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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 405880
Extracto de la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de gastos de adquisición de vehículos eléctricos y de adquisición y/o mantenimiento de herramientas informáticas y tecnológicas utilizados en la prestación de servicios sociales en las Islas Baleares con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondiente a los años 2022 y 2023, para inversiones a realizar durante los años 2023 y 2024
Identificador BDNS: 640005
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo se puede consultar a la Base de datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Entidades beneficiarias
Pueden resultar beneficiarias de las ayudas que establece esta convocatoria las entidades que cumplan los requisitos que se indican a continuación:
Se excluyen de esta convocatoria las siguientes entidades: los organismos o entidades de derecho público adscritos o vinculados a una administración pública; las universidades; los partidos políticos y las fundaciones que dependen de ellos; los colegios profesionales; las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación; las sociedades civiles; las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con fines específicos y naturaleza análogos que se han citado.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es el establecimiento de subvenciones destinadas a entidades privadas sin ánimo de lucro para financiar los gastos de inversión para la adquisición de vehículos eléctricos y la adquisición o mantenimiento de herramientas informáticas y tecnológicas utilizadas en la prestación de servicios sociales que se lleven a cabo en las Islas Baleares. La financiación se hará con cargo a la asignación del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre sociedades, correspondiente a los años 2022 y 2023, para financiar inversiones a ejecutar en los ejercicios 2023 y 2024.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).
Cuarto. Cuantía
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de un millón trescientos setenta y ocho mil seiscientos cuarenta y dos euros (1.378.642,00 €), con cargo a las siguientes partidas presupuestarias de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares:
Año |
Cuantía |
Partida presupuestaria |
---|---|---|
2022 |
689.321,00 € |
17401.313E01.78000.00. FF 22073 |
2023 |
689.321,00 € |
17401.313E01.78000.00. FF 23073 (o la alternativa correspondiente) |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Las personas interesadas deben presentar la solicitud específica del procedimiento y la documentación adjunta, por medios electrónicos, preferentemente a través del trámite telemático disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o, en su defecto, mediante el Registro Electrónico Común (REC).
Sexto. Otros datos
Son subvencionables los gastos que cumplan los requisitos que establece esta convocatoria y que se lleven a cabo dentro de los siguientes períodos:
Palma, documento firmado electrónicamente (20 de julio de 2022)
La consejera de Asuntos Sociales y Deportes Fina Santiago Rodríguez