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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 412341
Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, a propuesta del director general de Emergencias e Interior, por la cual se aprueba el programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears»

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Texto

El director general de Emergencias e Interior ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. La Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, tiene como objeto, entre otros, establecer los criterios básicos para la coordinación de la actuación de las policías locales en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears y su integración en un proyecto común de seguridad pública, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales, en conformidad con el que prevén el artículo 30.19 del Estatuto de autonomía y el artículo 39 de la Ley orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad.

2. El Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears (ISPIB), en conformidad con el Decreto 3/2009, de 16 de enero, por el cual se regula el Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears, tiene como objetivo la ejecución de políticas de seguridad pública vinculadas al ejercicio de las competencias de las policías locales. El modelo de trabajo del ISPIB se fundamenta en la figura de los programas autonómicos de coordinación policial, unos instrumentos que han demostrado su eficacia para garantizar la calidad en la prestación de los servicios policiales.

3. La Dirección general de Emergencias e Interior quiere aprobar el programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears», en consonancia con la visión del Departamento de Interior de hacer realidad la digitalización de procesos y la transformación digital en el ámbito de la seguridad pública, y para cumplir la obligación que el artículo 30 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba lo Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, atribuye al ISPIB de impulsar un programa destinado a implementar la administración electrónica en la coordinación de las policías locales de las Illes Balears que tendrá como esos básicos la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales y la modernización del Registro de las Policías Locales de las Illes Balears.

El programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears» tiene que regular las líneas y los procedimientos para el despliegue de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales en los municipios de las Illes Balears, con el fin de lograr los objetivos siguientes:

- Facilitar la gestión digital de las plantillas policiales y de los expedientes que tramitan las policías locales.

- Organizar un sistema de intercomunicaciones policiales que garantice la máxima eficacia en las actuaciones de seguridad y prevención, a la vez que favorezca los canales de comunicación entre todas las fuerzas y cuerpos de seguridad que actúan en las islas.

- Establecer un sistema de información recíproca entre los diversos cuerpos de policía local a través de la creación de una base de datos común para las policías locales relativa a sus funciones, a la cual podrán tener acceso todos los municipios mediante sistemas informáticos.

- Contribuir a la transformación digital del ISPIB para facilitar el acceso de los ayuntamientos y de las policías locales a sus programas, procedimientos, protocolos y al Registro de Policías Locales de las Illes Balears.

- Permitir la interconexión con la plataforma tecnológica única y propia del Sistema Integral de Gestión de Emergencias 112 de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 30.19 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, que reserva en la comunidad autónoma la coordinación y otras facultades en relación con las policías locales, en los términos que establezca una ley orgánica.

2. La Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, que establece las funciones de coordinación de las actuaciones de las policías.

3. El Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba lo reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del fondo de seguridad pública de las Illes Balears, incorpora como novedad la interoperabilidad en la coordinación de las policías locales, en el marco de la administración electrónica.

4. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Aprobar el programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears».

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears y comunicarla a los ayuntamientos de las Illes Balears para que tengan conocimiento.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

 

(Firmado electrónicamente: 22 de junio de 2022)

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez

(Firmado electrónicamente: 21 de junio de 2022)

El director general proponiente Jaime Barceló Huguet

 

ANEXO Programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears»

CAPÍTULO I Fundamentos

I. Preámbulo

Uno de los objetos de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, es establecer los criterios básicos para la coordinación de la actuación de las policías locales en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears y su integración en un proyecto común de seguridad pública, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales, en conformidad con el que prevén el artículo 30.19 del Estatuto de autonomía y el artículo 39 de la Ley orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de fuerzas y cuerpos de seguridad.

El Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears (ISPIB) ha consolidado una línea de trabajo orientado a ejecutar políticas de seguridad pública vinculadas al ejercicio de las competencias de las policías locales, una misión específica que le atribuye el Decreto 3/2009, de 16 de enero, por el cual se regula el Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears.

El modelo de trabajo del ISPIB se fundamenta en la figura de los programas autonómicos de coordinación policial, unos instrumentos que han demostrado su eficacia para garantizar la calidad en la prestación de los servicios policiales.

En el año 2015 se aprobó el Programa de Policía Tutor de las Illes Balears y, actualmente, los agentes que trabajan como policías tutores son unas figuras de prestigio reconocido a escala nacional en el ámbito de la coordinación de las policías locales. La figura del policía tutor se configura como un recurso para atender la problemática que rodea los jóvenes, especialmente dentro del ámbito escolar, y el programa crea una especialización policial desde la perspectiva de la prevención, dirigida a la protección del menor y al respeto de los derechos de la infancia y la adolescencia.

En el año 2019 se aprobó el Programa de Educación Viaria de las Illes Balears para coordinar el ejercicio de las funciones de los agentes de educación viaria y crear esta especialización policial inspirada en la preocupación por la vida de las personas. El servicio de educación viaria que prestan los ayuntamientos adheridos al programa se ha consolidado como un servicio innovador que contribuye a fomentar la conciencia social en el ámbito de la seguridad para conseguir una movilidad segura y reducir la siniestralidad.

Ahora, la Dirección general de Emergencias e Interior quiere aprobar el programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears», en consonancia con la visión del Departamento de Interior de hacer realidad la digitalización de procesos y la transformación digital en el ámbito de la seguridad pública, y para cumplir la obligación que el artículo 30 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, atribuye al ISPIB de impulsar un programa destinado a implementar la administración electrónica en la coordinación de las policías locales de las Illes Balears que tendrá como ejes básicos la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales y la modernización del Registro de las Policías Locales de las Illes Balears.

El programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears» tiene que regular las líneas y los procedimientos para el despliegue de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales en los municipios de las Illes Balears, con el fin de lograr los objetivos siguientes:

1. Facilitar la gestión digital de las plantillas policiales y de los expedientes que tramitan las policías locales.

2. Organizar un sistema de intercomunicaciones policiales que garantice la máxima eficacia en las actuaciones de seguridad y prevención, a la vez que favorezca los canales de comunicación entre todas las fuerzas y cuerpos de seguridad que actúan en las Illes Balears.

3. Establecer un sistema de información recíproca entre los diversos cuerpos de policía local a través de la creación de una base de datos común para las policías locales relativa a sus funciones, a la cual podrán tener acceso todos los municipios mediante sistemas informáticos.

4. Contribuir a la transformación digital del ISPIB para facilitar el acceso de los ayuntamientos y de las policías locales a sus programas, procedimientos, protocolos y al Registro de Policías Locales de las Illes Balears.

5. Permitir la interconexión con la plataforma tecnológica única y propia del Sistema Integral de Gestión de Emergencias 112 de las Illes Balears.

II. Fundamentos de derecho

La Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, establece las funciones de coordinación de las actuaciones de las policías locales en el artículo 10, entre las cuales destacan las que prevén la letra e), «La regulación de los sistemas de homogeneización y homologación de la uniformidad, equipos y medios técnicos de actuación, defensa, vehículos, comunicaciones y otros recursos materiales, como también en materia de estadística y administración»; la letra g), «Organizar un sistema de intercomunicaciones policiales que garantice la máxima eficacia en las actuaciones de seguridad y prevención, a la vez que favorezca los canales de comunicación entre todas las fuerzas y cuerpos de seguridad que actúan en las islas», y la letra l), «El establecimiento de un sistema de información recíproca entre los diversos cuerpos de policía local a través de la creación de una base de datos común relativa a sus funciones, a la cual podrán tener acceso todos los municipios mediante sistemas informáticos».

El título V del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, incorpora como novedad la interoperabilidad en la coordinación de las policías locales, en el marco de la administración electrónica.

El artículo 30 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, determina que el ISPIB tiene que impulsar un programa destinado a implementar la administración electrónica en la coordinación de las policías locales de las Illes Balears que tendrá como ejes básicos la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales y la modernización del Registro de las Policías Locales de las Illes Balears.

El artículo 31 del Decreto 40/2019 define el objeto de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales y el artículo 32 establece lo siguiente:

1. El programa para la implementación de la administración electrónica del Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears tiene que regular las líneas y los procedimientos para el despliegue de la Plataforma en los municipios de las Illes Balears.

2. La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas tiene que poner a disposición de los ayuntamientos el software y los recursos necesarios para que las policías locales de las Illes Balears tengan acceso a la plataforma y también para facilitar la integración en el sistema de los municipios con software propio.

3. La Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales tiene que permitir la interconexión con la plataforma tecnológica única y propia del Sistema Integrado de Gestión de Emergencias 112 de las Illes Balears

Finalmente, el capítulo III del título V del Decreto 40/2019 regula el Registro de las Policías Locales y el artículo 35.1 establece que su organización y funcionamiento se tienen que regular por orden de la persona titular de la consejería competente en materia de coordinación de las policías locales.

III. Antecedentes y trabajos preliminares

En fecha 29 de febrero de 2016, el director general de Emergencias e Interior solicitó a la entidad Silme, SA (Servicio de Informática Local de Menorca, SA), del Consejo Insular de Menorca, la posibilidad hacer uso de la aplicación informática de gestión de policía local XPO.

El día 26 de abril de 2017 la empresa pública Silme firmó un convenio de colaboración para ceder gratuitamente a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la aplicación informática denominada Policia XPO, con el fin de que la Administración autonómica pudiera proporcionar a todas las policías locales de la comunidad autónoma de las Illes Balears este software de gestión policial integral, desarrollado exclusivamente con medios públicos y destinado a implementar un sistema efectivo de coordinación de policías locales y, a la vez, posibilitar la integración de las policías locales de las Illes Balears con el SEIB 112.

Posteriormente, la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears subscribió convenios con varios ayuntamientos para llevar a cabo pruebas piloto y diseñar el plan operativo de implementación de la aplicación informática Policia XPO. Desde entonces, la Dirección general de Emergencias e Interior, con la colaboración del Consejo Insular de Menorca y de los municipios implicados en el proyecto, han trabajado de manera constante en la evolución de la aplicación. Así mismo, la efectividad de las pruebas piloto ha permitido avanzar hacia la suscripción de nuevos convenios para implementar de manera definitiva la herramienta informática en los municipios de las Illes Balears que lo han solicitado.

Para garantizar la consolidación de este proyecto y cumplir las obligaciones establecidas en el capítulo V del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, la Dirección general de Emergencias e Interior de la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad impulsa la aprobación de este programa de coordinación digital de las policías locales, que se denomina «Policia XPO Illes Balears» en reconocimiento de la iniciativa de las policías locales de Menorca y del Servicio de Informática Local de Menorca que crearon el software de gestión policial XPO basándose en las sinergias que genera el trabajo en equipo y en el valor que supone la adecuada gestión del conocimiento de los empleados públicos como personal al servicio de la ciudadanía.

 

CAPÍTULO II Marc contextual

I. Finalidad, ejes básicos y objetivos específicos

1. El programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears» tiene como finalidad implementar la administración electrónica en la coordinación de las policías locales, así como definir las líneas y los procedimientos para el despliegue de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales en los municipios de las Illes Balears.

2. Los ejes básicos de este programa son los siguientes:

- La creación y el impulso de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales.

- La implementación del Registro de las Policías Locales.

3. Objetivos específicos del programa:

a) Implementar la gestión policial digital en los municipios de las Illes Balears.

b) Promover la interoperabilidad y establecer un sistema de información recíproca entre los diversos cuerpos de policía local a través de la creación de una base de datos común relativa a sus funciones, a la cual podrán tener acceso todos los municipios mediante sistemas informáticos.

c) Organizar un sistema de intercomunicaciones policiales que garantice la máxima eficacia en las actuaciones de seguridad y prevención, a la vez que favorezca los canales de comunicación entre todas las fuerzas y cuerpos de seguridad que actúan en las Illes Balears.

d) Digitalizar los procedimientos, programas y protocolos del ISPIB para facilitar los circuitos de relación con este órgano.

e) Implementar un nuevo Registro de Policías Locales de las Illes Balears que, aprovechando las ventajas de las nuevas tecnologías, permita simplificar la inscripción de los datos de las plantillas policiales y de los datos de los policías y las policías locales de las Illes Balears.

f) Contribuir a la simplificación administrativa en el ámbito de la gestión de las policías locales.

g) Impulsar la interconexión con la plataforma tecnológica única y propia del Sistema Integrado de Gestión de Emergencias 112 de las Illes Balears.

II. El Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears

1. El Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears (ISPIB), adscrito al Departamento de Interior de la Dirección general de Emergencias e Interior, es el órgano competente para impulsar y gestionar el programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears».

2. La ejecución del programa de coordinación digital de las policías locales corresponde en el área de Innovación Tecnológica, de Información y de Comunicación del ISPIB.

 

CAPÍTULO III La Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales

I. La Plataforma como sistema global de coordinación policial

La Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales es el sistema global de coordinación de las policías locales que tiene por objeto garantizar la interoperabilidad de los sistemas de información y procedimientos del Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears con los ayuntamientos, compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento. La Plataforma tiene que permitir que los ayuntamientos puedan gestionar electrónicamente la plantilla de las policías locales y los expedientes policiales; acceder al Registro de Policías Locales; acceder a los procedimientos, programas y protocolos del ISPIB; compartir bases de datos y procedimientos necesarios para la gestión policial, y posibilitar la interconexión de las policías locales de las Illes Balears con el SEIB 112.

II. Las aplicaciones informáticas de la Plataforma

1. Las aplicaciones informáticas que integran la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales son la aplicación informática Policia XPO, la aplicación informática del Registro de Policías Locales y las que se desarrollen para garantizar su innovación y mejora continua.

2. La Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad tiene que poner a disposición de los ayuntamientos el software y los recursos necesarios para que las policías locales de las Illes Balears tengan acceso a la Plataforma y también para facilitar la integración en el sistema de los municipios con software propio.

3. La adhesión a la aplicación informática Policia XPO se tiene que hacer de la manera que determina el capítulo IV de este programa. La adhesión al resto de aplicaciones informáticas que integran la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales se tiene que llevar a cabo de acuerdo con el procedimiento y las condiciones que determinen las disposiciones y los protocolos o instrucciones que dicte la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad.

III. La aplicación informática Policia XPO

1. La aplicación informática Policia XPO es una de las herramientas de software que apoya a la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales y que el Gobierno de las Illes Balears pone a disposición de los ayuntamientos de manera gratuita para que puedan acceder.

2. La aplicación informática Policia XPO permite gestionar electrónicamente la plantilla de las policías locales y los expedientes policiales, compartir bases de datos y procedimientos necesarios para la gestión policial y posibilitar la interconexión de las policías locales con el SEIB 112.

3. La aplicación Policia XPO tiene que permitir la interconexión con las otras aplicaciones informáticas de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales.

IV. El Registro de las Policías Locales

1. El Registro de las Policías Locales se regula en los artículos 33 a 35 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y su operativa se llevará a cabo a través de una aplicación informática que se integrará en la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales. Esta aplicación tiene por objeto disponer de la información necesaria para garantizar el cumplimiento de las funciones de coordinación de las policías locales en el cual tienen que estar inscritos los cuerpos de policía local y todos sus miembros, así como los policías locales y las policías locales de los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local.

2. La organización y el funcionamiento del Registro de las Policías Locales se tiene que regular mediante una orden de la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad que será vinculante para las policías locales y los ayuntamientos de las Illes Balears, de acuerdo con lo que prevé el artículo 35 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

V. Interconexión de las policías locales con el Sistema de Gestión de Emergencias SEIB-112

1. En el ámbito de la gestión de emergencias, el artículo 5 de la Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las Illes Balears, relativo a los principios del Sistema Público de Protección Civil y Gestión de Emergencias, dispone que el Gobierno de las Illes Balears, mediante la consejería competente en materia de emergencias, tiene que garantizar la disponibilidad permanente de un sistema de gestión de emergencias en las Illes Balears integrado por todos los servicios de urgencias y de emergencias, públicos y privados, existentes en la comunidad autónoma de las Illes Balears, sea cual sea la administración o la entidad de pertenencia, coordinado y dirigido por el órgano competente de titularidad pública mediante el Sistema de Gestión de Emergencias SEIB-112.

2. La disposición adicional cuarta de la Ley 4/2013, modificada por la Ley 11/2017, de 20 de diciembre, establece que los municipios tienen que impulsar la adaptación de los sistemas de gestión de las comunicaciones de las policías locales a la plataforma tecnológica única y propia del Sistema Integrado de Gestión de Emergencias 112 de las Illes Balears.

3. El artículo 32.3 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears y se modifica el Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, del Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears, establece que la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales tiene que permitir la interconexión con la plataforma tecnológica única y propia del Sistema Integrado de Gestión de Emergencias 112 de las Illes Balears.

4. A los efectos expuestos en los apartados anteriores, la aplicación informática Policia XPO, que apoya a la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales, tiene que permitir la interconexión de las policías locales con la plataforma tecnológica única y propia del Sistema Integrado de Gestión de Emergencias 112 de las Illes Balears, con el objetivo de facilitar el intercambio de la información necesaria para la gestión de las emergencias, en tiempo real, entre las agencias de emergencias que se integran.

VI. Formación

1. El ISPIB tiene que impulsar la formación de las plantillas de policía local en el uso de las aplicaciones informáticas que integran la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales.

2. La Escuela de Seguridad Publica de las Illes Balears o, si procede, la Escuela Balear de Administración Pública, tiene que garantizar que las policías locales de las Illes Balears y, en especial, el alumnado de los cursos básicos de policía local, reciba una formación básica en el uso de la aplicación informática Policia XPO, de la aplicación informática del Registro de Policías Locales de las Illes Balears y de las otras aplicaciones informáticas que integran la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales.

 

CAPÍTULO IV Adhesión a la aplicación informática Policia XPO

I. Procedimiento de adhesión

1. El procedimiento se inicia con la solicitud del ayuntamiento interesado al ISPIB para adherirse a la aplicación informática Policia XPO de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales. Después se tiene que tramitar el procedimiento de firma del convenio de colaboración que regula las condiciones de la implementación, y la consejera o consejero y la alcaldesa o alcalde del municipio que haya hecho la solicitud tienen que firmar el convenio.

2. El equipo técnico de apoyo al programa de coordinación digital de las policías locales tiene que instalar la aplicación informática Policia XPO en el ayuntamiento en los términos que se establecen en el convenio y de acuerdo con el procedimiento que determine el ISPIB.

II. Obligaciones de la Administración autonómica

1. Una vez subscrito el convenio de adhesión correspondiente, proporcionar la aplicación informática Policia XPO al ayuntamiento para que pueda acceder a la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales.

2. Supervisar el procedimiento de implantación de la aplicación informática por parte del ayuntamiento de acuerdo con los criterios técnicos que establezca el ISPIB.

3. Dar el apoyo necesario para el funcionamiento correcto de la aplicación informática Policia XPO a los agentes de la policía local, una vez hecha la implantación.

4. Impartir formación a los agentes de la policía local para ampliar conocimientos sobre la aplicación informática Policia XPO.

5. Introducir nuevas funcionalidades en la aplicación informática Policia XPO que sean necesarias para las policías locales, además de resolver los problemas que puedan surgir en el funcionamiento de la aplicación.

6. Garantizar la interconexión de la policía local con el SEIB 112 para facilitar el intercambio de la información necesaria para la gestión de las emergencias en tiempo real entre las agencias de emergencias que se integran.

III. Obligaciones del ayuntamiento

1. Implantar la aplicación informática Policia XPO de acuerdo con los criterios técnicos que establezca el ISPIB.

2. Facilitar al ISPIB la información relativa a los datos interoperables para que pueda llevar a cabo la implantación de la aplicación.

3. Utilizar la aplicación informática una vez efectuada la implantación e impulsar la formación de los agentes de la policía local para garantizar el uso.

4. Comprometerse que los agentes de la policía local introduzcan los datos en la aplicación informática Policia XPO.

5. Enviar la información necesaria al ISPIB para elaborar estadísticas y memorias que garanticen la coordinación adecuada de las policías locales de las Illes Balears.

6. Facilitar al ISPIB toda la información relativa al resultado de la implantación de la aplicación informática para que se puedan llevar a cabo las adaptaciones necesarias de la versión actual del software, si se considera pertinente.

7. Apoyar con personal técnico informático para garantizar la ejecución correcta del objeto del convenio de adhesión.

 

CAPÍTULO V Estructura organizativa

I. Personal adscrito en el programa «Policia XPO Illes Balears»

1. El coordinador o coordinadora del programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears» es el jefe o la jefa de sección responsable del área de Innovación Tecnológica, de Información y de Comunicación del ISPIB. Esta persona actúa bajo la supervisión del director del ISPIB, y tiene que llevar a cabo las funciones previstas en el artículo 12 del Decreto 3/2009, de 16 de enero, por el cual se regula el Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears y, en concreto, las relativas al programa «Policia XPO Illes Balears».

2. La persona coordinadora del programa «Policia XPO Illes Balears» tiene que disponer de un equipo técnico de apoyo integrado por personal técnico informático capacitado para atender el proceso de implementación, gestión y supervisión de las aplicaciones informáticas que apoyan a la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales.

II. Relaciones con la Dirección general de Modernización y Administración Digital

La Dirección general de Emergencias e Interior tiene que establecer una línea de colaboración permanente con la Dirección general de Modernización y Administración Digital para garantizar un proceso de evolución e innovación continua de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales.

III. Trabajo en red, colaboración interadministrativa e interoperabilidad

1. En los términos que establezca el ISPIB, el desarrollo de nuevas funcionalidades de la aplicación y las adaptaciones necesarias de las versiones de la aplicación informática Policia XPO tienen que tener la colaboración de las policías locales y del personal técnico de los municipios de las Illes Balears que estén adheridos.

2. La colaboración con la sociedad mercantil pública Servicio de Informática Local de Menorca, SA (SILME, SA), se tiene que regir por lo que dispone el Convenio de colaboración entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la sociedad mercantil pública Servicio de Informática Local de Menorca, SA (SILME, SA), en materia de administración electrónica para el impulso de una plataforma informática de gestión policial.

3. La aplicación informática Policia XPO tiene que permitir la interoperabilidad de los datos y el acceso a bases de datos necesarias para coordinar de manera correcta las policías locales de las Illes Balears. La Dirección general de Emergencias e Interior tiene que promover la colaboración interadministrativa para garantizar un funcionamiento eficiente de la aplicación y que esta interoperabilidad sea efectiva.

IV. Coordinación territorial

1. Para hacer el seguimiento del programa «Policia XPO Illes Balears» se tienen que nombrar ocho coordinadores o coordinadoras territoriales que se encargarán, bajo la supervisión del Instituto de Seguridad Pública de las Illes Balears, de coordinar las acciones y actividades del programa.

2. Los coordinadores o las coordinadoras territoriales serán ocho agentes con experiencia en el uso de programas informáticos de gestión policial, uno por cada consejo de coordinación de las Illes Balears, designados por la Dirección general de Emergencias e Interior con la consulta previa a los jefes o las jefas de policía local.

3. Las funciones de los coordinadores o las coordinadoras territoriales son las siguientes:

a) Canalizar las inquietudes y peticiones dirigidas al ISPIB de los ayuntamientos de la zona correspondiente a su consejo de coordinación.

b) Difundir entre los agentes del municipios de la zona la información, las instrucciones, el material, etc. que determine el ISPIB.

c) Presentar nuevas propuestas al ISPIB que puedan contribuir a la mejora de las funcionalidades de las aplicaciones informáticas que apoyan a la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales.

d) Recoger las necesidades formativas de los agentes en relación con el programa «Policia XPO Illes Balears» y trasladarlas al ISPIB.

e) Llevar a cabo otras acciones que surjan en aplicación del programa.

f) Organizar reuniones de coordinación territorial periódicas, presenciales o por videoconferencia, para hacer un seguimiento de la implantación del programa.

g) Participar en reuniones de coordinación de ámbito autonómico entre todos los coordinadores territoriales y la Dirección general de Emergencias e Interior.

4. Los ayuntamientos también pueden efectuar propuestas y elevar consultas al ISPIB para contribuir a la mejora de la Plataforma de Gestión y Coordinación de las Policías Locales y de las aplicaciones informáticas que lo integran.

5. El ISPIB, con la correspondiente valoración técnica previa, determinará la conveniencia de atender las peticiones y propuestas efectuadas.

 

CAPÍTULO VI Ejecución y evaluación

I. Protocolos de trabajo normalizados

Mediante una resolución del director general de Emergencias e Interior se pueden aprobar protocolos de trabajo normalizados para facilitar la implantación del programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears».

II. Adquisición de material tecnológico

Los ayuntamientos pueden destinar la ayuda económica que perciban con cargo al Fondo de Seguridad Pública, a la adquisición, entre otras, de equipamiento de transmisiones y tecnológico que ayude a cumplir los objetivos de las policías locales, de acuerdo con el artículo 4.1.d) del Decreto 55/2017, de 15 de diciembre, por el cual se regula el Fondo de Seguridad Pública de las Illes Balears.

III. Memoria anual de actuaciones

El ISPIB elaborará una memoria técnica anual del programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears» para hacer balance de las acciones, el seguimiento de las incidencias más relevantes que han tenido lugar y para establecer mecanismos homogéneos de actuación.

Para elaborar la memoria anual, los ayuntamientos tienen que aportar la información que les requiera el ISPIB.

IV. Evaluación del programa

El personal adscrito en el programa de coordinación digital de las policías locales «Policia XPO Illes Balears» podrá hacer auditorías y funciones de vigilancia y control de los compromisos y las obligaciones derivadas de la implementación del programa.

Firmado electrónicamente en Marratxí, el 21 de junio de 2022

Programa elaborado por el Departamento de Interior

La jefa del departamento Margarita Ginard Verger

Documento revisado por el director del ISPIB Vicenç Martorell Palou

Programa aprobado por el director general de Emergencias e Interior Jaime Barceló Huguet