Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
Núm. 405665
Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se modifica la Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Illes Balears, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía
Antecedentes
1. El 21 de junio de 2022 se publicó en el BOIB núm. 80 la Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 20 de junio 2022, por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Illes Balears, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía.
2. En fecha 11 de julio de 2022, el director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular ha emitido una memoria justificativa sobre la necesidad de hacer una modificación de la convocatoria de las ayudas objeto de esta resolución.
3. En fecha 11 de julio de 2022, el Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo ha ordenado el inicio del expediente de modificación de la Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 20 de junio 2022, por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titulares de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Illes Balears, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía.
4. Una vez que ha finalizado el plazo para la «Reserva de Turno», se ha comprobado que se han presentado 662 reservas de turno, que es un número muy inferior al previsto de 1.800 solicitudes, y por eso, y dado que el crédito presupuestado para llevar a cabo esta convocatoria de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titular de autorización de transporte público de mercancías no se agotará, se ha considerado adecuada ampliar el plazo de presentación de solicitudes, lo cual hace que sea necesario modificar el siguiente apartado:
El punto 2 del apartado Quinto, relativo al Plazo y forma de presentación de las solicitudes:
Donde dice:
«El plazo para efectuar el trámite 1 de reserva de turno empezará el 21 de junio de 2022 y acabará el 1 de julio de 2022, siempre y cuando el crédito no se haya agotado antes».
Tiene que decir:
«El plazo para efectuar el trámite 1 de reserva de turno empezará el 21 de junio de 2022 hasta día 1 de julio de 2022, y un segundo plazo, desde el día 25 de julio hasta día 5 de agosto 2022, o siempre y cuando el crédito no se haya agotado antes».
Fundamentos de derecho
1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB número 196, de 31 de diciembre).
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).
3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
4. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
5. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la CAIB.
6. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la Presidenta de las Illes Balears por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero).
7. La Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 20 de junio de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titular de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Illes Balears, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
Primero. Modificar la Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 20 de junio de 2022, por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que sean titular de autorización de transporte público de mercancías, residenciadas en las Illes Balears, para promocionar la ocupación autónoma y favorecer la sostenibilidad y pervivencia de estos tipos de proyectos empresariales afectados por el incremento del precio de la energía en los términos siguientes:
El punto 2 del apartado Quinto, relativo al Plazo y forma de presentación de las solicitudes tiene que decir:
«El plazo para efectuar el trámite 1 de reserva de turno empezará el 21 de junio de 2022 hasta día 1 de julio de 2022, y un segundo plazo, desde el día 25 de julio hasta día 5 de agosto de 2022, o siempre y cuando el crédito no se haya agotado antes».
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril), y el artículo 124 de la Ley 39/2105, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).
Palma, en fecha de la firma electrónica (20 de julio de 2022)
El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Iago Negueruela Vázquez