. y en la página web municipal. La presente modificación del Reglamento entrará en vigor cuando haya transcurrido el plazo de 15 días hábiles desde la recepción del acuerdo por la administración del Estado y de la Comunidad autónoma, sin que se haya planteado el requerimiento a que se refiere el artículo 65 de la Ley 7/1985.

5.º- NOTIFICAR este acuerdo a los interesados que han presentado alegaciones durante el plazo de información pública, con indicación de los pertinentes recursos.

 

Palma, en la fecha de la firma (29 de julio de 2022)

El regidor de l'Àrea de Mobilitat Sostenible p.d. Decret de Batlia 201913026 de 28/06/2019 (BOIB 94 de 11/07/2019) Francesc Josep Dalmau Fortuny p.d. Decret de Batlia 201912198 de 17/06/2019 (BOIB 85 de 27/06/2019)